El buen tiempo se acerca y, con él, las ganas de disfrutar, sacar la ropa fresca y ponerse al sol en la calle. Sin embargo, no todo el campo es orégano. Después de las primeras alegrías también llega la tragedia. La de que empiece a subir la temperatura en el interior de las viviendas, de los sofocos, de las horas cerrar la casa a cal y canto para que no entre fuego por las ventanas… Y entonces es cuando echas de menos tener una instalación de aire acondicionado.
Si te molesta el aire de tu vecino, consulta: Aire acondicionado molesto en la comunidad
Cuando vives en una vivienda unifamiliar, el proceso es más o menos sencillo. Ahorras, lo pagas, lo instalas y lo disfrutas.
Sin embargo, cuando vives en una comunidad de propietarios la cosa se complica. Que si aquí no lo puedes poner, que si el tuyo hace mucho ruido, que si no puedes hacer agujeros…
Y como se acerca el caloret y en Micomuniweb queremos estar en todo, vamos a dedicarte un post muy completo a la instalación de aire acondicionado en la comunidad de propietarios.
¿Pasas calor o frío en tu vivienda? Mira lo que te contamos sobre el aislamiento térmico.
¿Qué vamos a ver?
Normativa de instalación del aire acondicionado
Antes de nada, te vamos a dar un gran consejo. Antes de batallar con tus vecinos, acude a tu Ayuntamiento.
Se da la siguiente circunstancia: los Ayuntamientos cuentan con un Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). La práctica más habitual es que en él quede regulada la instalación de aparatos de aire acondicionado. Como lo oyes.
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En este plan se regulan cosas tan útiles para ti como:
- Qué distancia debe guardar el aparato del aire acondicionado con respecto a las ventanas de los vecinos.
- Cuánto puede sobresalir el aparato de aire acondicionado con respecto del plano de la fachada.
- Cuánto aire se puede evacuar.
- Cómo debe ser la evacuación del agua de la condensación.
- Cuál debe ser su funcionamiento por la noche.
¿Cómo afecta el ruido del aire acondicionado?
Además, y como te mostramos en nuestro post sobre ruidos máximos permitidos, pasarte de decibelios puede ser un delito contra el medio ambiente. ¿Cómo lo vas a saber? Los ruidos máximos permitidos vienen regulados en las Ordenanzas de tu Ayuntamiento sobre Protección del Medio Ambiente Urbano. Así que consúltalas.
Básicamente, toda esta información te sirve para saber qué tipo de aparato de aire acondicionado puedes instalar. Y más te vale tenerlas muy presentes, porque si tu instalación del aire no cumple con la normativa, te la harán retirar.
Y si ves que, directamente, por el tema de las Ordenanzas no puedes instalar ninguno que te convenga, pues resígnate a pasar calor, pero no malgastes tus energías.
¿Qué mayoría necesito para instalar aire acondicionado?
Si llevas mucho tiempo viviendo en una comunidad de propietarios, sabrás que aquí reside la madre de todos los corderos. A todos nos gusta tener aire acondicionado en casa, pero a pocos nos gusta aguantar el del vecino. Por eso, este es uno de los temas más peliagudos llevado a Juntas de propietarios.
Hay comunidades de propietarios que son muy molones y que ya de antemano autorizaron la instalación de aparatos de aire acondicionado. Bajo unas condiciones, claro. ¿Y cómo saber si mi comunidad me permite instalar aire acondicionado? Pues mirando los Estatutos. Y aquí pueden darse tres supuestos:
Si los estatutos lo aceptan
Los estatutos aceptan la instalación de los aparatos de aire e indican las condiciones en que debe realizarse
. Esto es tipos de aparatos permitidos, dónde deben ser instalados, etc.
Esta es la mejor opción para ti. Ya está todo el trabajo hecho. Y ni siquiera necesitas autorización de la Junta, porque ya se autorizó al aprobar los estatutos. Informa de tus intenciones para que indiquen cómo debes realizarlo y listo.
Si los estatutos lo prohíben
Si los estatutos lo prohíben expresamente… Oh, oh. Este es el peor de los supuestos. Si en verdad tú y algunos más queréis instalar aire acondicionado, deberéis modificarlos. Así que necesitaréis unanimidad.
Para conseguirla, se computan como favorables los votos de los ausentes a la Junta de propietarios. Eso sí, tienen un plazo de 30 días naturales para demostrar su discrepancia una vez notificados de la decisión.
Si los estatutos no dicen nada
Cuando los estatutos no dicen nada de la instalación de aparatos de aire acondicionado
, no vale con que se lo digas al presidente y él te dé el visto bueno. Entra en funcionamiento el juego de mayorías. Unas veces, más sencillo. Otras, una tortura.
En todo caso, el tipo de mayoría necesaria para la instalación de aire acondicionado variará en función de las características del aparato.
- Si es necesario hacer una gran perforación en la fachada, malo. En este caso, se considera que la instalación del aire acondicionado está alterando la estructura del edificio. Algo que es muy malo cara a nuestros propósitos. Por ello, será necesario conseguir la unanimidad en la Junta.
- Si se pretende instalarlo en la cubierta y es el primero en hacerlo, malo también. Se considera que el propietario va a hacer un uso privativo de algo que es de todos. Así que se requiere también la unanimidad.
- Si la instalación es normalita; de esas en las que el agujero es mínimo y que el aparato va sujeto a la pared, lo tenemos más fácil. Da igual que se trate de instalar el aire acondicionado en la fachada exterior o en el patio de luces. Sólo necesitarás mayoría simple. ¿Por qué? Porque no alteras la estructura del edificio ni comprometes su seguridad, por lo que entra en juego en artículo 17.7 de la LPH. Según éste, bastará el voto de la mayoría de los propietarios (que no de los asistentes), que a su vez representen la mayoría de las cuotas de participación. En segunda convocatoria podrá reducirse a la mayoría de los presentes.
La buena noticia en el caso de la instalación del aire acondicionado en las comunidades de propietarios es que, si alguien lo hizo antes que tú, cuenta. Es decir, si un vecino para la misma obra en las mismas condiciones ya recibió la autorización de la Junta, tú no tendrás que someter a votación tus pretensiones.
Esto es así para casi todos los casos. Y volvemos a la perforación de la fachada del edificio. En este caso siempre necesitarás la autorización de la Junta.
En todo caso, lo mejor que puedes hacer SIEMPRE es consultar tus intenciones con el Presidente. Una fuente muy valiosa de información.
¿Qué pasa si instalo el aire acondicionado sin el permiso de la Junta?
En el caso de que instales el aire acondicionado sin la aprobación de la Junta, tu bolsillo puede verse malherido. Si, como hemos visto, hemos alterado un elemento común o hemos actuado en contra de los Estatutos, el resto de propietarios pueden reclamarnos que lo dejemos tal y como estaba. Y, por supuesto, que corramos con todos los gastos.
Otro tema, es que tu equipo de aire acondicionado sea de los normalitos, de los que hemos visto que no necesitan aprobación. En esos casos, prima tu derecho a querer mejorar tu calidad de vida. Y cara a los tribunales se trata de una obra menor. Así, la comunidad de propietarios no puede negarse. Si lo hiciera, podrías reclamarlo en los tribunales.
Instalación de aire acondicionado en los locales comerciales
Ya hemos visto que los de los locales son “los otros vecinos”. Están para unas cosas y no para otras. En el caso del aire acondicionado, con ellos hay manga ancha.
Es lógico, es algo que puede llegar a ser necesario para el buen funcionamiento de su negocio. Así, podrán instalarlo casi siempre. Las excepciones son:
- Altera la estructura del edificio o compromete la seguridad del edificio.
- Perjudica a otro propietario.
- Los estatutos lo prohíben expresamente.
¿Qué hacer si me molesta el aire acondicionado de mi vecino?
A veces que nuestro vecino tenga el aire acondicionado es molesto. Otras, es ilegal.
- Si lo que te molesta es que lo tienes muy cerca de tu ventana, o el calor que desprende, o que te tira el agua encima de la ropa tendida…, dirígete al Ayuntamiento a ver qué dicen las Ordenanzas municipales.
- Si lo que te molesta es el ruido, tu opinión no cuenta. Llama a la policía municipal cuando te esté molestado para que realicen una medición objetiva de los niveles de ruido.
- Y si lo que te molesta es la envidia por querer uno tú también, pues poco queda por hacer. Siéntate en el salón y deja que te lleven los demonios que entran por la ventana los meses de más calor.
Como ves, la instalación de aire acondicionado en la comunidad de propietarios puede ser un sencillo trámite o una pesadilla. Depende de las condiciones en las que se haga y del tipo de aparato que quieras instalar. Si tienes alguna duda, ponte en contacto con nuestros profesionales.
Y que pasa si un local de la comunidad de vecinos colindante instala, sin permiso, su generador de aire acondicionado en el patio de vecinos ajeno a su comunidad??
Alguna respuesta??
Le hemos pedido verbalmente que lo retire, pero hace oídos sordos. Vamos a enviarle una carta. Alguna sugerencia??
Gracias
Buenos días,
El tema que nos planteas no pinta muy bien, la verdad. La instalación, efectivamente, debería situarse en otro lugar. Por lo tanto, si «amistosamente» no retira el generador de aire acondicionado, la única solución posible es la vía judicial. ¿Un consejo? Solicitad amistosamente que retire la instalación a través de un burofax. La sola recepción ya sirve como una potente llamada de atención. Además. os será de gran ayuda si finalmente acabáis en los tribunales.
Gracias por contactarnos y suerte!
A mi me colocaron la salida del aire acondicionado en el patio cuando me mude dijeron q iban a sacarlo no solo me cae el agua en el patio el ruido es infernal y me tira todo el aire caliente encima …. eso es ilegal no??
Buenos días, Valmeria:
Habría que ver qué tipo de autorización recibieron. En todo caso, siempre puedes demandar la retirada por las molestias. No estaría de más consultarlo también con los servicios técnicos municipales.
Un saludo,
Buenas tardes, quería hacer una pregunta sobre el aire acondicionado portátil de mi vecino de arriba. Lo tiene puesto en una habitación que da directamente a mi terraza y todo el aire caliente cae a mi terraza. Mi terraza es una terraza que abarca todo el largo de su casa, y el solo tiene balcones en esa parte, y ha puesto su salida de aire portátil y directamente cae, hay una distancia de un 1’5 m entre su ventana y la mía. Puedo reclamarle que lo quité.
Buenos días, Sandra:
Te recomendamos: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Y si me molesta ya que lo van a colocar justo debajo de la unica ventana que tengo en el comedor? No podria abrirla por el ruido y el calentor,gracias
Buenos días, Rosa,
Vamos a ir paso a paso:
¿Qué dicen los estatutos? Si no dicen nada, un aparato normalito necesita la aprobación por mayoría simple para su instalación. A menos que ya se haya aprobado otro en las mismas condiciones.
Dices que lo van a colocar justo debajo de tu ventana. ¿Qué dicen las ordenanzas municipales? Infórmate en el Ayuntamiento, porque a lo mejor está prohibida la instalación en esas condiciones. Lo más probable es que tu solución esté ahí, porque suelen indicar una distancia mínima respecto a las ventanas para evitar que ocasionen molestias a los vecinos.
Si aún así lo tienes en contra, cuando finalice la instalación llama a la policía municipal cuando esté en funcionamiento para que midan los niveles de ruido.
Mucha suerte!
buenas tardes.
yo he colocado mi aire acondicionado en el patio interior del edificio, bajo mi ventana, en las mismas condiciones que lo tiene mi vecino, he llamado yo mismo a la policía local y me dicen que si esta en un patio interior y no se ve desde la calle, ellos no actúan que es un acuerdo en junta, he mirado estatutos y certificado de división horizontal y no dice nada, pero mi vecina, dice que hace ruido, incluso dice que le molesta cuando esta apagado, en fin….
no obstante he convocado una junta de vecinos, para que se decida que hacer con los aparatos de aire acondicionado, tenemos un bloque de 8 plantas, es lógico pensar que los propietarios de las viviendas mas altas, puedan ponerlo en el tejado, pero no el del primero, ni yo que vivo en el cuarto.
dado que ya existen 2 aparatos de aire acondicionado instalados en el (cierto es que el mio es mas grande, debido que para calefacción centralizada) pero no hace ruido ni expulsa agua.
urbanismo no se mete
y la junta lo va a autorizar, por que si no. los quitamos todos los que los tenemos instalados,
¿como lo tengo?
Buenos días, Víctor:
Parece que tú mismo lo tienes claro:
– En las mismas condiciones que tiene mi vecino, por lo tanto, tú no eres el primero en instalarlo y ya se autorizó en su momento.
– Urbanismo no se mete, por lo que no contraviene ninguna ordenanza municipal.
– No hace ruido y no suelta agua (los puntos verdaderamente conflictivos).
A menos que tu aparato de aire sirva de alfeizar a la ventana de tu vecina no parece que vayas a tener ningún problema en la junta.
Buenos días,
Tengo una duda en lo que respecta a la votaciones de los estatutos. Según comentáis «Para conseguirla, se computan como favorables los votos de los ausentes a la Junta de propietarios. Eso sí, tienen un plazo de 30 días naturales para demostrar su discrepancia una vez notificados de la decisión.»
Eso quiere decir que si en una comunidad de 150 vecinos, 58 votan que no quieren el aire en el patio interior, 43 que si lo quieren y 49 no hablan ¿cual se supone que es la resolución? Según el administrador de fincas es que No se puede montar.
Por otro lado me gustaría saber que tipo de aire es el que sí se puede instalar sin permiso, de los que nombrais como normalitos «hacer falta para demostrar Otro tema, es que tu equipo de aire acondicionado sea de los normalitos, de los que hemos visto que no necesitan aprobación. En esos casos, prima tu derecho a querer mejorar tu calidad de vida. Y cara a los tribunales se trata de una obra menor. Así, la comunidad de propietarios no puede negarse. Si lo hiciera, podrías reclamarlo en los tribunales».
Muchas gracias por vuestro tiempo y ayuda.
Buenos días, Carlos:
En tu comentario, tratas dos temas diferentes.
Apuntas que 49 vecinos no hablan. ¿Estaban en la Junta? Suponiendo que no estaban en la Junta y que hablamos exclusivamente del voto favorable de los ausentes, te indicamos que eso es así en acuerdos que requieren la unanimidad. La explicación es sencilla: casi nunca se llega al 100% de asistentes a una Junta y la unanimidad siempre es complicada de alcanzar. Por ello, para desbloquear la toma de decisiones, se entiende por favorable el voto de los que no asisten a las Juntas.
La unanimidad es necesaria en caso de obra mayor en la estructura del edificio o en el uso del patio de luces o la cubierta del edificio para emplazar la maquinaria.
En el caso que expones y dando por ciertos que los 49 votos eran ausentes y que estamos en unos de los dos supuestos anteriores, la votación no la determinan los ausentes, sino los 58 votos negativos, que son los que rompen la unanimidad.
Sin embargo, si lo que quieres es instalar un aire acondicionado sencillo, de, por ejemplo, un split en casa y un compresor en la fachada, lo tienes más favorable. En este caso, no es necesario hacer obra y con su instalación no alteras la estructura del edificio. Si algún otro vecino lo tuviera ya instalado, no tienes que hacer nada. Si acaso, informar por si te tuvieran que dar instrucciones adicionales. Pero desde luego, no necesitarías pasarlo por Junta.
Si tu aire fuera el primero, ya no necesitarías unanimidad, por las razones que te acabamos de exponer, sino mayoría simple. Si te aseguras de que el compresor no va a ser molesto para tus vecinos, no tiene por qué haber mayor problema.
Si lo tuvieras, podrías alegar abuso de derecho de la Junta https://micomuniweb.com/abuso-derecho-junta-propietarios/
Ten cuidado, porque un compresor siempre va a alterar la estética del edificio. Tu mayor baza es asegurarte de antemano el voto favorable de la mayoría simple. Si es necesario, visita a los copropietarios, explícales tu situación y, llegado el caso, hazte con representaciones de los que no quieren/pueden asistir a la Junta y vota en su nombre.
Este enlace también puede resultarte de utilidad: https://micomuniweb.com/como-impugnar-acuerdos-de-la-junta-de-propietarios/
Esperamos haberte podido ayudar,
Un saludo,
Hola, buenos días ¿Qué ocurre si en mi edificio hay otros aparatos instalados ya, pero no han sido aprobados por Junta, aunque no ha habido quejas, eso sienta el precedente que puedo emplear en el caso de que no hubiera una mayoría que me autorizara el mío?
Gracias
Buenos días, María:
¿De qué tipo de equipos hablamos? Si son de los básicos que ves en todas las casas (split+compresor) y en algún acta o en los estatutos se refleja dónde deben ser colocados, tampoco necesitarías el consentimiento. Simplemente deberías informar de lo que quieres hacer para que te indiquen el cómo.
En una comunidad no conflictiva, es normal realizar una instalación sencilla sin el permiso de la Junta y que, si no es molesta, nadie reclame. Sin embargo, y contestando directamente a tu pregunta, no sienta precedente. En todo caso, te daría argumentos en una Junta para que se autorice el tuyo. Matizamos:
El problema es que están ahí sin la autorización de la Junta. ¿Cuántos años llevan instalados? Si se entiende que llevan muchos años, que no son molestos y que la comunidad ha sabido de su instalación, se podría alegar consentimiento tácito en SU instalación. Si fuera así, la tuya se entendería también como aprobada.
Resumiendo, hay dos vías:
1 – Llevar TU caso a Junta y obtener una mayoría simple alegando que ya hay instalaciones similares y que una o ninguna.
2 – Preguntar por SU caso al presidente y al administrador, ellos lo llevarán a Junta en caso de duda. Si se entiende que ha habido consentimiento tácito en el suyo, el tuyo estaría automáticamente aprobado.
Hola y Buenas tardes Maximo de Barcelona,
Quieria preguntarle sobre un compressor de Aire Acondicionado general para un piso de 93metros y la terazza son 32metros de grande.
Resulta que a la hora de pedir permiso y las llaves del dos terrado ( que estan totalmente vacio y solo tienen cable fibra optica)el presidente me dijo que no se puede instalar compressores arriba porque desde hace años pusieron esta normas ( y no se quien la dicto) y que si yo quisiera poner un compressor de Aire que mide (1metro largo y 34,5cm
de ancho)todos lo vecino quieran poner lo suyos ( que son compresores convencionales para Aire Acondicionad split normal),Al insistir con amabilidad al Presidente,dijo que iba pedir una junta extraordinaria y preguntar a los vecinos pero en su efecto me ha vuelto a decir que seria seguramente un NO rotundo!
Mi pregunta es “Puedo reclamar un estatuto de la comunidad y cuando se aprobo esta clausula por escrito al presidente y si no la tienen por escrito tengo alguna razon o possibilidad de tener derecho en colocar el compresor general en un terrado ( que son dos terrados uno de 70metros y otro de 30metros?)Estoy bastantes afectado porque mi arquitecto a parado los trabajos de mi Atico por tener una respuesta definitiva?!Si pongo el compresor en mi terraza luego se van a quejar de un possibile ruido del compressor hasta que los vecinos del a lado me puedan denunciar en futuro….?!?!?!
Gracias por vuestros consejos y ayuda
Maximo
Buenos días, Máximo:
Tienes que solicitar los estatutos de la comunidad. Deberían de estar custodiados por el administrador.
– Si lo aceptan, debes informar del proyecto para prevenir futuras molestias.
– Si lo prohíben, se pueden reformar con unanimidad.
– Si no dicen nada, hay que llevarlo a Junta, pero es uso privativo de algo que es de todos, por lo que también se te exigirá la unanimidad. En este caso, el voto de los ausentes vota como un sí, pero deben ser informados del acuerdo tras la Junta.
Efectivamente, el resto de propietarios tienen el mismo derecho que tú a instalar ahí sus aires, pero eso no tiene por qué ser malo salvo que a la larga perjudique la estructura del edificio (No debería pasar si las instalaciones están bien hechas).
Si lo estatutos no dicen nada, solicita el libro de actas buscando el acuerdo que lo prohíbe. Lo que se aprobó en el pasado en una Junta no lastra el futuro. En todo caso, se volvería a llevar el tema a la Junta.
Un saludo,
Muchas gracias Señor,
Por vuestro tiempo y contestacion,
Seguire’ los pasos y consejos vuestros.
Un saludo y buenas tardes
Maximo
Gracias a ti por seguirnos!
Buenos días, el local de nuestra comunidad ha colocado el segundo aparato de aire acondicionado debajo de mi ventana en el patio de vecinos. vivo en el primer piso y el primero lo pusieron igual, sin pedir permiso y me lo tragué. Este segundo, cuando lo he visto y hablé con la portera dijo que vinieron diciendo que cambiaban el que había. El caso es que siendo mentira, ha colocado el segundo así por la cara y con engaño. Qué puedo hacer? El presidente y administrador no sabían nada tampoco.
Gracias y espero su consejo.
Buenos días, Carmen:
Al tratarse de un local, tiene un poco más de margen. Consulta con los técnicos de tu Ayuntamiento. Por otra parte, si el ruido te es molesto, puedes llamar a la policía para que tomen las mediciones y emprender las acciones a partir de ahí.
Un saludo,
Buenos días.
Tengo una una duda sobre las distancias de un compresor de aire acondicionado sobre los huecos a medir para cumplir la normativa, ¿se considera hueco la terraza del vecino, o habría que medir hasta la puerta de la misma?. El instalador dice que hasta la puerta o ventana de la terraza, pero ahí esta mi duda, puesto que yo he medido hasta la barandilla de su terraza y no cumplo con los 2 metros de distancia, sin embargo si fuera hasa la puerta si.
Gracias
Buenos días, Isabel:
La norma dice que es hasta las «huecos». Es decir, la puerta o ventana. Imagina, por ejemplo, que habláramos de que tu vecino posee un patio… De todas formas, para salir de dudas, consulta en tu Ayuntamiento.
Un saludo,
Buenos días tengo instalado dos aires el del primero y el del segundo Justo encima de mi terraza interior ya que yo vivo en el bajo , el día que dieron la célula de habitualidad los pusieron todos en la azotea y después lo volvieron a ponerer encima de la terraza eso es lega?
Buenos días, Rubén:
Tendréis que revisar actas y consultarlo a los técnicos municipales.
Un saludo,
Mi vecino ha hecho una instalación de los tubos de aire acondicionado y ha usado el hueco de la medianera entre ambos pisos, (él mío y el suyo lindan por un lado), puede este vecino hacer uso de la medianera para esa instalación?
Buenos días, Eduardo:
No termina de quedarnos claro por dónde se ha realizado la instalación. Todo lo que sea ocupar zonas comunes, necesita autorización de la Junta.
Un saludo,
Buenos días. He comprado un ático en construcción. Cuando firmé el contrato los aparatos de aire acondicionado estaban previstos en la terraza de cada vivienda. Ahora me entero de que van a ponerlos en el tejado que era no pisable. Entonces voy a tener 21 aires acondicionados en el techo de mi vivienda. Creeis que esto me va a complicar la vida en mi terraza?. Voy a tener mucho ruído?
Buenos días,
Si han decidido esa ubicación, debería estar contemplada la molestia por ruido. Es decir, no tiene por qué haber problemas. Es más, esa es una de sus ubicaciones racionales.
Si por el contrario efectivamente una vez vivas ahí hay molestias por ruido, tienes una garantía de tres año para exigir a la promotora que los reubique. Puedes consultarlo aquí: https://micomuniweb.com/reclamar-defectos-construccion/#Danos_que_ocasionen_el_incumplimiento_de_los_requisitos_de_habitabilidad
Un saludo,
Buenas noches,el local de la comunidad va a abrir y ha decidido instalar la unidad exterior del aire en el parking comunitario. Mi pregunta es…¿se puede colocar en un parking comunitario cerrado,aunque la plaza de parking sea del local? De momento ya han agujereado y pasado tubos sin permiso de la comunidad. Muchas gracias
Buenos días, Antonio:
La primera pregunta requiere la respuesta de un técnico. El aparato tiene que estar en exterior porque necesita ventilación para disipar el calor que genera y porque desagua. Para instalarlo ahí, primero necesitará un certificado de un técnico que acredite que la máquina elegida soporta su instalación en esas circunstancias y que la ventilación del garaje cerrado es suficiente. En segundo lugar, requerirá acuerdo de la comunidad porque la instalación en esa ubicación afecta al resto de vecinos por cuestiones de seguridad. También se debería comprobar si dentro de la plaza de garaje propiedad del local hay arqueta de desagüe.
Un saludo,
Buenos días, me compré un piso en septiembre del año pasado, y como ya paso casi verano no quise hacer mella en este tema, pero ahora que está llegando verano estoy sintiendo todos los aires de mis vecino que tienen instalados en el patio de luces, sobretodo uno de un vecino que le cae la dichosa gótica toda la noche, el ruido y la subida de temperatura cuando están todos enchufados, vivo en un bajo y mi terraza es un patio de luces, que puedo hacer? Es ilegal? Puedo denunciar?
Buenos días, Mario:
Si la instalación está aprobada y cumple con todos los requisitos de las ordenanzas municipales, lo único que puedes hacer es una medición de ruidos para demostrar que es molesto.
Un saludo,
Hombre, un aire de un vecino desprende agua, con la gota todo el día, tiendo ropa y me la moja toda, no se puede dormir por las noches por el ruido de la gota cuando cae a la auralita otro aire que lo tengo justo encima de la puerta me sube la temperatura demasiado que casi ni se puede salir del calor que hace. Todo eso es legal? Y ni se puede denunciar? Entonces que me tengo que aguantar????
Nuestro consejo es que realice consulta a un técnico instalador al objeto de que tome mediciones de temperatura por si superan las admisibles. En caso de que sean superiores con el informe tendrá una prueba con la que interponer la correspondiente denuncia.
Respecto del ruido de la gota, aprovechando la visita del instalador convendría que comprobase si se puede instalar o colocar algo que amortigüe la gota para evitar el ruido. En caso contrario habría que acreditar la existencia de ese ruido con una pericial como base para otra posible reclamación.
Buenos días quería saber cuál es la normativa de distancia para instalar un aire acondicionado en un patio interior respecto al suelo y a la ventana de arriba. Quería saber también que si se instala en el balcón que da a la calle también sería necesario una distancia con respecto al balcón de abajo.
Gracias
Ana
Buenos días, Ana:
Consulta la duda en el Ayuntamiento.
Un saludo,
Buenas noches,
Tengo una terraza que es un bajo, la terraza esta rodeada de edificios, es decir es interior (no es patio). Justo debajo tenemos una tienda y parte de esta tienda se divide nuestra terraza con su tienda, entre ellas edificios alrededor. La cuestión es que han instalado dos aires acondicionados en la pared de la vecina que también tiene terraza y justo los aires le dan a su terraza junto a la nuestra, el problema no es que en si este el aparato, el problema es que hace un ruido escandaloso y tanto a ella que tiene la terraza como a mi que también la tengo, nos molesta muchísimo el ruido que hace la maquinita, además de ser una tienda que abre de lunes a domingo de 11h a 21h de la noche los 12 meses del año, así que se pueden imaginar cuando llega el verano y no podemos disfrutar de la terraza porque tenemos el ruido metido en la oreja y en la cabeza durante todo el día. Es legal que puedan poner el aire acondicionado casi tocando las terrazas de dos vecinos? cuanto es el ruido permitido? se puede hacer algo? cuanto tarda el ayuntamiento en actuar una vez se pone la denuncia? muchisimas gracias por contestar.
Las distancias que ha de cumplir la instalación varían en función del caudal expulsado al exterior:
-Para caudales de hasta 0,2 m3/s, las habituales en ventilación forzada de pequeñas estancias, la distancia mínima de cualquier ventana o puerta es de 1,80 metros.
-Para caudales comprendidos entre 0,2 y 1 m3/s, los habituales en aire acondicionado de estancias pequeñas y medianas, las distancias son de 2 metros a las ventanas de los lados; 2,5 metros a la ventana situada encima y 3,5 metros para ventanas situadas en distinto muro. Además se deberá estar por encima de los 2,5 metros de la acera o zona de paso peatonal.
Respecto del ruido generado, el límite máximo es de 55 dBA entre las 07:00 y las 23:00 y de 45 dBA el resto de horas. Para acreditar la existencia de los ruidos la única opción viable es contratar a un perito que haga una medición de nivel de decibelios. SI superan los límites legales tendrá la prueba técnica necesaria para poder denunciar la instalación.
No podemos informarle sobre plazos de contestación de los ayuntamientos, pues no son plazos tasados y varían en función del nivel de trabajo que tenga acumulado cada uno.
Buenas tardes, en mi comunidad, en la última planta (un quinto) los dos vecinos tiene aires instalados en el tejado.
Yo vivo en el tercero, y me están poniendo pegas, porque tengo que pasar una canaleta por el patio interior hasta el tejado.
He pedido libro de actas para leérmelo, ya que soy nuevo y me comentan que se han perdido todos, que solo se conserva el último.
Como me tienen que dar acceso para instalar la canaleta, dependo de ellos…
Qué puedo hacer?
Buenos días, Antonio:
Sería interesante saber cómo tienen instalado el aire acondicionado los propietarios que no sean del quinto. Esperamos al respuesta.
Un saludo,
BUENAS TARDES, COMPRE UNA VVDA. DE SEGUNDA MANO EN 2016 Y TRAS COMPRARLA VERIFIQUE QUE EL COMPRESOR QUE ESTABA AL LADO DE MI VENTANA NO ERA DE MI DOMICILIO SI NO DEL LOCAL DE ABAJO.
POR LO VISTO EL ANTIGUO PROPIETARIO LLEGO A ACEPTAR SU INSTALACION ALLI A CAMBIO DE UNA TELE, ME INFORME EN EL ADMINISTRADOR Y ME DICE QUE NO PUEDO HACER NADA, AHORA EL ADMINISTRADOR DE MI COMUNIDAD HA COMPRADO EL LOCAL Y NO PIENSA RETIRARLO, PUEDO HACER ALGO? NO SE QUE HACER NI A QUE RECURRIR, MUCHAS GRACIAS.
Buenos días, Ana:
Te recomendamos que, por una parte, acredites las molestias por ruido. Por la otra, solicita al Ayuntamiento un informe sobre la normativa municipal sobre la colocación de los compresores. Si hay ruido máximo, expón la posibilidad de denuncia por ello. Si no cumple la normativa municipal, pon una denuncia en el Ayuntamiento para que lo investiguen los servicios técnicos y sean ellos quienes ordenen la retirada. Te recomendamos la lectura del artículo «La venganza de Tristán»
Un saludo,
Buenas días,
Quiero poner aire acondicionado en el patio de luces por motivos graves de salud pero los vecinos han votado por mayoría aplastante que no me dan permiso, el caso es que hay uno instalado en la fachada principal y en 2017 hicieron una reunión en la que acordaron que se quitara pero todavía esta puesto, hoy al exponer yo mi caso han vuelto a decidir empezar los tramites para quitarlo, yo tengo una enfermedad grave con informes de especialista médico y forense en los que me pone claramente entre otras cosas que no puedo estar expuesta ni a altas ni a bajas temperaturas ya que me puede causar incluso la muerte, vivo en Valladolid y claro el frío lo cubro con la calefacción pero el calor… también tengo un informe médico de julio de 2019 en el cual estuve 4 horas en observación por golpe de calor, que pasos tendría que seguir ya que los vecinos me niegan poder poner el aire?
Se me olvidaba comentar que en los estatutos no mencionan para nada el tema de aire acondicionado, muchas gracias.
Buenos días, Elena:
Si ya has revisado los estatutos y las actas donde se hayan aprobado instalaciones similares y no puedes acogerte a ninguno de los dos casos, te recomendamos que hables con el presidente y el administrador de la comunidad para analizar si existe alguna otra posibilidad de instalación. En caso de que no den ninguna solución, nosotros no vemos la posibilidad de obligar a la comunidad a que comulgue con una instalación de un aparato en fachada sin el permiso de los vecinos, por lo que tendrías que optar por aparatos refrigerantes móviles.
Un saludo,
hola tengo un vecino que en un patio interior nos ha colocado un aire acondicionado, no recoge el agua de ninguna manera, en el aparato se ve por debajo el agujero por el que alegremente cae el agua,dá en los hierros de nuestro tendedero y en los barrotes de proteccion de los tiestos, de forma que choca y nos dá en los cristales y nos mojan las ventanas mas que si lloviera,el ruido es tan fuerte cuando cae a chorro que nos despierta en el dormitorio.También nos cala la ropa.Si es verdad que hay más aparatos instalados, pero tienen un tubo en el aguajero y recogen el agua hacia dentro de las viviendas, no lo dejan caer sin más.Que hago?
Buenos días, María:
En primer lugar, deberías hablar con presidente y administrador para exponerles la situación y que insten al propietario del aire a equiparar su instalación a la del resto de aparatos de aire.
De no apreciarse una respuesta por su parte, sí se podría contemplar la posibilidad de cursar denuncia por actividades molestas.
Un saludo,
Buenos días, en relación a el caso planteado por María, que es el mismo, aquí la comunidad ya no quiere intervenir, lo ha intentado y la vecina pasa del tema. Donde se tiene que gestionar la denuncia, en la policía, en el ayuntamiento, ?
Gracias
Un saludo
Buenos días, Patricia:
No son denuncias penales, por lo que no habría que acudir a la policía. Primero se pondría una reclamación en el Ayuntamiento o se solicitaría información a los servicios técnicos si es el caso. En caso de querer iniciar la demanda contra la propietaria, te recomendamos que acudas a nuestro servicio de consultas jurídicas. https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días, en mi comunidad no hay problema a la hora de instalar los aires acondicionados ya que se llegó a un acuerdo. El problema es el vertido del agua ya que algunos vecinos la vierten en las zonas comunes directamente, no han pedido permiso a la junta de propietarios y me gustaría saber si está permitido el vertido del agua en las zonas comunes, si necesita aprobación, si se les puede denegar…
Gracias
Buenas tardes, Jose:
El vertido de agua de los aires acondicionados puede causar perjuicios al resto de vecinos o incluso a los elementos comunes de la comunidad. Lo mismo que no están autorizados en las máquinas instaladas en fachada tampoco lo están en los que dan a patio interior.
Te recomendamos que revises la normativa específica de tu municipio, pues es habitual que esté expresamente prohibido por la ordenanza correspondiente, y si esta prohibición es aplicable a los instalados en fachada, también lo es a los de patio interior.
Un saludo,
Buenos días,
Ante todo darte las gracias por tu respuesta, he escrito al ayuntamiento y estoy a la espera de su contestación.
Me gustaría plantear un par de dudas que tengo;
1- Mi comunidad es de VPO con alquiler con opción a compra. El constructor/propietario les ha dicho a los inquilinos que pueden asistir a las juntas de propietarios como si lo fueran. Yo he estado leyendo y creo que los inquilinos no tienen ni voz ni voto y no deben asistir. ¿Es posible impedirles que asistan? ¿basta con que se niegue algún propietario? ¿hace falta algún tipo de mayoría?
2- Mi otra duda es con respecto al uso privativo de las zonas comunes. Tengo unos cuantos vecinos que están dejando en los rellanos todos los zapatos que usan, por el tema del COVID, además, tienen bicicletas, juguetes de niños, basura/reciclado e incluso tendederos llenos de ropa… No se trata sólo de la imagen que da, es que además casi no puedes andar por los rellanos. Se les ha pedido por las buenas que lo hagan y siguen en sus trece. La idea es plantear en la reunión algún tipo de votación para el uso privativo de zonas comunes, no sé si es necesaria la unanimidad de los propietarios para impedirles hacerlo o si basta con que uno se niegue, luego lo plasmaríamos en el libro de actas para que quede constancia. Además, si aún habiéndolo hablado siguen sin hacer caso, ¿se pueden tomar medidas legales?
Muchas gracias por tu ayuda
Un saludo
Hola de nuevo, Jose:
Respecto a la ocupación de las zonas comunes, tienes un completo post en: https://micomuniweb.com/trastos-enseres-ocupacion-las-zonas-comunes/
Sobre la asistencia de los inquilinos a las juntas, y sin más datos que los que nos has aportado, debería bastar con que acudieran con una representación del propietario. Un propietario puede ser presentado hasta por su prima a una junta si ésta aporta una representación. Puedes ampliar información en: https://micomuniweb.com/irregularidades-la-junta-propietarios/
Finalmente, puedes obtener un informe jurídico completo a través de nuestro servicio de consultas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Muchísimas gracias por tu ayuda
Un saludo
Hola, En mi comunidad algunos pisos tiene terrazas y en ellas han colocado aires acondicionados. Otras viviendas no disponen de terraza y la única solución sería colocarlo en la fachada pero los vecinos se niegan. Ayuda como precedente que ya estén esos aires acondicionados en las terrazas particulares porque están a la vista?
Buenos días, Eduardo:
¿Qué se entiende por «algunos vecinos»? Para autorizar el aire acondicionado en la fachada basta mayoría simple de la Junta. Consulta los requisitos a los técnicos municipales y cíñete a ellos. En última instancia, podrías alegar abuso de derecho de la Junta. https://micomuniweb.com/abuso-derecho-junta-propietarios/
Para un informe jurídico completo, puedes utilizar nuestro servicio de consultas jurídicas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas, me gustaría hacer una consulta. Acabo de comprar un piso que llevaba mucho tiempo cerrado. Los vecinos de abajo han instalado su máquina en mi lavadero/balcón a unos 30cm de mi ventanal por lo tanto no puedo tender la ropa, el calor me sube directamente, el ruido igual y además facilita el acceso a mi ventana… ¿Puedo reclamar? En teoría es mi propiedad, mi balcón ¿no?
Muchas gracias
Buenos días, Alba:
Tienes que hacer tres comprobaciones:
1/ ¿Qué dice la normativa urbanística?
2/ ¿Qué dicen los estatutos o el acta de aprobación de los aires de la comunidad?
3/ Medición de ruido y trasladar las molestias al presidente o administrador. La Ley de Propiedad Horizontal prohibe realizar actividades molestas, insalubres, dañinas, etc.
Si tienes dudas adicionales, puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas. https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Atentamente,
Un saludo,
Hola,
En mi urbanización todos los pisos tienen preinstalación de aire acondicionado y en los tendederos hay una rejilla para poder instalar las máquinas, excepto en algunos bajos que en la zona donde debería estar la rejilla hay muro porque hay unos cuartos de baño o de almacenaje de las zonas comunes.
De los 127 pisos sólo somos 8 los bajos que no tenemos rejilla en nuestro tendedero.
Hay un bajo que hace más de 10 años instaló el aparato de aire en la fachada fuera del tendedero ante la imposibilidad de tenerlo dentro y hasta el año pasado, nadie le dijo nada. El año pasado un vecino del primero (que sí tenía rejilla) decidió ponerlo fuera en un balconcito de la fachada (apenas visible desde fuera) y al ponerlo perforó la pared y causó desperfectos en la bajada de las escaleras del portal y destapó el interés por las instalaciones de aires.
Un par de meses después (sep 2018) nosotros que no tenemos rejilla solicitamos ponerlo fuera igual que el otro bajo y en primera instancia el presidente nos dijo que sí pero que esperáramos a que hicieran una obra de impermeabilización en los cuartos que impiden nuestra rejilla. Esperamos a que terminaran y una vez terminado nos dijeron que esperáramos a una reunión de la junta en marzo de 2019. En la reunión de la junta no se votó nada sobre este tema y nos dijeron que convocarían otra reunión extraordinaria que a día de hoy no se ha realizado.
Tras la reunión de la junta alegando que no es estético para la fachada nos comunicaron que mejor lo pusiéramos dentro de nuestra terraza (justo debajo de la terraza del del primero, en la parte alta de las puertas de acceso a nuestra terraza) donde taparía una parte de nuestra ventana y además se vería igualmente y nos incomodaría tanto a nosotros como al vecino de arriba con el aire caliente y ruido que desprende). Al bajo que lo puso hace 10 años le comunicaron que debía quitarlo, evidentemente no lo ha quitado porque según he leído la comunidad tiene un tiempo para reclamar estas cosas y este ya ha prescrito.
Hace un mes les enviamos un correo al administrador volviendo a solicitar poner el aire acondicionado en la fachada aportando nuestros argumentos y hace unas 3 semanas en un encuentro con el presidente y el administrador en la propia urbanización nos autorizaron verbalmente que lo pusiéramos. Ayer lo instalaron y 5 vecinos se quejaron y amenazaron al presidente con denunciarle por haber tomado la decisión unilateralmente.
¿en qué situación estamos? ¿Podremos mantener el aire? ¿habrá que llevarlo a junta?
Después de tanto tiempo esperando y ahora que ya habíamos conseguido ponerlo me gustaría saber qué opciones y acciones deberíamos tomar para poder mantenerlo.
Gracias
Buenos días, Ruth:
Dado que se trata de hechos consumados, no queda más remedio que defender la instalación con el argumento de que es exactamente igual que la de otro vecino que no tenía rejilla y al que la comunidad le autorizó sin ponerle pegas durante 10 años. Si la comunidad inicia algún tipo de actuación en tu contra, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Un saludo,
Vivo en un bajo ,con terraza desde la cual accedo a mi domicilio .Mis vecinos de arriba han colocado la máquina de aire acondicionado justo encima de mi patio con lo cual me da miedo salir por miedo a que si algún día se cae ,caería sobre mi vivienda.Es legal poner la máquina justo encima de mi terraza bajo
Buenos días, Olga:
Tendrás que consultarlo con los técnicos municipales. En principio, y sin conocer los requisitos de tu ayuntamiento, sólo se podría retirar si produce molestias por ruido/agua o si la instalación fuera deficiente y hubiera algún riesgo real.
Atentamente,
Hola.
Tengo un apartamento en el que las ventanas del salón, cocina y baños dan a un pasillo interior, con celosía y ventanal al exterior. He puesto un aparato de aire acondicionado portátil y he puesto la evacuación de aire en la ventana del salón. El vecino dice que se queja, por la insalubridad, pero el pasillo está bien ventilado. Hago uso de una zona común, pero no la invado y, por otra parte, la ventilación de mi apartamento depende precisamente de esas ventanas. Entiende que les moleste pero ¿Es correcto lo que he hecho? En caso de que les moleste cualquier aire que se evacue por esas ventanas (por ejemplo, aromas de la cocina, aunque tengo un extractor de humos que sí da al exterior) ¿Podrían obligarme a mantenerlas cerradas?
Gracias
Buenos días, Salvador:
Entendemos que es un uso normal y que debe ser soportado por el resto de vecinos. Si hay correcta ventilación y el ruido del extractor no es excesivo entendemos que el uso es perfectamente legal.
Un saludo,
Buenas noches,
En el edificio que vivo no hay estatutos y quero poner un aire acondicionado por split y compresor,en el ayuntamiento tampoco hay ordenanzas donde te prohíbe colocar el aparato,tengo que preguntar a la junta,la empresa que quero contratar ne dice que puedo poner el aparato sin preguntar a la junta de la comunidad de propietarios y además vivo en un primero
Buenos días, Gina:
Si es el primero que se pone en el edificio, se necesitaría mayoría simple. Si ya hay otros y las características son similares, no necesitas acuerdo.
Un saludo,
Hola, Tengo tres local en el sótano de un edificio de una comunidad. Cuando reforme el local instalé dos maquinas de aire grandes de 90x90x 1.60 alto. y cuando hice una reforma 2 años después tengo la necesidad de instalar una tercera maquina de las mismas dimensiones, he hecho estudio de cargas y no hay problema. Están en azotea con una bancada antivibratoria.
La comunidad me ha pedido estudio de ruidos, con todo y que están dentro de la legalidad me han pedido insonorización. Hice la insonorización.
Pero la tercera máquina no me dejan instalarla y he perdido clientes por no tener esa zona abierta al público por falta de aire. Llevo 2 años con el tema y siguen sin dejarme, puedo demandar daños y que me dejen instalarla??
Buenos días, habría que saber los motivos concretos por los que la comunidad no permite esa instalación. Si, como dices, hay un antecedente idéntico, no deberías tener problemas para ampararte a él. Podrías demandar por abuso de derecho de la junta de propietarios. Para ello, puedes ponerte en contacto con nuestro servicio jurídico. https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
He puesto un aparato de aire en un patio interior, apoyado en mi pared, es un bajo. No pedí permiso pensando q como hay ya muchos aparatos puestos, no tendría q hacerlo, pero me dicen que están todos en la fachada principal y no en el patio. He hecho un escrito para q lo ponga el presidente en el tablón de anuncios, creen ustedes que tengo posibilidad de q se quede el aparato en el patio?
Buenos días, Marisol:
Cuando instalas un aparato de aire, debes hacerlo en las mismas condiciones que tus vecinos o pedir permiso de la junta. Si, después de poner el escrito (y por la situación en la que estamos), no se opone un número suficiente de vecinos, no deberías de tener mayores problemas.
Un saludo,
Buenos días,
Yo tengo un problema con un vecino que ha puesto una aire acondicionado por conductos.
En los estatutos indica que los aire acondicionados se deben instalar en la cubierta del edificio, pero hay un acuerdo en junta que indica que se pueden instalar en fachada siempre que no produzca molestias.
La ordenanza del ayuntamiento de mi localidad indica que no pueden instalar en fachada, y que no debe sobresalir 30 cm de la misma.
Hasta ahora no ha habido problemas ya que había los tipicos split que no hacen ruido, pero estas nuevas instalaciones por conductos son máquinas bastantes mas grandes. Este aparato nuevo esta provocando ruidos y vibraciones, se lo hemos indicado a la comunidad y nos dice que tenemos que justificar las molestias , a pesar de que la especificación de la máquina ya marca 53 DB y supera los DB de noche, y que no podría ponerla, el propietario hace caso omiso.
¿Se le puede obligar que retire la máquina por el ruido o aunque no supere el ruido, solo por lo que indica la ordenanza se le puede quitar?
Gracias,
Buenos días, Roberto:
Empezaríamos por notificarlo al Ayuntamiento.
Un saludo,
Puede el vecino de arriba poner el aire acondicionado encima de mi puerta del patio el cual soy perjudicado ya que mis hijos se resbalan
Buenos días, Carlos:
Como indicamos en el post, debes preguntar en el Ayuntamiento por las ordenanzas municipales.
Un saludo,
Hola buenos días,Estamos interesados en instalar la unidad exterior de nuestro aire acondicionado en el patio de luces de la finca. En nuestra finca, todas las unidades de aire acondicionado estan en los balcones de la fachada exterior (ya sea en el suelo como en el extremo superior de la pared del balcón).
Como no había ningun antecedente en la vivienda, hemos solicitado a la junta que lo incluyeran en la orden de el día y se votó y aprobó por unanimidad de los presentes(aproximadamente 7 propietarios de 28) la aceptación de instalar mi unidad exterior en la fachada del patio de luces (colgado de mi colduría por fuera en la fachada). Este patio de luces solo comunica con cocinas, coladurias y baños (ninguna zona de descanso), y en él, hay muchas viviendas que tienen la coladuria abierta con Lavadoras y calentadores que hacen un ruido mucho superior que una unidad de aire acondicionado. El problema es que la ordenanza municipal no es clara a este respecto (vivo en Palma de Mallorca). Parece que prohibe en algunos casos las instalación en algunos tipos de patios de vecinos, pero no es clara en que casos y como es o no ilegal instalar este tipo de unidades. Me surgen las siguientes dudas antes de hacer la instalación:
– Hasta cuando se puede (si se puede) impugnar la decisión por unanimidad en junta por un vecino que no haya acudido a la junta? o por cualquier vecino que cambiara de opinion?
– El hecho de que pudiera ser ilegar según la ordenanza municipal, podría hacer que me obligaran a retirar el equipo una vez instalado? incluso siendo aprobado por unanimidad y ser una fachada interior que solo ven los vecinos?
– Si efectivamente me pudieran denunciar y oblicar a quitar la unidad colgada de la fachada, con meterla en mi coladuría y conducir el aire fuera sería suficiente?
Agradecería cualquier aclaración, ya que es una inversión muy grande para instalarla con peligro de ser retirada. Muchas gracias de antemano!
Buenas tardes, Joan:
Sobre la impugnación de acuerdos, te recomendamos esta lectura: https://micomuniweb.com/como-impugnar-acuerdos-de-la-junta-de-propietarios/
Respecto a las ordenanzas, si son vagas es cuestión de encontrar la interpretación más favorable si hubiera que impugnar. La infracción urbanística en sí prescribe a los cuatro años. Cualquier infracción derivada de la instalación que pueda tener relación con materia medioambiental como pueden ser contaminación acústica o térmica podría entrar en cualquier momento. Sin embargo, esto último es igual para todas las instalaciones.
Si te lo hicieran retirar, podrías instalarla en las mismas condiciones que tus vecinos. También puedes preguntar a los técnicos municipales cuál sería el modo correcto de proceder a la instalación.
Un saludo,
Buenos dias, queremos instalar la mauqina exterior de aerotermia en la cubierta de la comunidad. Nuestro piso es el ultimo y seria justo encima nuestro. Cumpliria con normativa urbanistica , no se ve desde el exterior. Seriamos los primeros en instalarlo, tampoco hay aires acondicionados. Lo que si hay es dos antenas. Pensamos que una es comunitaria y la otra no. La instalacion de esta antena privada no se aprobo en junta ..y no se ha retirado nunca…Lo hizo el vecino sin aprobacion.
Mis preguntas son las siguientes:
– Si ya hay precedente de colocacion de antena privada como uso privativo de la cubierta. que ocurriria? Que proceso seria? Necesitariamos aprobacion de junta? Que mayoria?
– Si hay alteraciones en fachada aprobadas e incluso con cambios estructurales..Al ser la cubierta otro elemento comun..No se entenderia tb como un precedente? que proceso seria y que mayoria?
– Abuso de derecho. No se consideraria un abuso de derecho el negarse en junta? No existe ningun perjuicio para la comunidad..El comentario general es que «si yo lo tengo en mi terraza tu tb…»
Muchas gracias!
Buenos días, Rosa:
Lo primero es que separes la antena de tu máquina de aire, ya que además, las antenas llevan una legislación específica (https://micomuniweb.com/antena-colectiva-comunidad-propietarios/).
Por tus preguntas, entendemos que tu supuesto entra dentro de «si los estatutos no dicen nada».
Sobre el abuso de derecho, te recomendamos el post:https://micomuniweb.com/abuso-derecho-junta-propietarios/
Para un análisis pormenorizado del caso, puedes utilizar nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Felices fiestas; soy el propietario de una vivienda con una terraza comunitaria, pero de uso privativo, ya que, en mis escrituras, se indica que tengo el usufructo de la misma.
El propietario de la vivienda de al lado (tipo duplex), a cuyo tejado se accede entrando por mi terraza, quiere instalar el compresor de un split (que pondrá en su planta de arriba), en un paño lateral encima de su tejado, pero que está encima de mi terraza, con el perjuicio de ruidos que me puede provocar (por muy poca potencia que tenga). Además, quiere realizar la instalación haciendo un agujero en la pared de mi terraza que da a su habitación donde irá el split, para ahorrarse coste de instalación, provocando un daño estético en la terraza, entre otras cosas.
He intentado hablar con él para que realice la instalación por otro lado (por un patio interior que hay muy próximo), ya que no quiero que pasen los tubos por la terraza.
A todo esto, la única comunicación previa que he tenido ha sido una llamada del administrador de la finca, que me indicó que tenían que acceder a la terraza para hacer unos trabajos.
Este año soy el presidente de los vecinos de mi portal (la comunidad la forman 3 portales más, siendo presidente de la finca otro vecino), y estos trabajos no han sido aprobados en la última junta (realizada en mayo). Mis preguntas son:
– ¿Qué aprobaciones necesita mi vecino para realizar esta instalación a través de mi terraza?
– ¿De qué manera puedo negarme o hacer que la haga de otra forma que me perjudique menos? Según él, por ser comunitaria la terraza, no me puedo negar a que me instale los tubos (es su opción más barata de realizarla, pero hay otras posibilidades).
Quería saber qué derechos tengo para defenderme, pues el perjuicio es doble: ruido por la proximidad del compresor a la terraza y daño estético en una de las paredes.
Gracias y un saludo.
Buenos días, José:
Esta duda es lo suficientemente compleja como para no poder ser respondida por un comentario en un blog. Puedes hacer uso de nuestros servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo
Hola,
Tengo un aparato de aire acondicionado instalado desde hace 18 años en la fachada de un patio de luces exterior, es decir, abierto por una de sus caras. En mi comunidad, hace un par de meses, se han tomado una serie de decisiones sobre la colocación de los aires acc. ¿Me pueden obligar a quitarlo de donde está instalado desde hace 18 años? Entiendo que no ya que, si no me equivoco, la comunidad tiene un plazo de 5 años desde la fecha de instalación para reclamar que lo quite. ¿Es así o lo tengo que quitar?
Buenos días, Pablo:
A priori, es tal y como nos dices en la consulta. Ya ha transcurrido el tiempo suficiente para que la instalación haya consolidado y no pueden obligarte a retirarlo.
Un saludo,
Hola, mi vecino ha trasladado su unidad externa a su azotea. Está a solo un metro de nuestra terraza (no hay muro, solo una valla metálica con agujeros). Es una unidad antigua. El ruido exterior es de 60 decibeles medidos en una aplicación de teléfono. El ruido dentro de nuestra habitación es de 30 decibeles. A veces está encendido hasta la 01:00.
Nos quejamos y dijeron que no podían pagar una nueva unidad. Dijeron que intentarían que se hiciera más silencioso y que no lo usarían después de las 10 pm, pero no han cumplido su promesa.
Buenos días, Ian:
Si el aparato produce molestias y contraviene la ordenanza por ruidos, es posible presentar demanda. Puedes consultar a nuestro servicio jurídico en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas tardes
Instalamos el año pasado un split normal en casa en la fachada interior del edificio. Lo pusimos a la misma altura que lo tiene el de la entreplanta. El problema que «tenemos» es que a la presidenta no le gusta que lo hayamos puesto ahí y nos obliga a cambiarlo de lugar (al otro lado de la terraza).
Nosotros avisamos de la instalación en su momento y lo pusimos tal y como estaba el de la entreplanta, ya que había un precedente. No hace ni pizca de ruido y lo ponemos sólo cuando la situación lo requiere y dentro del horario establecido.
Ahora nuestra presidenta nos obliga a retirarlo sin haber hecho una junta de vecinos y nos amenaza con denunciarnos sólo porque dice que está mal puesto y que pueden entrar ladrones por ahí (aunque dudo mucho que puedan subirse por el aparato)
¿Qué podemos hacer al respecto?
Buenos días, Miguel:
No lo toquéis y esperad la demanda.
Un saludo,
Buenas noches.
Hemos comprado un piso de nueva construcción y al ir a poner la maquina de aire que va por conductos y que debe instalarse en la azotea del edificio nos indican que no hay cable guía y que la constructora debería haberlo puesto al realizar la preinstalación. La constructora dice que lo pongamos nosotros (son más de 30 m y pasa por un local de su propiedad)Mi pregunta es ¿hay alguna normativa que diga que el cable guía debería haberse puesto al realizar la preinstalación?
Buenas tardes, Lorena:
Lo que nos consultas es una cuestión técnica relativa a la adecuación a normativa del proyecto técnico de construcción de un inmueble. Lo lógico es pensar que el inmueble debe entregarse con todas las dotaciones, y las guías para instalación de suministros y servicios en azotea debe incluirse en esas dotaciones.
Podemos facilitarte los datos de un profesional que revise el proyecto para comprobar que se adecúa tanto a normativa como a lo efectivamente construido. Para ello, debes enviar un email a info@micomuniweb.com
Un saludo,
Buenos días:
Un vecino colocó un aparato de aire acondicionado en la fachada exterior de los normalitos. No pidió permiso a la Comunidad ni tampoco hay Estatutos ni ningún Acta anterior a su instalación que se pudieran poner. Otro vecino a l ver su instalación hizo lo mismo puso el aire acondicionado sin permiso. . En estos casos cómo se actúa? Se prohíben instalaciones futuras sino pasan por Juntas? Puede otro propietario poner un aparato cuando quiera?
Muchas gracias
Buenos días, Álvaro:
Los aires «normalitos», deben seguir las instrucciones de las ordenanzas y someterse a mayoría simple. Si no la han obtenido, se podría demandar su retirada.
Un saludo,
Buenos días,
Si todos los vecinos tienen las máquinas en el patio y ahora dicen algunos que hay que quitarlas y que van a poner una máquina en el tejado para tener «aire acondicionado comunitario», una sola máquina común para todos, lo que supone un gasto económico y la obra consecuente. Me pueden obligar a quitar la máquina y a tener que tener el aire acondicionado común.
Es que dicen que si no queremos ahora, luego ya no podremos tener AC de ninguna manera.
Nosotros nos acabamos de instalar en la casa, con obra incluida y las máquinas nuevas y nos dicen que si algún vecino denuncia lo del patio, nos obligaran a quitarlas y como no queremos el aire común, nos quedamos sin AC.
Eso es así?
Muchas gracias
Buenos días, Gloria:
La regla general es que los acuerdos de junta se pueden revocar, pero existe un límite: la revocación no puede llevarse a efecto cuando suponga un perjuicio para algún propietario. Además, y para el caso de que no fuera aplicable la regla anterior, de llevarse a cabo ese acuerdo todos los vecinos afectados que tuvieran que desinstalar sus aparatos estarían legitimados tanto a reclamar a la comunidad el coste de la desinstalación como a reclamar daños y perjuicios.
Un saludo,
Buenas!!! Tengo un problema, vivo en un 2°oído y mi vecina del 4°piso ha instalado los compresores del aire justo por delante del balcón suyo y a su vez, encima de mi balcón, los pájaros están anidando en los compresores , consecuencias tengo el todo lleno de cagadas , pero es que cada dia tiene más, y tampoco me es posible limpiarlo, me podríais ayudar porfavor??
Buenos días, Rocío:
Existen recoge cacas para pájaros para estas situaciones. Te recomendamos: https://micomuniweb.com/retirar-nidos-golondrina/
Un saludo,
Buenas tardes, me acabo de comprar un piso en una comunidad antigua sin estatutos. Mi intención era instalar aire acondicionado, pero al estar prohibidas las juntas por el covid me obligan a esperar para votar. ¿Podría instalarlo sin someterlo a votación? Todos los pisos que dan a la fachada exterior lo tienen instaladado, pero el mío da al patio interior y ahí sí que no hay ninguno puesto anteriormente. El calor está empezando a ser insoportable y aunque me gustaría esperar a la junta, me temo que será inhabitable.
Muchas gracias
Buenos días, María:
El problema de instalarlo a las bravas es que te lo hagan quitar. Si no causa molestias a los vecinos, no contraviene las ordenanzas municipales y es un aparato de los normales, no habría ningún problema.
Por otro lado, te recomendamos: https://micomuniweb.com/juntas-propietarios-covid-marco-legal/
Un saludo,
Mi vecino ha puesto el aire acondicionado en el exterior del muro de mi terraza aprovechando unas obras en las que no había nadie en casa. Es legal colocarlo ahí. Si se le estropeara tendría derecho a pasar por mi casa para arreglarlo o a descolgarse del tejado y pasar a mi terraza.
Buenos días, Pablo:
Te recomendamos: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Hola, me gustaría que me resuelvan una duda, el año pasado me comprar un aire acondicionado portátil y puse en tubo en la ventana de mi cuarto que da al patio de una vecina ( vivo en el entresuelo ella también) y año pasado no me dejó ponerlo porque le molesta el tubo me puede obligar a quitarlo aún que esté sea portátil? Que puedo hacer para seguir con el
Buenos días, Dorian:
Te recomendamos esta lectura: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Buenos días
Vivo en un bajo con un patio interior que es de mi propiedad según escrituras. En mi patio tengo tres ventanas de un local, que ahora están rehabilitando como un piso. Quieren poner un aire acondicionado, instalando la unidad exterior en el patio. Para ello tienen que entrar a instalarlo por mi casa. Les tengo que dejar entrar? y cuando tengan avería, también tienen que pasar por mi casa?
El resto de vecinos tienen aire acondicionado, pero lo han instalado desde sus ventanas.
Muchas gracias por su respuesta.
Buenos días, Conchy:
Lo que nos planteas es un problema de servidumbres. Te recomendamos esta lectura: https://micomuniweb.com/servidumbres-comunidades-propietarios/
Un saludo,
Buenos días,
Compramos el último piso de un bloque hace unos 5 años, y ya venía con el aire acondicionado instalado en la cubierta del bloque. El anterior dueño nos comentó que pidió permiso y se le concedió, pero no tenemos ninguna documentación que lo demuestra. Hace como 1 año se estropeó y lo cambiamos por otro nuevo, el extractor standard para un split en el salón (lo mismo que había), respetando la misma instalación tras notificarlo al presidente y gestor, del primero recibimos las llaves para acceder a la cubierta y del segundo no recibimos respuesta al email.
Al realizar el cambio vimos que había al menos 5-6 instalaciones más como la nuestra. Desconocemos desde hace cuanto, o si tuvieron que solicitar autorización para ello.
Ahora un vecino ha reclamado que se quiten los aires acondicionados en las cubiertas del bloque.
En los estatutos de aires acondicionados no pone nada, pero hay un artículo que indica: Expresamente se establece que la cubierta del bloque no podrá ser utilizada ni individual ni colectivamente, declarándose zona no transitable.
¿Qué opciones tenemos?
Gracias por adelantado.
Un abrazo.
Buenos días, Fernando:
No transitable significa que no podéis asomaros ahí a tomar el sol. En principio, con esos datos y sin revisar documentación, si el vecino quiere retirar de ahí los aires, que os demande.
Puedes recibir un asesoramiento pormenorizado en nuestro servicio de consultas jurídicas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas tardes. Compartimos patio de luces dos bloques distintos, el 23 y el 25 , de la misma urbanización.En este patio dan cocinas y zonas de descanso.Un vecino del 5° piso del bloque 23, ha puesto un aire acondicionado (Normal de los de split).No hay instalado ningun aparato, solo el suyo. Este vecino ni ha pedido permiso a su comunidad ni a la nuestra, ya que compartimos espacio. La administradora de su finca indica que es legal y no tienen porque pedir permiso. Alegan que en el mismo bloque, pero en otro patio interior, si hay aires instalados y que como en nuestros estatutos no hay nada, y el aire esta instalado físicamente en la fachada perteneciente al 23,,el bloque 25 nos tenemos que aguantar, aunque compartamos espacio. ¿Esto es así? ¿no tenemos ni voz ni voto al respecto?.Muchas gracias.
Buenos días, Olga:
Si el aire no ocasiona molestias, las cosas son así. En caso contrario, te recomendamos: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Hola,
mi pareja y yo hemos comprado un ático en proceso de construcción (nueva obra) con terraza de 30 m2. El proyecto indica que uno de los muros que separa la terraza es un muro ciego de 1,80m que da a una instalación de unos 10 aires acondicionados y sistema de aerotermia para suministro de todo el bloque de vecinos (en esta última planta sólo estaría nuestro ático y esos aires y aerotermia).
Desde la constructora nos han comentado que aunque las máquinas son grandes, no se ven y ya no hacen tanto ruido ni generan tanto calor como antiguamente.
Nos gustaría saber si esto es así o vamos a arrepentirnos toda la vida por ya solo no tener un ruido continuo, sino un calor sofocante dando a nuestra vivienda pared con pared.
Muchísimas gracias de antemano!
Jose
Buenos días, José:
Efectivamente, los aparatos modernos son menos molestos. Te recomendamos: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Hola. Tengo una segunda residencia en planta baja con un patio de luces donde yo solo tengo acceso y donde suelo ir 3 o 4 veces al año y solo estoy alrededor de 1 o 2 semanas cada vez que voy. Hace un tiempo instale un aire acondionado en el patio de luces y pedi permiso a la comunidad y esta se lo comunico a la presidenta donde se me me dio la autorizacion . tengo la vecina del piso segundo que se queja de que desprende mucho calor y le molesta ya que ella tiene una ventana en la cocina que da para este patio y no la quiere cerrar ya que dice que ella tiene gas y que el tecnico le dijo que tenia que tenerlas abiertas( Para eso existen las rejillas de ventilacion) a la vecina del piso primero no le molesta en lo absoluto.
trate de llegar a un acuerdo con esa vecina y le dije que solo lo iba a utilizar de 7 a 10 de la noche y que solo yo venia en pocas oasiones y que en ese tiempo que tratara de cerrar la ventana y me dice que lo tenia que pensar como si ella fuera la dueña y la que decidiera todo en la comunidad, pero esto no le fue suficiente y se quejo con la comunidad
quiero saber hasta donde yo puedo pelear para yo tener la razon ya que yo no tengo balcon y al hacer un piso en bajos no puedo abrir las ventanas para la calle.
Buenos días, Luis:
Mantén la instalación y tu ritmo de vida salvo que ella demuestre las molestias: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Hola, buenos días!! En el edificio de mi padre, que vive en un bajo, un vecino ha colocado un aire acodiconado que cuando la botella a la que desagua se llena, el cae a mi padre todo el sobrante y el vecino no se hace cargo muy responsablemente del cambio de esa botella. Donde se especifica en la normativa municipal que tiene que ser el desague del agua de los aires acondicionados o si conocen la normativa, me la podrían explicar. El presidente y el administrador no se hacen mucho cargo. La otra opción es pedir cita con Información urbanística del ayuntamiento y que aclaren por ahí. Gracias
Buenos días,
Todos los Ayuntamientos tienen un servicio de técnicos municipales. Bastaría con contactarles. No obstante, siempre es posible reclamar la revisión del aire acondicionado molesto https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Buenas noches, a ver si nos pueden orientar con nuestro caso:
Nuestro edificio se construyó con una preinstalación de aire acondicionado. Esa preinstalación es “defectuosa”, ya que se trata de una instalación preparada para instalar equipos de gran potencia utilizados para enfriar espacios de unos 400 m2, mientras que la tipología de vivienda más grande del edificio oscila los 60m2.
Cuando se entregaron las viviendas hubo vecinos que se arriesgaron y se desembolsaron de importantes cantidades de dinero y procedieron a instalar dichos equipos, pero actualmente se encuentran descatalogados por lo que los vecinos que actualmente quieran instalar el aire, no pueden sin realizar cambios en la instalación. Habría que instalar otros modelos de otras marcas y para ello habría que hacer cambios en la instalación de cada vivienda para poderla adaptar.
Han venido varias empresas instaladoras y una de ellas nos ha estado revisando la instalación y, dado que no se puede modificar la preinstalación (tendríamos que tirar el edificio), tampoco nos recomiendan instalar los equipos (el descatalogado o de otras marcas) ya que estaríamos sobredimensionando la instalación y podrían pararse por temas de seguridad. (Vuelvo a recordar que son equipos e instalaciones para enfriar espacios de 400m2 y la vivienda más grande son 60m2).
Dado que, al parecer, según los estatutos y la normativa municipal no es viable instalar el aire en la fachada, la única solución que nos han facilitado es instalar el aire en el tendedero. Esta opción solo es viable para unas pocas viviendas, ya que no todos disponen de tendedero. Nosotros ya hemos realizado la consulta al ayuntamiento para ver si, realmente la normativa municipal no nos lo permite, ya que la mayoría de los edificios del barrio presentan aires acondicionados en la fachada. Todavía estamos a la espera de respuesta. En lo que respecta a los Estatutos yo no he visto que se haga mención explícita al tema de la instalación de los equipos de aire.
Por otra parte, tenemos el caso de un vecino (el único que tiene patio) que hace más de 6 años instaló dos equipos de aire en la fachada, concretamente por encima de sus puertas y justo debajo de las ventanas de su vecina de arriba. La instalación fue a espaldas de la comunidad, argumentando que “estaba en su patio” y la comunidad procedió a denunciarlo, pero de esto ya han pasado más de 6 años y los equipos siguen instalados en la fachada. Por lo que tengo entendido, una vez pasados 4 años sin que se haya conseguido su retirada, ya no se puede hacer nada, pero no sé si estoy en lo correcto.
Una vez explicada toda nuestra situación, ¿qué opciones tenemos? ¿Sería viable que, habiendo un caso desde hace más de 6 años, y dado que no tenemos muchas más opciones para poder instalar el aire acondicionado en los domicilios, nos dejasen instalarlos en la fachada?
Entiendo que, esa decisión se tiene que aprobar en la reunión de vecinos, con el Administrador, pero ¿qué porcentaje necesitaríamos de votos a favor para poder sacar adelante la instalación de los equipos de aire en la fachada?
Muchas gracias por su ayuda,
Tamara
Buenos días, Tamara:
Sobre la prescripción, si hubo quejas en su momento, no tiene por qué haber prescrito (https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/). No obstante, siempre se pueden alegar molestias, ya que se debe asegurar la habitabilidad de todas las viviendas (https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/).
Deberíais esperar de momento a la resolución del Ayuntamiento. También deberíais consultar con los técnicos municipales las condiciones de vuestra instalación.
Un saludo,
Buenas. Me he comprado un piso y he visto que la instalación del aire acondicionado del local el cual piso pasan por mí pasillo hasta llegar al agujero por el que sube hasta la azotea junto con mi instalación de aire. ¿Qué pase por mí pasillo es legal? gracias un saludo
Buenos días,
No podemos saber si es legal porque hay servidumbre de instalaciones (https://micomuniweb.com/servidumbres-comunidades-propietarios/). Habría que comprobar si era la única vía posible y si en su momento se aprobó la instalación. Si en su momento todo se hizo bien, sólo puedes reclamarlo si te produce molestias demostrables (https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/).
En caso de dudas adicionales, puedes contactar con nuestro servicio jurídico en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Un saludo,
Un saludo,
Hola, buenos días:
Vivo en una comunidad de chalets adosados y uno de mis vecinos tiene el compresor en su terraza del piso primero y los tubos de refrigerante están colocados en el muro medianero pero en el lado que pertenece a mi propiedad . Los chalets no están el línea, están ligeramente retranqueados de tal forma que parte del muro medianero por un lado es una habitación con terracita del vecino (donde tiene el compresor) y el otro lado (el mío) es muro visto a la altura de la primera planta. Si tuviera que hacer cualquier maniobra en esos tubos se tendría que descolgar a mi tejado de la planta baja y pedirme permiso. Además este verano uno de los tubos se ha debido de romper de su anclaje a la altura de la planta segunda y ha caido directamente sobre mi tejado de la planta baja (lo puedo ver desde la ventana de mi planta primera además de los otros tubos afeándome la visión)
¿estoy en mi derecho de exigir que coloque esos tubos en su propiedad? ¿si se lo solicito amablemente y no quiere hacerlo, puedo cortarlos de motu propio o me expondría a una denuncia que perdería? ¿cómo debería hacerlo?
Muchas gracias
Buenos días, Raúl:
No podemos saber las condiciones bajo las que se instaló, ya que sí sabemos que hay servidumbre de instalaciones. Todo ello no quita a que está obligado a retirar los tubos del tejado y responder de cualquier daño que produzca su aire acondicionado. Si además es molesto, puedes consultar: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Hola,
Estoy alquilando un piso en una finca de 3 viviendas con el mismo propietario.
La mía es la última de las 3 y tiene terraza, a la que únicamente se puede acceder desde mi vivienda y que en el contrato consta como parte del piso atrendado.
El inquilino de la planta baja quiere poner los splits de las máquinas de aire acondicionado en mi terraza.
Si el propietario lo permite, ¿Estoy obligada a permitir la instalación y el acceso a la vivienda para ello?
Muchas gracias de antemano
Buenos días, María:
Al ser un único propietarios, la situación es complicada, ya que reclama el propietarios.
Por una parte, hay servidumbres: https://micomuniweb.com/servidumbres-comunidades-propietarios/. Por lo que habría que analizar si no hay una instalación alternativa viable.
Por otra, tienes derecho a que no te molesten los aires: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Muchas gracias por la respuesta.
Me ha servido mucho la información, tanto del artículo como del mensaje.
Buenos días.
Vivo en Valencia y bajo la ventana de mi dormitorio en una de las marquesinas del edificio justo encima del patio, descansan cinco condensadores de las viviendas del entresuelo, muchos de ellos modelos viejos del 2001 que hacen bastante ruido.
Dudo que haya un estudio acústico que certificase que todos encendidos no superan los dbs permitidos. Estoy por llevarlo a Junta de Propietarios porque me cansé de comunicarlo a buenas. Con que pongan dos aparatos ya se hace insoportable el descanso.
Y si llamo a un técnico y viene cuando no están todos conectados? Valoraría el alcance con uno?
Por otro lado desconozco a qué puerta corresponde cada uno de los condensadores. Y los vecinos que me atienden tampoco lo saben. Es inconcebible que ni siquiera sepa a quien dirigirme.
Muchas gracias de antemano.
Buenos días, Carmen:
Te recomendamos: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Buenas tardes
Quería consultar algo sobre una instalación.. he vuelto de vacaciones y al asomarme a la azotea he descubierto que encima de la zona donde está mi habitación.. (vivo en un 3°, es el último)… Han instalado un aire acondicionado.. no entiendo mucho de esto pero es bastante grande… El caso es que el que lo ha instalado es el propietario de un local que hay a pie de calle. Lo primero sin permiso y lo segundo es que ha utilizado el shunt (creo que se llama así).. la chimenea de ventilación que comunica las ventilaciones de los baños del local.. primero.. segundo.. y tercero hasta la azotea… para meter los tubos del aire hasta abajo del todo que es donde vivo esta el local. Entiendo que eso no se puede utilizar para ese fin y mucho menos con esa distancia y tubos tan largos.. ya que podría fastidiarse alguno y crear humedades en los baños de los vecinos.. .. a parte aunque aún no está terminado el local… Tener ese gran aparato encima de mi habitacion… creo lo voy a notar…
Por lo visto se lo ha comentado el presidente de la comunidad.. lo de que no ha pedido permiso.. y el propietario del local (como para callarle al presidente).. le dice que como «compensación» pagará las cuentas de la comunidad… Cuando yo creo que sí o sí.. está obligado a pagarlas… Vamos que no es que nos este.haciendo ningún favor….
Si el local tiene fachada.. no es mejor que lo instalé en su local y no arriba del todo?… Y lo de los tubos… Se puede hace esa instalación metiendo los tubos por ahí?.. muchísimas gracias…
Buenos días, Dani:
Te recomendamos:
Sobre los locales: https://micomuniweb.com/bajos-comerciales-los-otros-vecinos/
Sobre el aire acondicionado molesto: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Sobre las servidumbres: https://micomuniweb.com/servidumbres-comunidades-propietarios/
Si tienes dudas sobre la legalidad de la instalación, puedes pasar la consultas a los servicios técnicos municipales.
Un saludo,
Muy buenas,
Quiero instalar aire acondicionado en mi vivienda pero me encuentro con el siguiente problema.
La comunidad de vecinos ha votado que los compresores exteriores no se pueden colocar en patios, ni en tejado (por no ser accesible), por lo que tienen que ir a la fachada principal. Dejar claro que sólo se ha votado, pero no se contempla en los estatutos del edificio.
Para acabar, la fachada es protegida, por lo que es ilegal instalarlo en ella. Por lo que me encuentro sin opciones, si lo instalo en el patio interior voy en contra de los vecinos, y si lo instalo en fachada voy en contra del ayuntamiento y de posibles futuras sanciones.
No entiendo como la comunidad pudo votar que la única opción es algo ilegal.
Cabe destacar que los vecinos que han colocado aires lo han puesto en fachada, y asumieron los posibles problemas que pueda ocasionar esto.
A mí por supuesto me gustaría seguir por el lado de la legalidad para evitar problemas.
Ojalá me puedan ayudar, muchas gracias!!
Buenos días, Nacho:
Tienes dos opciones, o elevar la consulta al Ayuntamiento o solicitar nueva votación en Junta. Si no se acuerda que vaya al patio, tendrías que acudir a la vía judicial. Puedes recibir más información en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días,
Hemos comprado un piso en un edificio en el que hay aparatos de A/C en fachada y patios y una unidad de A/C en azotea.
Nuestro piso tiene una unidad de A/C en el tendedero (una unidad muy grande) y nos gustaría subirla a la azotea.
Por lo que he leído, si ya hay un precedente sería más fácil que pudiese realizarlo pero el problema es que mi piso es exterior y necesitaría pasar tubos y corriente por fachada o por patio.
1. Si es por fachada, entiendo que necesito autorización por ser elemento común)
2. Mi duda es lo realizo por el patio,
– ¿necesitaría autorización para pasar los tubos por el patio si el otro vecino ha llevado los tubos también por el patio?
– si llevo los tubos por el patio, necesitaría pasarlos posteriormente por la escalera hacia la entrada de servicio, entiendo que volvemos al caso de obras en elementos comunes
Muchas gracias
Buenos días, Antonio:
Tanto la fachada como el patio son elementos comunes. Otra cosa es que conseguir permisos para la fachada sea más complicado porque alteran sustancialmente la estética del edificio.
Un saludo,
La Comunidad de Vecinos me comunica que debo atenerme al acuerdo tomado sobre los lugares donde se puede instalar los aparatos de aire acondicionado, pero tanto yo como mi instalador tenemos dificultades para interpretar dicho acuerdo debido a las características de mi piso exteriormente. Con el fin de evitar conflictos posteriores, le he pedido a la Comunidad que me indique el sitio exacto donde puedo instalar el aparato de aire acondicionado, pero me remite al acuerdo tomado.
¿Tiene obligación la Comunidad de Vecinos de marcarme el sitio exacto donde instalar el susodicho aparato?
Buenos días, Juan:
Si el acuerdo da lugar a interpretación, da la vuelta a la tortilla. Indica a la comunidad dónde vas a instalarlo y que te respondan si es adecuado o no.
Un saludo,
Buenos días,
hemos comprado un piso de obra nueva en la última planta. En el momento de visita y reserva del piso, incidimos en el tema de dónde se instalarían las aerotermias. Nuestro piso son 100m2, con un terrado de 450m2. Nos dijeron que se distribuirían en el terrado y que no notaríamos nada, con lo que compramos el piso. Ahora que nos hemos mudado, sentimos la vibración de las aerotermias porque han instalado todas (22 unidades) justo encima de nuestra vivienda. Era la única vendida en momento de instalación.
Dicen que no se debería notar, pero se notan. De haber sabido esto, habríamos cogido otro piso. ¿Es posible exigir que muevan las que caen en las habitaciones (6 maquinas), ya que compramos un piso con un acuerdo a unas condiciones que no se han cumplido?. O no se han respetado los planos de instalación o nos mintieron en el momento de compraventa.
Agradecería un consejo de como podemos enfocar esta situación.
Buenos días, Laura:
Te recomendamos estas dos lecturas:
https://micomuniweb.com/reclamar-defectos-construccion/
https://micomuniweb.com/ascensor-ruidoso/
En caso de dudas adicionales, puedes recurrir por 25€ a nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Mi vecina de abajo ha puesto un aparato de aire condicionado. El Presidente, le ha indicado que lo puede poner en su balcon. Sin embargo, lo ha puesto lo mas saliente en la fachado comun posterior que ha podido sin irse a la casa del lado. Tiene un trozo pequeño en su balcon y el resto esta fuera de su balcon.
Es el primer aire acondicionado que se instala asi. El resto de vecinos lo tienen en su balcon, en el suelo. Ella lo tiene arriba y salido de su balcon.
Muchas gracias
Buenos días, María:
Entiendo que lo que quieres es que lo quite. Siguiendo el post, si altera la configuración estética de la fachada, podéis reclamarle su retirada si no cuenta con la aprobación de la Junta.
Un saludo,
Hola! Hemos comprado un piso (Planta 1) y estamos haciendo una reforma. Queremos poner maquinas de aire acondicionado, sabemos que la ordenanza de madrid prohibe poner maquinas que sobresalgan mas de 30 cm en la fachada. Nuestra vecina tiene una maquina instalada en la fachada y nuestra presidenta nos dice que debemos ponerlos alli pero que debemos cumplir con la normativa, con lo cual quedamos un poco locos por que de entrada se incumple la normativa. Que podemos hacer? Si ya hay maquinas en la fachada, asumimos que todo ok y las instalamos?
Buenos días,
Puedes trasladarle esa misma duda a la presidenta. En principio, si nadie ha dicho nada a nadie, no debería de haber problema, pero nadie te puede garantizar que el Ayuntamiento no ponga pegas…
Un saludo,
Buenas, una cuestión referente a los aires acondicionados. Hace 6 años que vivo en mi piso y este disponía de aire acondicionado previamente. Ese aire se instaló por el antiguo propietario hace 15 años y resulta que lo hizo sin autorización, pero nunca se reflejó esto en ninguna reunión ni se tubo queja alguna. Al cabo de los 20 años me indican que tengo que quitar el aire acondicionado porque en su momento no pidió permiso el antiguo propietario. Debo de quitarlo? Soy responsable yo? Gracias.
Buenos días, Fran:
No, no tendrías que retirarlo. Te recomendamos: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/
Un saludo,
¡Hola! Vivo en el primero de una fila de chalets adosados, mi fachada lateral linda con una pista de tenis de mi comunidad. Quiero poner una unidad exterior de aerotermia en esa fachada, pero al ir a consultar al ayuntamiento me dicen que no se puede poner ahí sí se ve desde la calle, y efectivamente, aunque de forma lateral, se ve desde la calle.
La cuestión es que todas las casas del pueblo en el que vivo están plagadas de aparatos de aire acondicionado a plena vista en las fachadas, es decir, puede que el ayuntamiento no lo permita, pero tampoco lo persigue. ¿Es esto precedente para que yo haga lo mismo y ponga mi aparato en la fachada? No parece tener mucho sentido que si preguntas al ayuntamiento no puedas hacerlo pero si te tomas la libertad de ponerlo sin preguntar tengas el permiso «por omisión».
¿Qué puedo hacer?
Buenos días, Sandra:
Legalmente puedes hacer lo que el Ayuntamiento te indica que hagas.
Un saludo,
Buenas tardes
Vivo en un primero y, cuando compré mi piso, el local que se encuentra debajo ya tenía instalado el aire acondicionado. Mi vivienda tiene uso privativo de un patio de luces que pertenece a la comunidad. Cuando el local instaló su aire acondicionado atravesó el suelo del patio con todos los cables y conducciones de gas hasta llevarlos a la terraza. El año pasado se hizo obra y se restauró el patio; pero, hay una zona de todo el cableado del aire acondicionado que está al descubierto y con cables forrados con cinta aislante. Todo esto esta a la altura de mi ventana y si estamos en el patio procuramos no acercarnos y si hay niños estar pendientes de ellos.
Nos hemos puesto en contacto con el dueño del local y no nos hace caso, al igual que el presidente de la comunidad; como ninguno vive allí no lo consideran problema alguno.
Qué puedo hacer, administrativamente y/o legalmente, para que esto se solucione y no tenga ese «peligro» en mi vivienda.
Buenos días, Concepción:
El uso de las servidumbres tiene que ser proporcional. Te recomendamos: https://micomuniweb.com/servidumbres-comunidades-propietarios/
En caso de dudas, puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas y analizarán tu caso en particular: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/ .
Un saludo,
Quiero comprar un ático con terraza de uso privativo , que ha estado cerrado tiempo. Al ir a ver la terraza me he encontrado con 6 máquinas de aíre acondicionado que no son del ático . Las cuales en funcionamiento harán ruido y calor en verano . Siendo de uso privativo la terraza puedo solicitar que se muevan a la cubierta plana superior de la finca ? Gracias
Buenos días, Rafa:
En principio esas máquinas no deberían de estar ahí.
Un saludo,
Buenas tardes,
Yo vivo en un una comunidad de 4 alturas. En el piso 4º sólo vivo yo, es un apartamento muy pequeñito, cuyas ventanas dan a una gran azotea comunitaria. Compré el piso hace casi dos años, y ya vi que había un antiguo aire acondicionado (lo que es el armazón, el compresor) que había colocado la vecina de abajo, y que está cerca de mi ventana(como a 1 metro). Como ella casi nunca lo ha usado y quiero llevarme bien, ahí lo he dejado estar. Pero ahora que vienen nuevos vecinos a vivir, resulta que han decidido también poner sus aires acondicionados. Hoy he visto cómo subían uno enorme para colocarlo ahí también. Entonces, me asaltan varias dudas y temores: no han pedido permiso a la comunidad, ni comunicado nada. ¿Pueden colocarlo ahí en la azotea sin más? Por lo que le he entendido a uno de los mozos de la obra, pretenden colocar uno de ellos al lado del que ya estaba ahí: es decir, me asomo a la ventana y voy a tener 2 máquinas de aire acondicionado. Pero es que aún va a haber un tercero que va a colocar el suyo. Y claro, yo que vivo ahí tan tranquila hasta ahora, ¿ voy a tener que aguantarme yo con el ruido de 3 aires acondicionados, más el calor que desprenden, y no poder hacer nada? ¿Hay alguna manera de que no se permita colocar ahí esas máquinas, pues es que yo vivo justamente ahí? La situación es que ellos van a estar en sus casas tan ricamente y tan fresquitos, mientras yo tengo que soportar el calor y el ruido y la vibración de los motores? porque además, aunque no superen los decibelios establecidos, es una auténtica tortura tener estas máquinas funcionando día y noche a tu lado; aunque haya los 2 metros que dicen que ha de haber. ¿Hay un número límite, un tope, de máquinas de aire acondicionado que se puedan colocar en una azotea comunitaria si alguien está viviendo ahí?
Gracias por responderme, estoy agobiadísima con este tema.
Buenos días, Carlota:
Te recomendamos esta lectura: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Y si tienes más dudas, puedes acceder a nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días,
Tengo un problema con el compresor del aire acondicionado de mi vecino, puesto que lo ha instalado en una pared que compartimos y que su lado da un balcón abierto y en mi lado al dormitorio de mi hijo y lo pone toda la noche hasta la mañana y hace un ruido las aspas del ventilador como si tuviese un ventilador dentro en el silencio de la noche es muy molesto, suerte que mi hijo duerme como un tronco pero el vecino dice que eso esta dentro de lo legal según le dijeron los montadores y ahora le cobran por desplazarlo alegando de que le costara caro ,por cierto no hay comunidad son pareados.
Buenos días, Paco:
Te recomendamos: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Buenos días. Soy propietario de un local comercial y estoy teniendo problemas con la instalación del aire acondicionado en la azotea, Aun poniendo en los estatutos que podemos instalarlo y que la comunidad debe facilitarnos el proceso ellos se niegan. La única forma de subir los conductos es por la salida de humos, salida que no utilizamos debido a que es una tienda de ropa. Hemos tenido una junta para intentar solucionarlo pero la mayoría se niega porque dicen que si ningún vecino lo tiene porque nosotros sí, a lo que respondimos que solo nosotros tenemos acceso a la azotea por la salida de humos, que según vemos podemos utilizar siempre y cuando no se use para humos también. ¿Tenemos derecho a instalar el aire en la azotea sin el permiso de la comunidad de vecinos?. Muchas gracias.
Buenos días, Javier:
En principio sí tendríais derecho a la instalación (aunque no a las bravas). No obstante, es necesario tratar el tema con más profundidad. Para ello te recomendamos: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días
En mi comunidad, el primer piso completo, más los primeros pisos de dos portales adyacentes, pertenecen a un hotel.
Lo han reformado completamente y han instalado en el patio de luces, sin permiso de la comunidad, 4 extractores de aire, o compresores para su sistema de aire acondicionado. Esos 4 aparatos apuntan a la fachada interior de nuestra comunidad.
Yo vivo en el segundo piso, y mi salón y, sobre todo, la habitación principal, la ventanas dan justo encima de la ubicación de estas máquinas.
El ruido que emiten me impide tener las ventanas abiertas y poder hacer vida normal, durante el día es medio soportable (con televisión puesta y demás), pero por la noche es imposible conciliar el sueño si tengo la ventana abierta.
Me he quejado a la comunidad y el propietario del hotel, alega buenas intenciones respecto a la insonorizacion y aislamiento, pero llevan casi dos meses las maquinas puestas y no acaban de ser satisfactorias las medidas que ha tomado.
Tengo mis dudas sobre si el ayuntamiento está al tanto de esta instalación, puesto que sin medidas de aislamiento, ya estaban en funcionamiento.
Y tengo dudas sobre la ubicacion de estos aparatos per se, sin permiso de la comunidad, sobre todo al tratarse de algo no destinado a un uso privado…
Gracias
Buenos días, Alain:
Aquí hay un choque importante. Por una parte tienes que tener en cuenta esto: https://micomuniweb.com/bajos-comerciales-los-otros-vecinos/
Por otra, obviamente hay molestias. Puedes consultar con nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos dias
Mi vecino ha canviado de su fachada de la terraza el aire acondicionado al exterior de su terraza sin junta de vecinos y sin ver los daños que puede causar a los vecinos hay dos metros por normativa a mi terraza ,pero me lanza todo el aire caliente hacia mi terraza y no puedo dejar la puerta del comedor abierta por que entra parte del aire y se calienta mucho aparte que cuando sales te achicharras el dice que es su derecho por que hay dos metros a mi terraza y ya hay colocados algunos aires acondicionados de la misma forma no me ha pedido permiso ni nada me puedo acoger a la ley de propiedad horizontal o que puedo hacer?.Muchas gracias.
Un saludo.
Buenos días, Faus:
Te recomendamos: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
He compraddo una vivienda que tiene dos maquinas de aire acondicionado instaladas.
La comunidad me pide que reubique una al interior de la terraza y que la otra la tengo que retirar.
Al parecer el dueño anterior las instalo justo antes de vender la propiedad y no pidio permiso.
La máquina que me piden que reubique esta puesta en el mismo sitio exactamente que la de varios vecinos, pero al parecer todas sin permiso, aunque porla pinta de la instalación llevan años.
La otra maquina esta ubicada en otro sitio donde no hay otros compresores.
Los otros vecinos pueden seguir teniendo el aire en esa ubicación y yo tengo que cambairlo ?
Puedo reclamar al antiguo propietario los gastos de la moidificación de la instalacion y la retirada del otro?
Podría echar para atras la compraventa de la vivienda por estos motivos?
Gracias.
Buenos días, Miguel:
Respecto al que está igual que el de tus vecinos, si la instalación no contraviene ninguna normativa municipal, se da por hecho la conformidad de la comunidad si se mantienen las mismas condiciones que la de tus vecinos.
Podrías reclamar el vicio oculto al vendedor, pero puede ser un pantano al que no quieres entrar. Si necesitas un análisis pormenorizado del caso, no dudes acudir a nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días, somos una comunidad de 4 vecinos, no tenemos ningún tipo de estatutos, las viviendas son tres, el bajo es una cochera, de mi propiedad,, la cual tiene un patio en su parte posterior, con su correspondiente puerta de 2 hojas y un ventanal de 4, el vecino del piso superior ha puesto un compresor de aire acondicionado, el cual dista menos de 2 metros de mi ventana y el agua de la condensación cae constantemente en mi terraza. A un piso de altura existe la terraza del edificio que tiene 140 m, se le puede exigir que lo desplace y así evitaríamos el afeamiento de la fachada, ruidos , el goteo del agua, la acumulación del calor y la posibilidad de que me caiga encima de la cabeza, ya que 2 de los tornillos del anclaje están separados de la pared.
Buenos días, Vicente:
Si el aire se adecúa o no a normativa vendrá determinado por los técnicos municipales. Si hay constituida comunidad de propietarios, habrá que revisar también si ha habido acuerdo de Junta. Finalmente, si es molesto o perjudica al edificio, se le puede instar a instalarlo en otro emplazamiento. También es posible simplemente que instale un desagüe y que mejore los anclajes.
Te recomendamos: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Buenos días,
Vivo en un bajo con patio de los que hacen ahora en muchas urbanizaciones. Al pensar en instalar el aire acondicionado (en realidad quiero instalar aerotermia, pero el problema es el mismo, el compresor exterior), me gustaría poner el compresor exterior en el patio. ¿Sabéis si esto tendría que estar aprobado de alguna manera o al ser mi patio no haría falta ningún tipo de aprobación?
Buenos días, Luis:
Habrá que ver la normativa municipal y qué ha dicho la Junta en situaciones similares. A nivel de comunidad, si no afecta a la estética exterior y guarda todas las recomendaciones para no ser molesto no debería haber problemas.
Un saludo,
La Comunidad de Vecinos me obliga a cambiar de ubicación el aparato de aire acondicionado, pero la empresa que me hizo la instalción no me contesa a mi petición de cambio ¿Puedo obligarle de alguna manera a que me haga esta nue va obra?
Buenos días, Juan:
La empresa no tiene obligación de asumir el cambio de ubicación.
Un saludo,
Hola mi consulta es si puedo poner un aire acondicionado en el patio de luces, somos un portal de 8 vecinos y sería en el 4°. Hay una distancia de mi ventana a la de enfrente de unos 4-5metros, tengo mayoría , pero no tengo unanimidad por la de enfrente mía justo. Gracias
Buenos días, Beatriz:
Si cumple normativa y tienes mayoría, no tienes que tener problema. En el post explicamos los requisitos.
Un saludo,
Buenos días,
Dejo mi consulta a ver si me podéis aclarar un poco como proceder. Mi comunidad está formada por 2 bloques, uno con 3 viviendas y otro con 7. Cada una tiene un patio interior y la fachada del edificio es común a ambos bloques. Mi vivienda tiene acceso a ambos patios interiores.
En los estatutos pone que la instalación de los AC la deciden los propietarios en junta, en 2016 (año en que se formó la comunidad) votaron esta cuestión y aprobaron exactamente esto:
«En relación a los aires acondicionados, se aprueba por todos los presentes que se pueden instalar tanto en el patio interior como en el exterior, siempre y cuando no molesten a otro vecino, y solicitando al Ayuntamiento el permiso correspondiente.»
En 2017 volvieron a votar, aprobaron esto:
«En relación a los aires acondicionados, se acuerda por unanimidad de los presentes, que las máquinas se instalen en el tejado de la Comunidad, ya que si se instalaran en los patios interiores, causarían molestias al resto de vecinos. Se solicitará al vecino que ya tiene instalados los equipos en el patio interior, que ponga una garrafa en el desagüe del aparato para que el agua no caiga al patio interior, ya que puede provocar la caída de algún vecino.»
Yo compré mi piso en 2021 y en ese momento había 3 AC en uno de los patios interiores y 1 en la fachada exterior del edificio, no se en qué fechas se instalaron pero supongo que entre 2016 y 2017.
Mis dudas son:
1 – ¿Puedo instalar un AC en los patios interiores aunque en 2017 se votase que todos se tenían que instalar en el tejado? En el acta se indica que esto se cambió pues molestan a los demás vecinos, pero nadie ha movido los que hay en el patio interior al tejado.
2 – ¿Puedo instalar un AC en la fachada del edificio habiéndolo instalado previamente otro vecino? Suponemos que en este caso cuento con el permiso del Ayto.
3 – En caso de que no pueda, mi intención es votar los siguientes puntos en la próxima junta: «instalación de AC en fachada exterior», «instalación de AC en patios interiores». En caso de que en ambos casos, y habiendo ya AC instalados en estos lugares, la votación salga no, ¿estaríamos ante un caso de abuso de derecho? Entiendo que de ser así y no permitirme instalar los AC en estas zonas, el resto de propietarios deben mover los suyos al tejado.
4 – ¿Tengo alguna opción para instalar los AC en el patio interior/fachada exterior si los puntos 1, 2 y 3 no se me permiten?
He revisado la LPH y sé como proceder en general, pero en este caso no lo veo claro al ser una casuística tan particular.
Gracias, saludos.
Buenos días, Javier:
Deberías instalarlo en el tejado y los vecinos que los tienen en los patios deberían tener el desagüe instalado. Esto es lo que se aprobó por unanimidad. Puedes trasladar el caso particular a nuestros abogados en https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas noche, tengo una vivienda en Palos de la Frontera y dispongo como la mayoría de las viviendas de equipo de aire acondicionado. Este año pasado hemos hecho obras de reacondicionamiento de la fachada, pero el Ayuntamiento no da por finalizada la reforma hasta que no se retiren de la misma los equipos de aire acondicionado.
Estos equipos en fachada están situados todos en la misma letra,que casualmente son las únicas viviendas donde todas las habitaciones dan al exterior, lo que impide hacer lo que el resto de vecinos hizo en su momento, que fue hacer la instalación en la azotea a través del patio de luces, lugar al que no tenemos acceso los vecinos de la tra B.
Hemos contratado un abogado que ha tenido una reunión con el Ayuntamiento, quien le ha instado a comunicarnos que hemos de retirar los equipos de forma inmediata
Buenas
Mi problema es que tengo un compresor en fachada ya hace unos 10 años , ahora quiero cambiarlo por un Split de 2 unidades en el mismo sitio donde está el otro , el técnico que vino me dice que no se puede por estar en fachada , muchos vecinos lo tienen así y no hay problema , de verdad no se puede hacer el cambio?
Gracias, un saludo
Buenos días:
No somos técnicos para evaluar el caso. Consulta con otro técnico o las ordenanzas municipales.
Un saludo,
Buenos días,a ver…hace 5 meses instalemos el compresor del aire en la fachada interior de nuestra comunidad…según una acta aprobada el 17 de marzo del 2017…quedaba prohibido su colocación en patio interior colocándose a su vez en zona de paso de la azotea.Ahora me quieren denunciar por ponerlo en dicha fachada cuando ya había 8 compresores colocados de antes,algunos puesto antes de poner esa norma y otros aún estando prohibido ya lo dejaron sin problema.Yo he puesto compresor directo a la vivienda con 1 Split…los demás tienen su compresor y canaleta puesta por fachada.¿Pueden denunciarme aún habiendo ya otro puestos?encima han hecho reunión para votación sin avisarnos de esa junta a nosotros.
Buenos días, David:
Claro que pueden demandarte si has incumplido un acuerdo de Junta. Lo único que podrías hacer es impugnar el último acuerdo. Te recomendamos: https://micomuniweb.com/como-impugnar-acuerdos-de-la-junta-de-propietarios/
También puedes consultar a nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días ,
Tenemos un chalet adosado con una medianería de 1 ‘5 m que divide los patios de la planta baja de cada chalet.
El vecino ha colocado la unidad exterior en dicha medianería con lo que todo el ruido del aparato llega a nuestra terraza siendo molesto cuando usamos ese espacio.
Cómo funciona la normativa en este caso? Tendría que haber colocado el aparato a más de 2 metros como en ventanas?
Gracias de antemano
Buenos días, María:
Esa normativa suele estar regulada por ordenanza municipal, por lo que deberás acudir al Ayuntamiento. Por nuestra parte, te recomendamos esta lectura: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Buenos días.
Vivo en un ático ,en la sexta planta , con una amplia terraza comunitaria de uso privativo.
Los vecinos de la planta baja quieren instalar el compresor en la terraza y tienen la intención de bajar los tubos y cables por la chimenea de ventilación de humos de las cocinas. Han convocado una Junta para «ratificar la autorización» de la instalación. Si se autoriza a un propietario, todos los demás querrán hacerlo igual y bloquearán la salida de humos al instalar tantos tubos y cables, lo cual me parece una barbaridad y un peligro de incendios.
Además, la puerta de mi salón da a esa terraza de uso privativo y me impedirá disfrutarla por el calor que expulsarán los compresores.
¿Qué puedo hacer?
Gracias
Buenos días, José María:
Te recomendamos que contactes directamente con nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
En Junta de propietarios del año 2021 se ha aprobó la colocación en la fachada del edificio de un aparato de aire acondicionado encima de mi ventana. Se propusieron tres posibilidades de voto :
1- Votos en contra de colocar el aparato de aire acondicionado.
2- Votos a favor de colocarlo encima de mi ventana.
3- Votos a favor de colocarlo al lado de la terraza del vecino que quiere instalar el aparato de aire.
¿Es legal dar dos oportunidades a colocar el aparato y una sola oprtunidad a no colocarlo ?
Un Juzgado en sentencia del 30/10/2024 ha desestimado nuestra petición de anular el acuerdo de la Junta en la que se aprobó la colocación del aparato encima de mi ventana, en el año 2021. El aparato está colocado encima de mi ventana desde hace meses.
Buenos días, Regino:
Claro es legal dar varias posibilidades a la instalación. Lo contrario sería dejar a tu vecino sin aire. En todo caso, si es molesto, puedes solicitar su retirada. Te recomendamos: https://micomuniweb.com/aire-acondicionado-molesto-comunidad-propietarios/
Y si tienes más dudas, puedes contactar con nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Gracias,