Cada día es más común ver cerramientos de terrazas en comunidades de propietarios. Si hace algunos años el propietario feliz quería asomarse al Lorenzo para ver pasar a la gente por la calle, hoy en día queremos tener más espacio en nuestra vivienda.
Así, hay propietarios que desean cerrar su terraza para instalarse un despachito en ella, para incluirla dentro del salón o para evitar que sus hijos jueguen a comprobar las leyes físicas.
Sin embargo, esto de cerrar una terraza no va de llegar un día, comprar cuatro cristales y ponérselos a la barandilla. Al contrario, hay muchos factores que debemos tener en cuenta.
¿Qué vamos a ver?
¿Por qué no todo vale para cerrar una terraza?
El tema de los cerramientos de las terrazas es más complejo de lo que parece a primera vista, y es que este tipo de obra afecta a lo que viene siendo el edificio en sí. Según el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), tú no puedes hacer sin más obras en tu vivienda cuando con ello alteres, en el caso de las terrazas, la configuración del edificio o el estado de los exteriores. Una terraza cerrada altera la estética del edificio y, por tanto, su configuración y su exterior.
¿Te has preguntado alguna vez por qué casi no hay edificios que tienen una terraza de cada color? Estética.
¿Eso significa que nunca jamás podrás cerrar tu terraza? No, necesariamente.
Pasos para cerrar una terraza
Por aquello de complicar un poco las cosas (en realidad es por hacerlas más seguras), para efectuar un cerramiento en una terraza necesitas una autorización administrativa (artículo 10.3 LPH) y el voto favorable de las 3/5 partes de los vecinos que representen las 3/5 partes de las cuotas de participación en una Junta de Propietarios. Si hay algún vecino que no ha ido a la finca por haber dedicado esa tarde a poner orden en el trastero, tiene 30 días para decir que no está de acuerdo con tu idea; en caso contrario, su voto es favorable.
Te contamos todo sobre las mayorías en las Juntas de Propietarios aquí.
Siendo así, te explicamos cómo proceder:
- Consulta con un arquitecto la naturaleza de la obra que quieras hacer.
- Habla con el Presidente de la comunidad de vecinos para tantear el terreno.
- Presenta un proyecto a tu Ayuntamiento.
- Haz incluir “tu terraza” como punto del Orden del Día en la próxima Junta.
Si no tienes la autorización de la Administración, no podrás hacer la obra; así que asegúratela antes de empezar los malos rollos con tus vecinos, vaya que surja algún troll que desconocías.
Hay que tener cuidado, porque en el mismo artículo 10 LPH advierten de que las obras deben realizarse con el consentimiento de los vecinos que se vean afectados por ellas. De hecho, éstos podrán paralizarlas si demuestran que les afectan vía dictamen técnico y podrán demandar una indemnización si llegan a llevarse a cabo.
Si decides pasar olímpicamente de estos trámites, tú mismo. Sólo te verás obligado a demoler las obras, devolver el edificio a su estado original y hacerte cargo de todos los gastos. Nada que no podamos hacer todos los días.
Matices sobre el proceso de cerrar una terraza
Tú has visto, comprobado y palpado como otras comunidades de vecinos tienen algunas terrazas cerradas. ¡No puede ser tan complicado! Y no lo es, pero ten en mente siempre estos pequeños matices:
Que las obras estén contempladas en los estatutos
Si las obras de cerramiento ya vienen incluidas como posibilidad en los estatutos de la comunidad o en el libro de Actas, sólo necesitarás decirle al Presidente que vas adelante con ello.
En el caso de que tengas dudas sobre los estatutos, te lo contamos todo aquí.
Si encima en tu comunidad ya hay más viviendas que han cerrado sus terrazas, el camino debería estar completamente allanado. Debería…
En ocasiones, pocas, hay vecinos que alegan que las suyas sí, pero las tuyas no. En ese caso, deben hacer alegaciones de por qué la tuya no. Si no son capaces de dártelas, puedes acudir a la vía judicial, por estar éstos vulnerando tu derecho a la igualdad y a la no discriminación.
Que el cerramiento provenga del principio de los tiempos
¿Sabes ese dicho de “el que calla otorga”? El permiso tácito se aplica a tu comunidad de vecinos. Si tú cerraste la terraza y todos hicieron mutis por el forro, no podrán pedirte explicaciones 20 años después.
Pero, ¡ojo! Que sí podrán hacerlo dos años después. Es más, si pasados tres años otro vecino quiere hacer la misma obra alegando que tú pudiste y se la niegan… Échate a temblar, que estarás en el mismo saco. Ninguna de las dos obras ha sido consentida.
Por otra parte, si la obra se efectuó antes de la constitución de la Comunidad de Propietarios, estás a salvo. Eso sí es un derecho adquirido en toda regla.
Que ya tengas licencia administrativa
Ya tienes el visto bueno del Ayuntamiento o del órgano competente. ¿Y qué? Ahora necesitas que te den el visto bueno tus vecinos. El visto bueno de la Administración no obliga a tus vecinos a aprobar tus reformas. Sin el permiso de tus vecinos, no puedes hacer más que lamerte las heridas en casa mientras disfruta del confort de tu aislamiento térmico. Con él, podrás acudir a la Administración con el acta correspondiente para que te entreguen la licencia.
Cerramiento de terrazas sin permiso
Si decides que tu salón se ha quedado pequeño y que procederás a cerrar tu terraza sí o sí, ten cuidado. Como hemos apuntado, cerrar la terraza supone alterar un elemento común, aunque sea tu casa. Y eso se lleva mal con el atículo 7 de la LPH.
A unas malas, la jugada le puede sentar muy mal a tus vecinos. Ellos podrán denunciarte. Y tú serás condenado a dejar la terraza en su estado original. ¿Qué supone eso? Que el desembolso para hacer la obra habrá caído en saco roto. Y que deberás hacer uno nuevo para dejar las cosas como estaban.
Sin embargo, sigue leyendo, porque según el tipo de acristalamiento puedes no necesitar ninguna aprobación…
¿Con qué vas a cerrar tu fachada?
Puede que no tengas el permiso ni del Ayuntamiento ni de tus vecinos, pero todavía te queda una oportunidad. En algunos casos, ciertos tipos de cristales son considerados como cerramientos móviles que, por tanto, no entran dentro del campo de actuación de la LPH. Pero asesórate muy bien antes de sacar los lereles.
Y si eres de los afortunados que podrán cerrar su terraza, un último consejo es que efectúes una buena elección de los materiales. Piensa que estarán expuestos a vientos, lluvias y demás inclemencias. No pongas cualquier cosa, anda…
En Micomuniweb colaboramos con todos los profesionales que pueden hacer de tu reforma un camino más sencillo. No dudes en consultarnos tus dudas.
Hola buenas, tengo un problema y necesito asesoramiento.
Estamos haciendo reformas en mi piso que durante años ha estado alquilado y ahora nos vamos a ir a vivir nosotros.
Hemos cerrado un trozo de la terraza
Pues es un primero y anteriormente ya habían saltado ayudándose de una reja del bajo y por seguridad así lo hemos hecho. Hemos pecado de inocentes pues se lo dije al presidente de la comunidad general y no puso pegas a parte de preguntar a varios vecinos. Todo esto asesorada por la secretaria de la administradora.
No sé si se puede cerrar por estatutos lo que sí sé es que nadie respeta las normas como tener el aire acondicionado en la terraza,(todos oxidados) unos han puesto una plancha de aluminio, otro la ha cerrado por completo, han abierto ventanas donde no las habían etc.
Pero nos han denunciado y lo peor es que tenemos la licencia de obras pero en el último momento decidimos hacer lo de la terraza y esto no consta en el permiso.
Que puede pasar, nos la van a hacer quitar??
Que opciones o posibilidades tenemos??
Os agradeceré vuestra respuesta.
Hola. He comprado un ático y quiero cerrar con un cerramiento de cortinillas y techo móvil una parte de la terraza. El ayuntamiento me dice que como da a la calle no se puede hacer, que si diera dentro ee la urbanización si. Esto es así? Me hablan de retranqueos y no entiendo que es . Mi vecino de abajo si puede cerrar y yo por ser ático no?
Gracias
Buenos días, Marian:
La licencia administrativa es necesaria. Si el Ayuntamiento ha dicho que no se puede, te arriesgas a multa y reposición. Deberías solicitarles un informe en el que te indiquen bajo qué condiciones podrías hacer un trabajo similar.
Un saludo,
Hola,
Acabamos de comprarnos una vivienda ático. Como el muro en casi todo el perímetro de la terraza apenas levanta 90 cm (en algún punto, por la disposición del suelo, incluso menos de 90 cm), y tenemos 3 niñas pequeñas, queremos levantar la altura, por seguridad, con un cristal hasta unos 1,60 m a modo de valla, que no cierre.
El impacto visual será mínimo pues lo colocaremos por el interior y no se vera apenas desde la calle y sería cristal corrido sin postes verticales.
Quería saber si para esta actuación necesitaríamos autorización de la comunidad y en caso negativo en base a que norma o ley podemos defendernos. He leído en algún sitio que para terrazas a más de 25m el muro debe tener minimo 1,10 m. No se si es así.
Gracias.
Buenos días, Javier:
Tantea a los vecinos, ya que poniendo sobre la mesa la seguridad de las menores es improbable que den su negativa por un trabajo que es estéticamente irrelevante.
Un saludo,
Hola quería comentarte una duda,e comprado una casa (planta vaja) y en mi terrado solo está el suelo,no hay paredes ,muros ni nada es muy peligroso ,y quería saber si poner un vallado de hercules alrededor para evitar que mi perro si sube caiga al suelo es legal..tendría algún problema ? No tengo vecinos por ningún lado
Buenos días, Omara:
No lo podemos saber. Tienes que consultarlo con el administrador o con el Ayuntamiento.
Un saludo,
Hola buenas. Tengo el patio de uso privativo cerrado el 75por cien. De alumino y cristal. Esta aprobado en junta por mayoría ningún vecino impugno nada. Pero ahora a los 8 años ay 4 vecinos que quieren que se retiren los cerramientos de los patios. Me podrán hacer quitarlo.un saludo
Buenos días, Adrián:
Aprobado el cerramiento en su día, sólo te lo podrían hacer retirar si vulnera la normativa municipal o supone un riesgo para el edificio o sus habitantes.
Un saludo,
Yo también estoy en tu mismo caso, aunque aún no me han denunciado, han hecho saber al Administrador de la finca que lo harán… Como acabó la cosa en tu caso?
Hola. Estoy en tu mismo caso. Como acabo todo?
Se me olvidaba decir que lo hemos cerrado con cristal de pabel, queda en un lateral del balcón no molesta nada a nadie pues es un trozo pequeño dónde antes siempre estaba el todo hechado. Gracias
Hola, Manoli:
Sentimos decirte que no tienes las cosas fáciles.
Siempre que no se marque lo contario en los estatutos, el cerramiento de la terraza tiene que ser aprobado por 3/5 partes que a su vez representen las 3/5 partes de las cuotas de participación. Además de la aprobación de la Comunidad, el cerramiento tiene que tener la correspondiente licencia municipal.
Dicho esto y viendo que no cumples ninguno de los dos requisitos y que te han demandado, lo que te recomendamos es que llegues a un acuerdo con la Comunidad de manera consensuada. Si no, no tendrás que dejar la terraza en su estado inicial. El juez te condena seguro!!!
Hola, necesito asesoramiento con respecto a un cerramiento.
El caso es que he adquirido una vivienda (entresuelo) donde existe un cerramiento parcial de la terraza con aluminio y techo de uralita, el tema es que dicho cerramiento debido al paso del tiempo está muy deteriorado, techo con agujeros etc, me consta que el cerramiento tiene el mismo tiempo que la finca unos 35 años, según me comentan los vecinos más antiguos, la duda es si en este caso existe derecho adquirido y en tal caso, ese derecho me permitiría la renovación del mismo sin el consentimiento de los vecinos.
Gracias de antemano.
Un saludo.
Hola, Francisco:
Lo primero que hay que ver es qué dicen los estatutos sobre los cerramientos o si el cerramiento de tu terraza está aprobado en algún acta. También hay que determinar si la terraza es comunitaria de uso privativo o es privada.
Si el cerramiento está aprobado en acta o permitido en los estatutos, no hay ningún problema. Puedes reformarla cuando quieras.
En caso de ser un cerramiento hecho hace 35 años sin autorización, puedes proceder a su reparación con base en motivos de seguridad y habitabilidad.
Otra cosa es que quieras hacer mejoras o modificar el cerramiento. Entonces tendrías que tener la autorización de la comunidad así como cumplir con las ordenanzas municipales.
Un saludo !
Sin duda en el articulo he encontrado unos buenos consejos. Gracias
Gracias por tu comentario !
Muchas gracias por contestar hace días que lo miraba.
Entiendo todo lo que me dices, sin embargo lo lo vería justo puesto que cada uno de los vecinos se ha saltado esas mismas normas. Unos acristalado toda la terraza, otros teniendo los aires acondicionado en la misma, han cerrado puertas de garaje y han abierto ventanas, además nuestro motivo principal es por seguridad puesto que ya nos habían saltado dos veces por ese balcón. Podemos acogernos a algo de eso??
De todas formas han pasado bastantes meses y no han dicho nada más.
Buenos días, Manoli,
Salvo que haya otro propietario que haya hecho una obra similar a la tuya y que ésta se ejecutara hace más de 15 años, no te puedes acoger a la irregularidades de los demás para justificar las tuyas.
Puedes, no obstante, intentar llegar a un acuerdo con tus vecinos poniendo sus irregularidades sobre la mesa. Si te hicieran retirarlo a ti, por ejemplo, los propietarios que estuvieran en una situación similar a la tuya deberían a su vez restablecer sus terrazas.
Lo ideal sería que dicho acuerdo quedara por escrito en un acta para evitar reclamaciones futuras. En caso contrario, las obras no prescribirían hasta un plazo de 15 años.
Esperamos haberte ayudado,
Un saludo!
HOLA!! HE ENCONTRADO MUY UTIL LA INFORMACION QUE DAIS. NECESITO ASESORAMIENTO SOBRE LA REDACCION DE LA APROBACION DE LA JUANTA DE VECINOS. HE CERRADO MI TERRAZA EN UN PRIMERO Y PEDÍ AUTORIZACION A LA PRESIDENTA Y ME DIJO QUE SI PERO TODO DE PALABRA, AHORA LA NECESITO POR ESCRITO Y NO ESTA MUY DISPUESTA A FIRMAR NADA. ¿COMO DEBO REDACTAR LA AUTORIZACION? ¿DEBO REDACTARLA YO?? ¿DEBERIA DE INSISTRI EN QUE MI CERRAMIENTO ES MOVIL?
MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO…
Buenos días, Pascual,
Para que este perfectamente legalizado debe ser aprobado en la Junta General y constar en acta y por supuesto cumplir con la normativa municipal pertinente.
Si, como dices, el cerramiento es móvil, no deberías preocuparte. Si estás seguro de que tu cerramiento cumple todos los requisitos legales, espera a que te denuncien ellos (si lo hacen algún día).
Mi vecino de abajo ha hecho un cerramiento con pvc y Cristal y eso supone que pueden entrar a mi casa. Puedo demandarlo?
Buenos días, Sergio,
Si está aprobado en Junta o figura en los estatutos y cumple con los requisitos legales, hay poco que puedas hacer. Podrías preguntar en el Ayuntamiento a los técnicos municipales de urbanismo si se ajusta a normativa.
Buenas!
Tengo un problemilla: Vivo de alquiler en un ático, en el que al entrar teníamos cerramiento en el balcón (bastante antiguo por lo que se aprecia). Ahora están rehabilitando la fachada y como OPCIÓN PERSONAL los vecinos que lo deseen pueden quitar su cerramiento (muchos vecinos tienen). Pues resulta que un familiar de mi casero, que vive en el bloque, me dice que ha de quitar el cerramiento, por ley, cosa que dudo mucho. Y es que este cerramiento nos sirve de mucho, ya que no sólo nos evita que se moje la ropa tendida o la bicicleta y algún trasto que tengo bien organizado y recogido en un armario, si no que nos aísla térmicamente del frío, ya que las cristaleras de la salida al balcón no sólo son finas y antiguas, sino que están descuadradas y no cierran bien. ¿Puede negarme? ¿Es cierto que están prohibidas? Y en ese caso, ¿no sería ya derecho adquirido por la antigüedad del cerramiento? A ver si podéis arrojar algo de luz sobre mi problema. Muchísimas gracias de antemano. Saludos!
Buenos días, Adrián,
Antes de nada, vives de alquiler. Esto quiere decir que el problema es de tu casero.
Siguiente punto: «por ley», ¿qué ley? ¿Produce algún perjuicio a la seguridad del edificio o de la vía pública?¿Es contrario a los estatutos?¿Existían o existen cerramientos similares?¿Se ha procedido a la retirada de otros cerramientos similares?¿Está elaborado con materiales radiactivos?
¿Puede ser que el problema sea que al rehabilitar la fachada tienen que reponer los cerramientos y el propietario de tu vivienda no quiere asumir el coste?
Infórmate bien, con buena fe y buen rollo, y mira a a ver si puedes llegar a un acuerdo con tu propietario, que es quien debe dar la cara por ti en este caso.
Buenas tardes, os traslado una duda sobre un cerramiento de terraza. El caso es que mi comunidad no tiene estatutos como tal, en su día se aprobó el reglamento de régimen interno, se aprobó por mayoría. En el se dan las instrucciones, materiales y cómo se deben hacer los cerramientos de terrazas tanto en bajos cómo en áticos de la comunidad. Pues bien cuando yo me dispongo a preparar las tareas burocráticas para realizar el cerramiento de la mía lo hablo con presidente y administrador de finca me encuentro con que me dicen que dicho reglamento de régimen interno aprobado por mayoría y que consta en acta no vale para nada y que hay que llevarlo, otra vez a votación. Entonces, mi pregunta es, de que vale lo que se vota y se hace constar en reuniones pasadas, de nada?
Buenos días,
Si efectúas el cerramiento tal y como se aprobó en su momento, no tienes que tener problemas. Hay una cosa que se llama abuso de derecho de la que hablaremos más adelante. Si la cosa es tal y como nos cuentas, que te lo notifiquen por escrito. Luego lo haces sin más y que te denuncien si quieren.
Hola quisiera asesorarme de un problema que me ha surgido, he pintado la terraza de atrás de mi casa tengo dos una en la parte de delante de la casa en la fachada y la otra como bi6dugo en la parte trasera, en un principio estaba pintada de color amarillo pero yo decidí cambiarla y pintarla de blanca y la comunidad me exige que debo volver a pintarla de amarillo como estaba porque así estoy cambiando estructura de la fachada??? Yo le respondo a la administradora de fincas que primero no es la fachada que la fachada es donde está la terraza principal y que si yo tengo que cambiar de nuevo la pintura a la que estaba antes yo solicitaremos la demolición de las terrazas que están cerradas unas si otras no, eso sí es cambiar la estructura de la fachada, solicitaremos todas las actas a la comunidad a ver si los vecinos han solicitado la aprobación de dichas terrazas con sus respectivas licencias, yo puedo hacer que esas terrazas vuelvan a estar todas abiertas de nuevo??
Buenos días,
Sentimos decirte que, efectivamente, tendrías que haberlo consultado antes de pintar, puesto que has alterado la configuración estética del edificio. Si por algún casual surgieran humedades en tu vivienda y se demostrase que provienen de dicha fachada, la comunidad tendría que hacerse cargo de las reparaciones, porque se considera elemento común.
Por otra parte, en el tema de la terrazas, si piensas que puede haber alguna irregularidad en su instalación, puedes solicitar a la administradora la consulta del libro de actas y de las escrituras. Si no encontrases la aprobación del cerramiento y hubieran pasado menos de 15 años desde los cerramientos, puedes demandar a tus vecinos y solicitarles que devuelvan la fachada a su configuración inicial.
Tengo una duda: la vecina tenía cerrada la terraza y al realizar la obra de rehabilitación de la fachada la ha vuelto a abrir y quiere q La comunidad de propietarios paguemos su obra (incluida la barandilla)
¿Tiene derecho a reabrir su terraza a cargo de la comunidad?
Gracias
Buenos días, Silvia:
¿Qué dice el proyecto de rehabilitación? ¿Es necesario retirar ese cerramiento? Si no es necesario para la rehabilitación, los trabajos deben mantener el estado actual de la terraza. Si ella quiere abrirla en el momento de los trabajos o posteriormente, deberá correr a su cargo. Es decir, si la apertura está dentro del proyecto porque esos trabajos sean necesarios, paga la comunidad. En caso contrario, paga ella.
Hola, buenas,
Y si al cerrar la terraza con autorización de la comunidad, quito la barandilla, ¿es legal, podrían impedírmelo, que dice la ley al respecto?
Buenos días, Juan Carlos:
La comunidad tiene que autorizarte el proyecto completo, lo que incluiría retirar la barandilla.
Saludos,
Buenos días, desde hace un mes vivo en un ático (piso 22),en régimen de alquiler, por motivos de seguridad, he cerrado el contorno de la terraza (50 ml), con postes de pvc (de 3,2 cm de diámetro ), de 1,06 de altura y entremedias, red de nylon transparente, no he pedido permiso ,ni al dueño, ni a la comunidad, por considerar que es un elemento movil, desmontable y que desde la calle apenas se aprecia, si bien es cierto, que los postes de pvc si se aprecian desde la calle.Mi preguenta: ¿ puede la comunidad o el propietario obligarme a desmantelar dicho cerramiento?. Gracias, un saludo.
Hola, Pedro:
Si bien es cierto que deberías haber pedido autorización (recomendación), en principio, con los datos que nos indicas, no tendrías que tener problemas.
Un saludo,
Buenos días, vivo en un barrio del centro de la ciudad. En mi edificio las galerías de la fachada interior están cerradas de origen, la fecha de construcción es de hace unos 100 años. Cada galería tiene una pintura exterior de color diferente e incluso hay tres viviendas que hace años eliminaron las vidrieras de metal por paredes de obra y ventanas más pequeñas. En nuestro caso tanto la estructura metálica como los vidrios están muy deteriorados por lo que además de resultar peligroso, en invierno no hay nada de aislamiento térmico. Nos gustaría poner un cerramiento nuevo con doble vidrio pero eso implicaría eliminar la estructura de hierro antigua. Habíamos pensado en unas cortinas de vidrio. ¿Para sustituir la vidriera antigua por un sistema nuevo es necesario pedir permisos del ayuntamiento y tener además la aprobación de la comunidad de propietarios? Si lo hiciéramos sin consultar ¿nos podrían obligar a desmontar el cerramiento nuevo y colocar una estructura igual a la de hace cien años?
Gracias
Hola, María:
Cualquier cosa que hagas en las zonas comunes o la estructura del edificio (la fachada) debe ser informada al presidente de la comunidad. Según señalas, hay otros propietarios que ya han realizado obras, por lo que deberías tener el camino muy allanado.
Finalmente, más preocupante es que el edificio tenga más de cien años. ¿Está protegido? Deberías consultarlo en el Ayuntamiento. No te van a impedir hacer tu vivienda más habitable. ¡Faltaría más! Sin embargo, es posible que te indiquen un conjunto de condiciones. ¡Nos cuentas!
Saludos
Hola en mi comunidad muchos tienen cerrada la terraza (cada uno como hs querido) mas los consabidos aires. Yo no quiero cerrar sino pintar la terraza ya q el dueño anterior dion un barniz horrible a los ladrillos. En mi comunidad no ponen nada puedo???
Buenos días, Carmen:
¿De qué color la quieres pintar? Deberías contar con la aprobación de la junta, ya que estás alterando la configuración estética de la fachada. El que cada uno haya hecho lo que ha querido en cuestión de cerramientos y aires no te exime de tu responsabilidad. Si acaso, te hace fuerte al negociarlo con los vecinos.
Buenos días:
Para ganar espacio a la cocina, desearíamos cerrar parte de la terraza, el tema es que nos gustaría quitar la barandilla y en sustitución de esta hacer pared para que el cerramiento de aluminio y Cristal apoye encima de esta pared hasta el techo (es una finca de dos alturas y el primero lo tiene así y el segundo en lugar de pared tiene barandilla). Creéis que tendré problemas con el ayuntamiento ? Por parte de los vecinos no hay problema, de hecho el otro vecino del segundo piso lo haría igual.
Buenos días, Elisa:
Si ya lo ha hecho otro propietario antes que tú, es muy improbable que tengas problemas. No obstante, sí o sí debes solicitar la licencia de obra en el Ayuntamiento.
En mi comunidad, han cerrado algunas terrazas del primer piso. Lo han cerrado con techos fijos de chapa y/o pvc. El problema viene por que ahora estan llenos de suciedad, animalillos muertos, etc.
¿Quien tiene la obligación de limpiar esos techos?
Buenos días, Jesús:
Somos concisos: ellos, por haber alterado la configuración del edificio. Además, si no lo hubieran hecho, el uso privativo de la terraza también les obliga a su mantenimiento. https://micomuniweb.com/reparacion-cubiertas-edificios/
Hay que hablar con ellos y, si se complica la cosa, amenazarles con una denuncia por insalubridad.
Suerte!
Primero felicitaros por la WEB y la excelente información que dais.
Consulta: he comprado en 2017 un apartamento y uno de los vecinos ha ampliado una de las terrazas modificando el proyecto original del edificio. He pedido el acta de la junta donde se autorizase la ampliación. No obstante ¿en cuánto tiempo puedo reclamar dicha modificación si no ha sido autorizada por la junta de comunidad? El edificio se construyó en 2001.
Buenos días, Suso:
Antes de nada, asegúrate de que no está aprobado en Junta. Si no está aprobado en Junta y esa ampliación se ha hecho con un cerramiento inamovible, no existe dicho plazo. Puedes reclamarlo a la comunidad en cualquier momento para que la misma lo reclame al propietario.
En el caso de que no figure en el Acta y sin embargo, haya pasado un tiempo sin que haya sido reclamado, se podría dar un consentimiento tácito. Hay varios requisitos que debe cumplir la obra para que un juzgado considere que ha habido consentimiento tácito. El primero y más importante es que no sea contrario a los estatutos. A partir de ahí, se valorará, sobre todo, la actitud que haya tenido la comunidad desde ese momento y el perjuicio que ocasione el cerramiento a la comunidad o a otros propietarios. El consentimiento tácito no figura como tal en la Ley y su determinación variará en función del caso en los juzgados.
Hola.
Mi vecino paralelo se hizo un cerrado para trastero en su terraza. Aprovado por el vecindado entiendo que ahora yo puedo hacerme el mismo de las mosmas medidas y colores sin mas? O debo presentarlo y esperar q vote todo el mundo?
Buenos días, Abel:
En principio sólo necesitarías informar al Presidente por si pudiese haber algún problema.
Buenos días, recientemente hemos cerrado una parte de la terraza con techo tipo sándwich y cristalera, pero no pedimos licencia al Ayuntamiento ya que imagino que no se conceden para este tipo de obras de cerramiento, desgraciadamente nos han pillado y nos viene una multa y lo peor de todo, la orden de restitución, ¿que podemos alegar para que no nos lo quiten? ¿ realmente el ayuntamiento acaba quitando por sus propios medios si no se hace nada? ¿como podemos orientar todo esto? El techado lleva mas de 4 años y entiendo que esta prescrito y no pueden hacernos nada, pero las cristaleras son de ahora. Siempre hemos tenido autorización de la comunidad. Hay otros cerramientos incluso delante nuestro en otros edificios y no les han dicho nada. Muchas gracias de antemano.
Buenos días, Óscar:
Olvídate de lo que hayan hecho los otros y quédate con vuestra obra. Lo primero es señalar que la normativa urbanística varía en función de dónde vivas, aunque hay criterios similares. La sanción debéis pagarla. Ahora habría que valorar la restitución.
Si la obra se ajusta a normativa, simplemente tendríais que legalizarla. Si se podría ajustar a normativa con modificaciones, deberéis plantearlo y ejecutarlas y si se va de normativa (por ejemplo, por suponer una altura más), deberéis restituirlo. Podemos suponer que se deba a un tema de altura, por el tipo de cerramiento, y que se haya ido al colocar la cristalera. Todo suposiciones. Deberíais concertar una cita con los servicios técnicos del Ayuntamiento, exponer la situación y que os den opciones.
Buenos tardes,
compré un piso de segunda mano, en el que todo el edificio pertenece a una inmobiliaria. Antes había un terrado comunitario, a su vez cubierta del edificio, para uso y disfrute de todos los vecinos.
La inmobiliaria tiene un 70% de pisos aproximadamente y ha decidido partir el terrado en 4 terrazas particulares y venderlas junto a los pisos que faltan por vender. Dicen que dejando un porcentaje para el resto de vecinos es suficiente. Ese porcentaje no es mas que el pasillo de acceso a cada una de las terrazas que ya han cerrado.
¿Es esto legal? ¿Pueden decidir particionar y vender el terrado/cubierta por el simple hecho de tener mayoría?
Gracias y reciba un saludo
Buenos días, Laura:
Si el terrado es comunitario y así figura en las escrituras, de ningún modo un propietario, por mucho porcentaje que tenga, puede apropiarse de él para su venta.
En todo caso, cualquier modificación estructural o del título constitutivo, hubiese requerido unanimidad.
Puedes ponerte en contacto con nuestro servicio jurídico en el 649 29 61 72 o a través de un correo a info@micomuniweb.com
Un saludo,
Buenos días hace 6 años se aprobo en justa por unanimidad mi cerramiento desmontable, y ahora que me lo he hecho me denuncian por la via administrativa, hay otros cerramientos en terrazas de mi finca sin autorización, en este caso debo preocuparme? si tengo el acta aprobada con el cerramiento y encima otras terrazas que lo han hecho sin permiso ¿ en que estado estaria?
Buenos días, Manuela:
En principio no deberías tener mayor problema que el trastorno que supone una vía judicial. En todo caso, te recomendamos que presentes el caso a nuestro servicio jurídico. Escribe un email a info@micomuniweb.com y exponles el caso.
Un saludo y ánimo,
Buenos días,
Hace poco compré piso con terraza amplia, la cual ya tenía un cerramiento en esta misma terraza de un porche cerrándolo a línea de fachada. Tras vivir varios meses quisiera realizar un cerramiento techado tipo caseta de madera, para guardar trastos, este sería de +/- 6 m2. ¿Necesitaría permiso de la comunidad? ¿y licencia?
Buenos días,
Si el cerramiento es en una zona comunitaria (terraza comunitaria) siempre tiene que tener permiso de la Comunidad y con la correspondiente pago de la tasa de licencia municipal.
Si en cerramiento en su propia terraza ( terraza privativa), tendríamos que saber que marcan los estatutos y régimen interno de la Comunidad, sobre cerramientos y si el nuevo cerramiento sería visible al exterior. Lo que es seguro que este cerramiento requiere el pago de la tasa de la licencia municipal.
Hola, tengo un ático en palma de Mallorca, y quiero cerrar la terraza delantera con ventanas de carpintería de aluminio y techo movil desmontable transparente, en la parte trasera del edificio hay balcones y la mayoría de vecinos los tienen cerrados o acristalados ilegalmente. Mi duda es si puedo hacer el cerramiento en la terraza grande delantera solo con el permiso de la comunidad ya que ellos tienen los balcones de atrás cerrados?(me serviría lo dicho de:si ellos lo tienen porque yo no) . La comunidad me dará permiso seguramente ya que a la vecina de abajo Le llegan humedades filtradas por la terraza y sería un gasto menos para la comunidad tener que impermeabilizarla cada x tiempo. Muchas gracias por su ayuda
Buenos días, Pere:
Más o menos tienes el tema claro. Sí tienes que pedir permiso a la comunidad. Al ser tu terraza la primera en la fachada delantera, deberás pasar el asunto por la Junta. Pregunta también en el Ayuntamiento si tu propuesta contraviene alguna ordenanza municipal. Si los estatutos lo prohíben, supuesto poco probable, te deberán dar la autorización por unanimidad. Para obtener el visto bueno de la Junta, basta con que apuntes al daño en el bolsillo que supone para la comunidad el mantenimiento de tu terraza…
Hola, me gustaría saber si tengo que pedir permiso para poner una caseta de jardín en mi terraza, es interior la Terra, ya que vivo en una entreplanta, esta terraza está dentro de mi propiedad, aparte cada uno tiene su terraza y hay dos terrazas comunitarias, no tapo ventanas, ni quito luz a nadie, gracias.
Buenas tardes, Chari:
Si la caseta es desmontable y no supone ningún perjuicio para otro vecino no deberías tener ningún problema.
Un saludo,
Hola:hace más de 43 años hicimos un cerramiento en un patio de luces porque habían tirado una colilla y mi hija que estaba en ese momento allí,la quemaron un poco,por eso fuimos hablar con el presidente de ese momento y nos dio permiso para el cerramiento,así han pasado más de 43 años y ahora que ya no está ese presidente y otros vecinos de ese tiempo y no habiendo actas que lo digan,nos encontramos con una vecina que llegó hará unos 15 años y en las reuniones siempre saca el tema del cerramiento que ha de quitarse,quiere presentar denuncia y nos molesta tirando agua a cubos para que nos entre en la parte cubierta que tenemos la lavadora y un armario y nos golpea el tejado en el que hay alguna raja que ella nos ha hecho golpeando encima y no nos deja arreglarlo y se nos filtra agua abajo en la parte cubierta siempre temiendo resbalar en algún momento con el agua que va filtrándose.
Qué solución tengo?? Gracias
Buenos días, Julia:
Hay una cosa que se llama consentimiento tácito, sobre la que hablamos aquí: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/
Lo primero que deberías hacer es denunciar a tu vecina en la policía local por todos los perjuicios que te está ocasionando.
Luego puedes esperar sentada a que te denuncie si quiere. Por lo que cuentas, tu cerramiento está consentido por un silencio de 30 años.
Un saludo,
Buenos días:
Debido al deterior de la pintura de las fachadas en nuestro edificio deberemos repararlas, para efectuar los trabajos se tienen que utilizar andamios y de ahí mi consulta.
En los bajos hay terrazas que algunos vecinos, previa solicitud a la Junta de Propietarios, han cerrado y puesto una cubierta, ahora se deben retirar las chapas de la cubierta para instalar andamios, el coste de los trabajos por la retirada y recolocación ¿serán por cuenta de los propietarios de las viviendas? o lo serán por cuenta de la Comunidad.
Muchas gracias
Buenos días,
La comunidad tiene el deber de dejarlo todo como estaba antes. Es decir, es de la comunidad. Piensa que, en un principio, las terrazas también son estructura del edificio y por lo tanto de la comunidad. Al cerrarlas, esos vecinos ya renunciaron al derecho de reparación de la comunidad.
Por otra parte, esos propietarios que cerraron su terraza no tiene otra opción que ver su inversión desmantelada. Lo explicamos en https://micomuniweb.com/servidumbres-comunidades-propietarios/ . Siendo así, la comunidad debe restablecerles el bien al realizar finalizar la obra.
Buenos Días:
Necesito saber si he de pedir algún tipo de permiso a mi comunidad de vecinos o al ayuntamiento de Madrid para proceder a sustituir un cerramiento de parte de mi terraza de un ático, ubicado en la ciudad de Madrid, que ya contenía esa reforma cuando lo adquirí en el año 1993.
Mi idea no es otra que sustituirlo por otro más o menos idéntico, efectuando el mínimo cambio que sea posible, que permita un mejor aislamiento y mayor seguridad, ya que el actual me empieza a preocupar, porque se encuentra algo deteriorado, tras haber pasado más de 30 años desde que se instaló y temo que pueda causar alguna desgracia si por un desafortunado incidente se desprendiese algún fragmento de chapa o alguna parte de los módulos de aluminio de los que está fabricado.
Mi intención sería efectuar toda la operación aprovechando que la comunidad de vecinos va a efectuar por obligatoriedad una obra de envergadura en el edificio, ya que incluirá la reparación de fachada, patios y pavimentos verticales y horizontales, cumbreras y petos, además del costoso cambio de todas las cubiertas de la finca por decreto obligatorio del ITE.
Gracias
Buenos días,
Si ya tienes el cerramiento, no necesitas solicitar ningún permiso a la comunidad para su «mantenimiento». Otra cosa es el permiso de obra. Ese punto debes consultarlo con los servicios técnicos del Ayuntamiento de Madrid, ya que lo más seguro es que tengas que solicitar el permiso de obra menor.
Un saludo,
hola, tengo una terraza donde lleva hecho un comedor de unos 10m2 desde hace mas de 30 años y no hay quejas por tenerlo,lo que quiero es ponerle encima de ese techo aluminio (sanwich) para protegerlo mejor (he hecho la base con hierro»vigas» que se puede desmontar,mi pregunta es si me lo podrian hacer quitar la administracion si es pq tb el vecino de arriba le va bien por tema de humedades(esta a favor comunidad y vecinos 7/8)
Buenos días, en principio si no es desmontable debe pasar por la aprobación de la Junta de propietarios. Bote pronto, el principal requisito es que no sea molesto o afecte a la seguridad del edificio o de otras viviendas.
Un saludo,
Buenas,
Nosotros cerramos la terraza hace más de 20 años, se trató en una junta poco después y no me mandaron quitarla. Me comí un bronca de algunos vecinos, eso sí.
Si ahora quisiera quitar el cerramiento que está un poco viejo, para poner uno nuevo, ¿ podría tener problemas?
Saludos.
Buenos días, José Antonio:
La obra está autorizada y es tu obligación como propietario realizar el correcto mantenimiento de tu cerramiento. Consulta: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/
Si el nuevo cerramiento es una actualización del anterior, no deberías tener problemas. Si, por el contrario, te inclinas por una opción extramodernista o de colores flúor, igual tienes problemas por alterar la configuración del edificio.
Un saludo,
Buenas tardes. Primero de todo, quiero agradecer a todos los que asesoráis en «micomunidadweb». Estas cosas muchas veces nos quedan grandes y es muy difícil encontrar quién te asesore. Quería haceros una consulta que nos está quitando el sueño y la salud. Hasta el punto de plantearnos vender y marchar. Hará poco más de 5 años compramos un ático en BCN. La terraza estaba parcialmente cerrada. Según vecinos y familiares del anterior propietario, este cerramiento se realizó hace más de 40 años. La finca es del año 66. Al entrar en el piso hicimos obras de rehabilitación en el piso (agua, luz, gas, baños, cocina y por supuesto, reparamos las goteras del cerramiento). En ningún caso tocamos estructura. Sólo pusimos cristales dobles para aislar del ruido y el frío y reforzamos el techo por seguridad tapando goteras. Se informó en todo momento a los vecinos. Teníamos permiso en la puerta de la comunicación al ayuntamiento. Este cerrado no ha modificado (ni ahora ni cuando se hizo)la estructura original de la terraza. Queda justo en el canto pero la barandilla y el canto es el original. Ahora, después de 5 años, hemos tenido que hacer la fachada. Uno de los tramos de nuestra terraza tiene una parte que no se puede hacer a nivel y han tenido que contratar a una empresa de trabajos verticales. Nos exigen que paguemos los trabajos ya que es culpa nuestra que no puedan hacer los trabajos a nivel. Nos hemos ofrecido a pagar la diferencia de precio entre los trabajos normales y los que se supone han tenido que realizar colgados. Pero el vecino insiste que como el cerramiento no es legal que si no pagamos nos denuncia. No encuentro normativa, ni sé cómo puedo hacer para asesorarme y ver si podemos justificar el cerrado. No queremos que nos hagan quitar el cerrado teniendo en cuenta que no lo hemos hecho nosotros. En los estatutos no he visto nada. Y no tengo la fecha de constitución de la comunidad de vecinos. No sabemos qué hacer y no puedo vivir con estas amenazas y este miedo. Espero que me podáis ayudar y ver qué podemos hacer.
Mil gracias de nuevo.
Buenos días,
Al tener más de 40 años, el cerramiento ya está consolidado tanto a escala urbanística como de comunidad de propietarios. Puedes consultar: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/
A veces, no responder es la mejor respuesta.
Un saludo,
Algunos de mis vecinos contrataron con su constructor el cerramiento de sus terrazas.Ahora hay humedades por filtra-miento de aguas de lluvia.
Reclaman que sea la reforma a cargo de la Comunidad de Propietarios para el pago del arreglo.
Tenemos que pagar?
Gracias.
Angel
Buenos días, Ángel:
Si filtra por sus cerramientos, es responsabilidad de los propietarios que cerraron. Qué más te da que la obra la haya hecho el constructor o tu cuñado…
Un saludo,
Hola, tengo un apartamento con 15m de terraza en mi escritura, pero resulta que 8m son terraza y 7 jardineras que no puedo usar porque tienen filtraciones. Hay varios vecinos que han quitado sus jardineras. Mi pregunta es: qué permisos debo solicitar para quitar las jardineras? A quien se lo solicito? Pueden negarse los vecinos?
Además la terraza es muy accesible y podría entrar un ladrón, por tanto me gustaría instalar algún reja, o subir el muro, en la medianera. Es esto posible? Cómo lo solicito? Si me dicen que no podría instalar al menos algún elemento que evite la mirada directa de mi vecino? Me explico, las medianeras son altas pero en la jardinera que quiero quitar el muro es bajo porque linda con otra jardinera, al quitar la mía me gustaría subir ese muro para dar más seguridad y privacidad a mi terraza. Quiero hacer bien las cosas así que por favor indicarme cómo. Gracias
Buenos días, María:
Es difícil contestar sin verlo. Si las jardineras son como las de los otros vecinos y otros las han quitado, por lógica deberían poder quitarse. Si son privativas no debes pedir permiso. Si son comunitarias, debes tener la autorización de la Comunidad. Lo de subir el muro medianero es más complicado, porque puede afectar a vistas.
Es una cuestión demasiado individualizada y demasiado compleja como para contestarla directamente a través de la web.
Un saludo,
Buenas tardes.
tengo el siguiente problema, cerré mi terraza hace unos años, me denuncio el Ayuntamiento y después de varios años pleiteando me obligan a tirarla, pero algún vecinos del edificio y de los edificios contiguos tienen hecho el mismo cerramiento que yo, pero claro a ellos no le has denunciado en ayuntamiento.
la pregunta es, puedo solicitar la nulidad por falta de igualdad, equidad, trato discriminatorio entre comuneros y todas esas cosas
Buenas tardes, Juan Luis.
Tenemos malas noticias. No. El argumento de que yo tengo derecho a estar en la ilegalidad porque «a otros se les permite» no vale como defensa en ningún caso. Puede que a los otros se les permita porque no hubo denuncias en su momento y la infracción prescribió o simplemente porque no se les ha incoado expediente todavía pero se hará en un futuro si no hay prescripción.
Podrá denunciar a su vez al resto de vecinos y, si las infracciones urbanísticas no han prescrito, la junta de distrito tendrá que incoar los correspondientes expedientes, pues en caso de ignorar tres denuncias el funcionario podría incurrir en responsabilidad incluso penal por prevaricación con base en la aleatoriedad en la aplicación de su potestad sancionadora.
En definitiva, esa situación creada, que claramente tiene consecuencias injustas e incluso discriminatorias, no sirve como argumento para legalizar lo que ha sido declarado ilegal por un juez.
Hola buenas tardes, quiero hacer un cerramiento en mi ático y quiero saber si puedo poner una chimenea colgante a ese cerramiento.
Gracias
Buenas tardes, Marta:
Para instalar una salida de humos que afecte a zonas comunes (cubierta del edificio) se requiere una mayoría de 3/5.
Un saludo,
Buenas!
Mi pareja y yo vamos a iniciar la reforma de un piso en propiedad y una de las cosas es incluir la terraza en el salón para ganar espacio. La terraza tiene una barandilla que da a la calle que no nos gusta nada y querríamos quitarla para hacer un muro a media altura (pintado hacia fuera con el color de la fachada del bloque), y sobre ese murete poner el cerramiento de cristal. Por lo que leo, aparte de la licencia de obra del ayuntamiento, necesitaré la aprobacion de 3/5 partes de la comunidad de vecinos… ¿Es correcto? Hay varios pisos con el cerramiento, aunque todos son de pvc o aluminio (que no queremos).
Un saludo y enhorabuena porque la pagina me viene de perlas.
Buenos días, Raúl:
Efectivamente, al no ser el cerramiento igual al de los vecinos, necesitarás la aprobación de la Junta. Háblalo con el presidente o con el administrador para que lo incluyan como punto del orden del día.
Un saludo y gracias por las palabras!
Lo primero daros las gracias por la pagina web la cual resulta muy esclarecedora.
Mi caso es que vivo en un primero, y los bajos disponen de terraza alrededor del edificio.
El vecino del bajo esta realizando una obra en la cual quiere hacer un añadido a su habitación sobre una zona que es comunitaria de uso exclusivo.
El problema es el techo de dicho cerramiento, que altura máxima puede tener?, otro vecino creo que aprovechando que el piso esta deshabitado, dejo el techo a 30 centímetros de la base de la ventana, y eso es lo que no queremos, podemos hacer algún tipo de presión para que no pueda pasar del forjado de separación de ambos pisos.
Muchas gracias y un saludo.
Buenos días, Ricardo:
Al ser una zona comunitaria tiene que tener autorización expresa de la Comunidad de Propietarios. Al dar esa autorización, la Comunidad puede marcar diferentes obligaciones para no menoscabar la seguridad del resto de los vecinos.
Las altura dependen de las normativas urbanísticas de cada provincia o localidad, lo habitual es que no sobre pase los 2 metros de altura.
Un saludo,
Buenas tardes,
En mi comunidad un vecino amplió su vivienda cogiendo parte de la escalera. De ello hace más de 30 años. La comunidad nunca ha estado de acuerdo con ello, no se lo han autorizado nunca (si ha autorizado otras obras) pero tampoco le han mandado restituir la situación actual.
Otra vecina pidió permiso para hacer la obra, pero se lo denegaron.
En base a la obra del primer vecino, de la que han trasncurrido más de 30 años, puedo hacer yo lo mismo.
Gracias y un saludo
Buenos días, Ana:
Aunque la obra se ejecutara hace 30 años, si la comunidad ha mostrado oposición en todo momento y además dices que hay una apropiación de elementos comunes, no debería haber consentimiento tácito. (Tienes aquí más información de esta figura: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/) Bien distinto es que nadie se haya molestado en denunciar al propietario.
Puedes intentar solicitarlo a la comunidad en Junta, pero si te lo niegan, te lo han negado…
Un saludo,
Hola buenas tardes, necesito asesoramiento sobre una duda que no sé a quién consultar. Tengo un piso antiguo dedicado al alquiler con lo que no he sido consciente de esto hasta que el piso no ha quedado vacío, el caso es que una de mis ventanas, concretamente una del salón da a una terraza de un vecino de otra comunidad (todo esto dentro de un patio de luces), este vecino en el último año ha cerrado esta terraza con cristales y ha instalado incluso parquet en el suelo, con lo que a mí me queda esta ventana totalmente inutilizada. Pueden ayudarme Uds. y saber si esto es legal o decirme a quién me puedo dirigir para que me asesore.
Muchas gracias y un saludo
Buenos días, Lola:
Lo primero que deberías hacer es denunciar la ilegalidad de la obra en la concejalía de urbanismo del Ayuntamiento de tu localidad.
Aparte, te recomendamos que contrates una asesoría legal profesional para analizar otras posibles iniciativas legales tendentes a restituir el patio a su estado original. Puedes consultar con los colaboradores de nuestro directorio: https://micomuniweb.com/empresas/asesoria-juridica/
Un saludo,
Tengo una casa en la playa, en un pequeño complejo donde existen viviendas en planta baja y en primera planta. Yo tengo vivienda en la primera planta teniendo todas las ventanas y terrazas dando al vecino de la planta baja. Este vecino hizo un cerramiento a todo su perímetro, ocurriendo ahora que desde dónde me asomo solo veo un techo de PVC, y por consiguiente con el paso del tiempo, al acumularse suciedad, ahora solo veo un techo negro y sucio. Me gustaría saber qué dicen los estatutos sobre si este vecino tiene la obligación de limpiar el techo o cómo debería tratar este asunto.
Buenos días:
Los estatutos son propios de cada comunidad. Habría que consultarlo con el administrador, que es quien custodia los libros de actas y las escrituras.
Habría que saber también si ese cerramiento tuvo aprobación de la Junta y si contó con el visto bueno de urbanismo.
Finalmente, si no «te tapa las vistas», no contradice la normativa municipal, no hay problemas de sanidad y todo el procedimiento que hizo fue correcto, es un elemento privativo, por lo que él es el responsable de su mantenimiento y deterioro.
Nuestra opinión es que deberías plantear el tema a los servicios técnicos municipales y al administrador para que verifique la corrección del proceso y que llegado el caso actúe como mediador.
Un saludo
Buenas tardes.
Tengo un apartamento de playa y hace 10 años realicé un cerramiento de la terraza adecuado a las alternativas que me dió el presidente de dicha comunidad:
1. Cerramiento con perfiles blancos o
2. Cerramiento sin perfiles (este más moderno pero más caro)
Opté por el primero, como otros 14 vecinos de los 114 de la comunidad.
Actualmente hay 10-12 que optaron por el más moderno, y el resto no tienen ningún tipo de cerramiento.
En la junta de propietarios de este mes de Agosto, se ha aprobado en votación que sólo está permitido el cierre sin perfiles, y que los 15 propietarios que lo tenemos con perfiles tenemos que retirarlo
¿Es legal este acuerdo?
saludos
Buenas tardes, Juan Carlos:
Si el cerramiento no supone un perjuicio real para la comunidad (salubridad, seguridad, etc.) no es legal por dos razones:
– En su momento, así se aprobó. ¿Hay algún acta donde se especifiquen las dos alternativas que recibiste en su momento?
– Al haber pasado diez años sin oposición fehaciente, hay consentimiento tácito. Puedes consultar: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/
Te será también de interés el post sobre la impugnación de acuerdos: https://micomuniweb.com/como-impugnar-acuerdos-de-la-junta-de-propietarios/
Un saludo,
buenos días , mi problema es que tengo una planta baja con una galería interior y el vecino de arriba se a hecho una terraza privativa para el y me a cerrado mi galería. esto es legal? el me dice que no piensa quitarlo , ya que anteriormente había un balcón, pero no un cerramiento, aunque lo a hecho hace poco, me comenta que lo que era ilegal, cuando pasan 50 años se convierte en legal, aunque repito, lo a hecho hace poco (la casa tiene 101 años) y alega que eso esta hecho desde hace mucho tiempo aunque es mentira. la casa esta protegida y en el archivo histórico de valencia he conseguido los planos originales y en la terraza lo único que figura es un pequeño balcón. imagino que tendre que denunciar , pero puede hacerse la terraza? le obligaran a quitarla? muchas gracias
Buenos días,
Según el código civil, el plazo de prescripción de las acciones reales es de 30 años, por lo que ese sería el plazo que tienes para reclamar por la obra realizada por tu vecino. Ese plazo cuenta desde que el vecino ejecutó la obra. Si la construcción perjudica elementos privativos contra terceros, la reclamación sería viable. Más si se ha efectuado en un inmueble protegido. De todos modos, lo mejor es contactar con un abogado de tu localidad a fin de presentarle todos los detalles. En nuestro directorio: https://micomuniweb.com/empresas/asesoria-juridica/
Buenas tardes,
Lo primero decir que es muy interesante la web, de lo mejor que he encontrado.
Quería hacer una consulta sobre la modificación que quiero realizar em mi vivienda situada en Madrid.
Vivo en un bajo dentro de una urbanización cerrada con una terraza de 25 m2. Al ser un bajo, la valla que me separa de las zonas comunes es de ladrillo la base de 1,5 m y encima una ocultación metálica que llega hasta los 2,5 m. Me gustaría instalar un techo de cristal movil con motor que apoye en la fachada y termine en la valla apoyando las columnas sobre la parte interior del muro. Para cortar el viento me ha propuesto el instalador poner ventanas correderas de 1 metro de alto (justo lo correpondiente a la sección metálica). La función del techo es hacer de pérgola ya que no se hará ninguna ampliación de estancias interiores y las ventanas laterales harían la función de cortavientos. La perfileria se haría respetando la estética aprobada y ya utilizada por otros vecinos para instalar pergolas de lona.
Mi duda es como gestionarlo y qué permisos debo solicitar, si debe aceptar la junta de vecinos o con informarles basta o si además hay que solicitar licencia al ayuntamiento.
Gracias de antemano por vuestra ayuda.
Saludos
Buenos días,
Las diferencias para saber si estamos ante una obra mayor o una obra menor o si necesitamos proyecto o incluso estudio de seguridad es algo que no puede contestarse con los datos que nos facilitas. Muchas veces la exigencia de una licencia se basa en pequeños matices y varía de un municipio a otro. Nuestra recomendación es que, sin identificar el inmueble, consultes a los servicios técnicos de la Junta municipal o Ayuntamiento. En ella, explicarás la obra que vas a realizar. Será el funcionario el que te informará de las licencias necesarias. Aparte, la empresa o el profesional que vaya a hacerte la instalación debería aclarar si se requiere licencia o no, y en caso afirmativo en el presupuesto debería incluir ese gasto.
En todo caso, la Junta de vecinos debería estar informada, sobre todo para acreditarles que lo que se pretende hacer respeta la estética y es una solución ya aprobada por la comunidad e instalada por otros vecinos.
Un saludo,
Hola, tengo una terraza de 30 metros, decidí cerrarla con techo tipo sandwich y cortina de cristal. No he pedido permiso al ayuntamiento. Si lo hice el año pasado a la comunidad, dándome su aprobación. Me quedo perplejo porque en el acta de esa reunión viene mi solicitud de permiso (solo) para el cierre con cristal, sin mencionar el techo fijo. Constando en el acta que solo me autorizan a poner los elementos de anclaje del cierre de cristal.
En la Junta de vecinos de este año, el vecino de arriba cuya terraza superpone a la mía 12 metros, ha conseguido que la comunidad me requiera que retire el techo fijo de los 18 metros restantes del cierre tipo sándwich y me dá 60 días para retirarlo argumentando más fácil acceso a la vivienda y reflejos de luz.
Al no tener permiso del ayuntamiento, debería llegar a un acuerdo con éste vecino y Directiva de la comunidad antes de que me denuncien?, o tengo alguna posibilidad de ganar legalmente? Gracias.
Buenos días, Felipe:
Respecto a tu consulta, tienes dos grandes problemas: el civil y el administrativo.
El problema en la vía civil radica en que la autorización que consta en el acta de la Junta no contempla el permiso para el techo del cerramiento. Había un plazo para solicitar las correcciones…
Por la vía administrativa, el problema es que en general los Ayuntamientos no conceden licencias para cerramientos con techo. Implican un incremento de metros cuadrados de la vivienda, modificación de IBI o que, probablemente, la misma quede fuera de ordenamiento por tener más metros de los permitidos. Eso dejando al margen cuestiones estéticas de fachada. Cada Ayuntamiento es un mundo y deberías elevar la consulta a los servicios técnicos.
Nuestro análisis, efectuado con los pocos datos que nos facilitas y sin acceso a la documentación correspondiente, es que el techo de su cerramiento no es correcto y se instaló sin autorización de la comunidad.
En caso de querer una aclaración más concisa, nuestro departamento jurídico estará encantado de resolverle las dudas con toda la información necesaria. Escribe a info@micomuniweb.com.
Un saludo,
Hola, soy propietario de un atico con terraza arriba de la vivienda y resulta que mi vecino de al lado hace unos 10 años se hizo un aseo de obra en la terraza y hace un año y medio se hizo un cerramiento de alumio y techo de sándwich pero sin ponerse cristaleras, este cerramiento se ve desde la calle y modifica la fachada. También otro vecino hace 7 años se hizo un cerramiento de madera sin cristaleras. Pues resulta que yo ahora me estoy haciendo un cerramiento con cristaleras que no se ve desde la calle, No he pedido ningún permiso al Ayuntamiento ya que otros vecinos lo han hecho y no pidieron dicho permiso. Pues resulta que mi vecino de al lado se ha puesto como un loco y me quiere denunciar. Este vecino quiere hacer un Junta Extraordinaria para tratar este tema.
Yo le comente a la presidenta y al administrador lo que me queria hacer y no hubo ningun problema ya que otros vecinos ya se lo habían hecho.
¿Que me podria pasar? ¿Me lo pueden tirar abajo? ¿Me podrian multar? ¿Yo tengo que denunciar si me dedenuncia?
Buenos días, Cristobal:
Estás en una posición delicada. Lo primero es que en Propiedad Horizontal cada uno da cuentas por lo suyo.
Para realizar un cerramiento en la terraza necesitas autorización de la junta de vecinos y licencia municipal.
Si la junta no te da la autorización pese a que hay otros vecinos que ya han instalado cerramientos previamente, podrás impugnar el acuerdo si acreditas trato diferente para el mismo supuesto. Deja que el tema de tu terraza se lleve a junta y busca antes apoyos entre tus vecinos.
Respecto a la licencia municipal, deberías asegurarte de que el cerramiento es legal y se te va a conceder licencia. Esto varía en función del municipio. Como regla general, los cerramientos techados son ilegales porque implican incremento de metros de la vivienda. En ese caso, también debes tener en cuenta los plazos de prescripción urbanística, que son de 4 años, por lo que puede darse el caso de que el Ayuntamiento te sancione a ti pero deje en paz a tus vecinos porque sus construcciones se hayan consolidado por el paso del tiempo.
Buenas en mi edificio vamos hacer la fachada ventilada porque segun algunos vecinos les entra agua en los balcones!!( Balcones con cerramientos ilegales!!) El saneado interior del balcon a quien corresponde pagar? a la comunidad o al propietario? Tienen cerramientos malos y yo creo que les filtra agua Gracias!!
Buenos días, Merche:
Habría que acotar el concepto “ilegal”, pues habría que comprobar si los corrimientos se hicieron con el permiso de la comunidad, si tienen licencia municipal y si no han transcurrido los años suficientes para que esas obras hayan consolidado.
Independientemente de lo anterior, si el cerramiento fue realizado individualmente por cada uno de los vecinos, son ellos los que tendrán que asumir los daños por filtraciones derivados de esas obras.
Para este tipo de supuestos te recomendamos contratar los servicios de un abogado para que te asesore, pues son lo suficientemente complejos como para requerir asesoramiento legal personalizado. Si no conoces ninguno nosotros, podemos facilitarte uno en tu municipio de residencia.
Un saludo.
Buenos días,
Me parece muy interesante vuestra página, sobre todo porque estos temas tienen muchas particularidades y cada caso es un mundo. Gracias.
Os escribo desde la ciudad de Madrid y mi consulta es la siguiente:
Hemos cerrado dos terrazas según las características reflejadas en acta por la comunidad de vecinos (materiales, color y dimensiones).
Tuvimos muchos problemas con la comunidad ya que lo hicimos junto con una reforma total de la vivienda y se quejaron por todo.
Obtuvimos la licencia correspondiente del Ayuntamiento, realizada por un arquitecto, en esta se refleja que que parte del ladrillo visto que antes configuraba el exterior de la fachada iba a ser demolido ya que no era estructural y tampoco era ya la parte visible del edificio al instalar los cerramientos aprobados (son dos muretes que quedan dentro, a ambos lados de la antigua puerta de acceso a cada terraza).
No obstante, dejamos esta parte para más adelante ya que el administrador nos insistió en que esto también tenía que ser votado por los vecinos y queríamos que se tranquilizaran los ánimos.
Ahora nos gustaría terminar por lo que la pregunta en sí es, si una vez modificado el exterior del edificio con los cerramientos aprobados en junta, la eliminación de los muretes que quedan dentro está sujeta a la votación de la comunidad, o esa parte que ha quedado dentro ya no está sujeta a la decisión de los vecinos y solo es necesaria la licencia del Ayuntamiento que tenemos.
Un saludo y gracias de antemano,
Sofía
Buenas tardes, Sofía:
Con los datos que nos das no podemos darte una respuesta definitiva a tu consulta, pero haremos suposiciones:
Por un lado, se deduce que lo que pretendes eliminar son unos muretes que constituían fachada, por lo que la competencia para decidir su supresión es de la junta.
Sin embargo, por el otro lado, se deduce que esos muertes ya no cumplen la función para la que fueron instalados dado que han sido cubiertos por la nueva fachada y, como consecuencia, además de no verse, no cumplen ninguna función.
Si lo hemos entendido correctamente, entendemos que la supresión de los muretes habría quedado aprobada de forma implícita con el primer acuerdo, pues la ejecución del cerramiento para el que obtuvieron el visto bueno de la comunidad ya contemplaba que los mismos perdieran su utilidad y su visibilidad.
Esperamos haberte ayudado en este mundo de supuestos.
Un saludo,
Hola. En mi caso está en los estatutos que la terraza se puede cerrar y de hecho ya la tengo cerrada
Voy a cambiar el cerramiento y hay una zona que tiene celosia exterior y en esa parte me gustaría poner un fijo de aluminio. La celosia la mantendría para no alterar la tachada, por lo que desde el exterior no se vería el fijo de aluminio. ¿Puedo hacerlo sin tener que pedir permiso en junta?
Buenos días, Lourdes:
En términos legales, debes ceñirte a las condiciones fijadas en los estatutos o elevarlo a Junta de propietarios.
En términos de picaresca, si no se ve, nadie tiene por qué oponerse porque sí.
Un saludo,
Buenos días, el artículo me ha parecido muy interesante, gracias por la información. Me surge una duda: en caso de que el cerramiento de la terraza sea móvil pero el edificio esté protegido, tampoco se necesita la autorización del Ayuntamiento? Muchas gracias
Buenos días, Patricia:
Puede depender del Ayuntamiento. Consultar a los servicios técnicos es un trámite muy sencillo que te puede ahorrar muchos problemas.
Un saludo y gracias por leernos,
Hola, buenas tardes.
En mi comunidad se ha aitorizado el cerramientobde terrazas pero no la de los bajos(aducen problemas de seguridad, podrian subir por los cristales al primero….). ¿Podría recurrir al juzgado?. Entiendo que si por perjuicio y por abuso de ley. Gracias. Un saludo
Pd. El cerramiento es de cortina de cristal tipo Lumon y techo movil.
Buenas tardes, Julio:
Sin entrar a valorar la pertinencia de prohibir el cerramiento por motivos de seguridad, pues se trata de una cuestión que debería valorar un perito, desde un punto de vista jurídico entendemos que áticos y bajos son completamente diferentes, con características diferentes, accesos desde el exterior de la finca diferentes y afectación a la seguridad del resto de vecinos diferente.
Siendo así, a priori, y sin entrar a valorar su caso particular, es perfectamente defendible por parte de la comunidad la autorización del cerramiento de terrazas y la prohibición del cerramiento de los bajos. Esto quiere decir que, de forma absolutamente genérica, no vemos que se produzca abuso de ley o discriminación a determinados vecinos.
Un saludo,
Hola, tengo una duda que me tiene muy preocupada. Me voy a ir a vivir a un piso con terraza abierta y tengo dos gatas, mi intención es instalar redes de aluminio de protección en los laterales, frente y en techo (porque es al aire el techo). Tengo que conunicar algo así? Es legal hacerlo?
Mil gracias
Buenos días, Laura:
Las variaciones estéticas suponen una alteración de la configuración del edificio. En principio, eso no es nada si otros vecinos han hecho actuaciones similares. Suponemos que no. En ese caso, deberás exponer a tus vecinos cuáles son tus intenciones, tu motivación y las consecuencias estéticas. No es la primera vez que los copropietarios autorizan trabajos de dudosa estética a fin de preservar la seguridad de algún integrante de la vivienda.
Por otra parte, ya que la red va a tener techo, no estaría de más consultar en el ayuntamiento que van a autorizar este tipo de instalación.
Un saludo,
Hola, gracias por responder a todas las dudas, me parece muy interesante. En mi caso acabo de comprar un ático y el muro de la terraza es a media altura y todos los pisos de alrededor son una planta más alta, por lo que ven todo. Estaba pensando en poner algo tipo celosía, de medio metro, para tener algo de intimidad. Aún no se ha constituido la comunidad. Estuve mirando y por el tema de viento tengo que poner unos postes de pvc para sujetar bien la malla. No se si se considera fijo o móvil en este caso.
Buenos días, Patricia:
Según los datos expuestos, no deberías de tener ningún problema.
Un saludo,
Buenos días, aquí va mi consulta: El año 1997 me hicieron un pequeño trastero en la terraza de mi piso de uso privativo. No pedí permiso a la Comunidad ni permiso al Ayuntamiento. En la última Junta de este año 2019 un propietario que compró el piso recientemente me echó en cara lo del trastero. Entiendo que el trastero está consentido por un silencio de la Comunidad de 22 años.
Un saludo muy cordial.
Tony
Buenos días, Antonio:
En tu caso la clave está en la actitud de la comunidad los últimos 20 años. Te recomendamos esta lectura: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Buenos días. Muchas gracias por esta página tan informativa y por las respuestas que das a todos los consultantes.
Vivo en Granada capital y tengo gatos. Hace más de un año puse una malla (no metálica) específica para evitar que los gatos se salgan ya que vivo a lado de la vía con mucho tráfico, los postes que sujetan a la derecha e izquierda de la malla son metálicos y están sujetos con dos tornillos cada poste, la parte superior se compone de una hilera de tornillos directamente puestos en el techo, es decir no hay barra de ningún tipo, la malla se engancha en cada gancho o tornillo. Mi piso está en un supuesto segundo, que en realidad es como un bajo por que trepando por el jardín de la urbanización ya ha entrado alguien ( pudieron entrar los bomberos ya que desgraciadamente mi cuñado se quitó la vida en este piso y se encerró ) sin necesidad de escalera ni nada. Ya hay un vecino en la planta de arriba que ha cerrado su balcón pero él lo hizo hace muchos años ( al menos 10) con cerramientos fijos tipo jaula.
Al considerar que los cerramientos que puse no necesitan ninguna obra, ni son algo tan sólido o fijo como para considerarlos así ( fijos) sino que se trata de una malla plástica, no pedí permiso, pero ahora una vecina se ha empeñado en que lo tengo que quitar por que es antiestético. Ya lo habían hablado en otra junta en la que no pudimos estar, pero me acaba de llegar una carta donde lo solicitan de nuevo ( no aparece en la orden del día de manera específica). Hemos pensado en poner incluso una reja tal como hizo el vecino de arriba, ya que también es una cosa de seguridad y nos serviría para que nuestros gatos no puedan salir, pero de momento me conformo con que no quieran quitarme la malla plástica.
Se podría considerar un cerramiento fijo o móvil lo que yo he puesto?
Ellos alegan que es antiestético pero apenas se nota desde la calle.
No he visto nada sobre este tipo de cerramientos en la ley de propiedad horizontal pero al no decir nada de esto tampoco me queda claro que se pueda poner.
No sé qué hacer, este tema me tiene muy preocupada por que mis gatos fueron rescatados de la calle muy maltratados y no quiero que haya alguna posibilidad de que puedan volver a salir .
Gracias.
Buenas tardes, Juan:
La malla que has instalado ocupa la totalidad de la terraza porque está anclada en el techo, por lo que puede considerarse cerramiento, para lo cual necesitarías la autorización de la junta de vecinos.
Por lo que comentas, no es una cuestión que ya haya estado en ningún orden del día de ninguna junta, por lo que entendemos que debería ser un asunto a tratar en la siguiente. En esa junta debería salir la decisión de requerirte o no para su retirada.
Para el caso de que se decidiera que tienes que quitar la malla, nuestro consejo es que pidas autorización para instalar el mismo cerramiento fijo que la comunidad ya ha consentido a otro vecino, tal y como nos cuentas en tu consulta. Ese ya lo tienes.
Un saludo,
Buenas tardes
Primero agradeceros el asesoramiento que dais. Y ahora os expongo mi caso, hace menos de un año compre un piso semisotano con una terraza de 25m2. Como vivo en la zona norte casi no la puedo disfrutar porque llueve mucho.
Quiero cerrar una parte de 12m2 con una pergola de madera y techo de policarbonato trasparente, la terraza es privada, tengo puesto un parasol que ocupa esos 12m2 pero a veces cala. Mi pregunta es si necesito la aprobación en junta de propietarios y la correspondiente licencia del ayuntamiento. ¿Para ello necesito un proyecto de obra de una empresa? pensaba hacer el cerramiento un familiar que tiene experiencia.
Buenos días, María:
Para llevar a cabo el cerramiento, se requiere de autorización en junta de vecinos. Respecto de la licencia y el proyecto de obra, no podemos dar una respuesta 100% fiable porque los criterios al respecto varían dependiendo del municipio. Nuestro consejo es que acudas al ayuntamiento y sin identificar el inmueble hagas la consulta.
Un saludo,
Buenos dias vivimos en un piso alquilado es un bajo y tenemos una gata que se escapa siempre queremos abrir las ventanas y no podemos ademas de que los pajaritos se entran a la cocina y es muy molesto.
Mi familia y yo pusimos unas mallas blancas por el exterior de la casa y vino la presidenta y nos dijo que la quitemos por que era poco estetico para un bajo y que no podemos poner nada por el exterior si nos permitia poner unas mallas interiores pero no tenemos espacio ya que esta la ventana y la persiana juntas.
Que podriamos hacer mi familia y yo
Buenos días, Karen:
Las mallas blancas externas, efectivamente, alteran la configuración exterior del edificio. Para instalarlas, necesitáis la autorización de la junta.
Como os ha indicado el administrador, deberéis buscar una alternativa de mosquitera que o bien se incruste en el marco de la ventana o bien se instale dentro de los límites de la vivienda.
Un saludo,
Hola. Hace dos años compré un atico con una terraza que tenía un cerramiento de obra en la misma, era como una caseta de unos 10 m cuadrados. Llevaba mas de 20 años.
Justo al comprarlo yo, se levanto toda la terraza y se eliminó el anexo por razones de filtraciones, quedandando la terraza vacía..
¿Que posibilidades tengo yo ahora de rehacer algo parecido?
Lo haria sin obra sobre la terraza, o sea con un falso suelo apoyado en plots por ejemplo, con acristalamiento de cortinas de vidrio y techo sanwich.
Gracias
Hola. Entendemos que si puede acreditar la existencia de ese cerramiento de obra con carácter previo a la compra del ático, y con una antigüedad de 20 años, podrá volver a construir exactamente el mismo cerramiento para dejarlo tal y como estaba antes de hacerse las obras por las filtraciones. Para cualquier otra construcción que no sea exactamente igual que la derruida entendemos que debería pedir permiso a la comunidad, además de obtener la correspondiente licencia.
Buenos días, quería saber si puedo hacer un cerramiento móvil o poner una puerta en una terraza que comunica con un lavadero, están techados los dos y a continuación uno de otro, pero es como si le faltase un muro, sería ponérselo yo, entiendo que al ser la casa de alquiler tiene que ser móvil para dejarlo en las mismas condiciones que lo encontré. ¿tengo que pedir permisos a la comunidad y al ayuntamiento?, yo creo que no se ve desde la calle.
Buenos días, nuestro consejo, dado que la casa es de alquiler, es que informe al propietario y sea éste quien le autorice para hacer tal cerramiento, pues la responsabilidad frente a la comunidad de propietarios y frente al ayuntamiento, en caso de que la obra requiera licencia y no se solicite, será del propietario.
Buenos días,
La vecina del sobreático (7º piso) tiene una parte cerrada donde tiene la cocina. Hace más de 15 años que está hecho. No tiene el cerramiento de obra. No se aprecia desde la calle ya que el último balcón que se ve es el del 5º. Al principio el cerramiento era de uralita y la comunidad se la cambió por un cerramiento más seguro (planchas metálicas). Ahora éstas han caído. ¿Es la comunidad quien debe hacerse cargo del coste de las obras? ¿Se habló de hacer el techo de obra? ¿Debo hacerme cargo de estas obras de la vecina?
Gracias
Hola Elvira,
En principio al tratarse de cerramiento, la responsabilidad es de la comunidad, pues no puede defenderse que sea un desperfecto derivado del uso dado por el vecino. A esto se suma el hecho de que la obra fue asumida por la comunidad. Nuestro consejo es que se dé parte al seguro de la comunidad y se intente que sea este quien lo repare.
Un saludo
Hola nuestra comunidad tiene una azotea donde hay un ático que en principio tenía una habitación, un baño, cocina americana y salón aproximadamente de unos 50 metros, está propiedad durante muchos años fue ocupada por un matrimonio que se adueñó de una parte de la terraza común y añadiendo a su salón un trozo de zona común quedando una llave de paso y un tubo de acometida comunitaria en el interior del mismo. El problema es que la propiedad hace 5 años se ha vuelto a vender y la nueva propietaria se ha construido un vestidor y un baño cogiendo otro buen cacho de terraza Común, ante la negativa de esta mujer que a cambiado la llave de la terraza comunitaria sin permiso y prohibiendonos la entrada a la terraza comunitaria que a quedado los vecinos hemos decidido solicitar una inspección técnica y medir su vivienda ya que no paga ni el ibi ni la comunidad con el coeficiente de metros que tiene y la comunidad quiere o recuperar los metros o vendérselos ya que los está disfrutando y su actitud es muy arrogante y negativa con dejar a los vecinos de acceder a la zona común, ella nos amenaza diciendo que si medimos su casa quiere que midamos todos los pisos. Yo por ejemplo mi propiedad la compre hace 16 años y me lo vendieron con la terraza en el salón, es cierto que pueden obligarme a quitar la terraza? Yo y muchos vecinos tenemos las terrazas cerrada y con más de 15 años de antigüedad algunos con cristales y otros con ladrillos vistos a media altura y cristal arriba.
Ojalá me podáis aclarar las dudas sobre los derechos adquiridos en mi vivienda y que hacer con esta señora que se a apropiado de prácticamente de una azotea común.
Gracias
Buenos días, Rachel:
Lo que unos vecinos hagan no tiene nada que ver con lo que hagan otros. En este caso, la usurpación de zona común es motivo de demanda. Te recomendamos que desde la comunidad iniciéis un proceso judicial. En la mayoría de los casos, al percibir la demanda, el tema se soluciona por sí sólo. En todo caso, el tema es suficientemente complejo como para ser respondido por un comentario en un blog.
Puedes solicitar un informe jurídico completo en https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
o bien ponerte en contacto con algunos de nuestros profesionales: https://micomuniweb.com/empresas/asesoria-juridica/
Un saludo,
Tengo una terraza comunitaria de uso privativo.Tengo una parte cerrada, con todos los permisos pertinentes. Ahora se están realizando mejoras en la fachada ,y me dice la comunidad que la parte de la fachada que está dentro del cierre no se arregla porque al estar cerrada pasa a ser privada. Ésto es así?.Y si saco el cierre volvería a ser automáticamente comunitaria?
Buenos días, Amelia:
Efectivamente, la comunidad no se hace responsable de la fachada que esté dentro del cerramiento. Para que lo cubra, deberías restablecer la terraza a su estado original. Esta obra correría a tu cargo.
Un saludo,
Muchas gracias por su respuesta.pero tengo dudas.La fachada es la estructural del edificio. Podría facilitarme el artículo de la Ley, donde diga que la obra correría a mi cargo?. Muchas gracias . Un saludo.
Buenos días, Amelia:
Puedes solicitar un informe jurídico completo en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas tardes,
Compré una vivienda hace unos meses. La terraza ya tiene el cerramiento de aluminio hecho, diría que desde hace mucho tiempo. Hace un año aprobó la comunidad de vecinos una derrama para pintar la fachada del edificio, pero la parte que corresponde a mi terraza no la pintaron y sigue con el aspecto anterior. En mi caso, podría pintar el interior de mi terraza a mi gusto o debería pedir permiso?
Gracias!
Buenos días, Nacho:
En principio y con la información aportada, dentro del cerramiento puedes pintar a tu gusto. No obstante, eleva la consulta al administrador de la comunidad, por si él contase con otra información más completa.
Un saludo,
Estimados, qué tal? Hemos comprado un ático que posee en el segundo piso una jardinera llena de tierra que da al pulmón del edificio y vemos que es un espacio abandonado en común con todos los vecinos. Hay algún reglamento que pueda regular el mantenimiento exigiendo su conservación. Cada vecino hace lo que quiere con ese espacio
Buenos días, Rodrigo:
No nos queda claro si nos pregunta por el mantenimiento o el uso de ese espacio. Si es el mantenimiento, al tratarse de un espacio común del edificio, todos los vecinos tienen la obligación de sufragar los gastos necesarios para su correcto mantenimiento. Si se trata del uso, habría que ver los estatutos, las características del espacio, sus accesos, etc… para poder valorar lo que se puede hacer o no en el mismo.
Un saludo,
Buenas tardes,
Primero que nada agradecer vuestra labor de asesoramiento.
Seguidamente paso a exponer nuestro caso, aunque no se trata exactamente de cerramientos, si de derecho a «vistas o luz natural», tenemos un bajo comercial el cual tiene dos claraboyas que dan a un terraza o patio de luces interior que está compartida por los dos vecinos de la primera planta. Pues bien, por ambas claraboyas durante el día nos entra luz natural, pero recientemente ha cambiado el propietario de una de las primeras plantas y de golpe y porrazo, sin aviso ni consulta previa, la claraboya que da a su parte de terraza interior comunitaria, y que es el patio de luces del edificio, está totalmente tapada, no sabemos, porque no podemos verlo, como la ha tapado, la cuestión es que por esa claraboya ya no nos entra absolutamente nada de luz.
¿Dicho vecino tiene derecho a tapar dicha claraboya? ¿en el supuestos caso de que hubiera pedido permiso a la Comunidad para taparla(cosa que dudamos y además no nos consta) y se lo hubieran concedido sería legal retirarnos el derecho a luz natural que supuestamente tenemos?
Dicho local lo tenemos en propiedad desde el año 1995 y las claraboyas siempre han estado ahí, entendemos que por un derecho a luz natural que este local tendrá desde su construcción.
Buenos días, Pep:
Salvo sorpresa mayúscula, con los datos que nos das y sin revisar documentación, consideramos que parece evidente la existencia de una servidumbre de luces, por lo que deberías reclamar al vecino para que dejara libre la claraboya. Al tratarse de una servidumbre que afecta a dos vecinos, para modificarla hace falta acuerdo expreso de ambos, por lo que un acuerdo de junta en tal sentido sin tu consentimiento sería inválido.
Un saludo
Buenas tardes,
Compramos una vivienda hace un año que ya contaba con un cerramiento en la terraza, no sabemos cuando se hizo ese cerramiento porque era anterior a los anteriores propietarios. Ahora queremos cambiar las ventanas por otras más modernas y que aíslen mejor. ¿Necesitamos permiso de la comunidad para ello? Licencia de obra al Ayuntamiento entiendo que si…
Añadir que casi todas las terrazas del edificio tienen cerramiento.
Muchas gracias por su ayuda
Buenos días, Sara:
Las ventanas nuevas deben guardar la estética del edificio. Por lo tanto deberás o bien informarte de las condiciones o bien solicitar el permiso de la comunidad.
Un saludo,
Hola Buenas, tras leer toda esta pagina, por cierto muy buena y con buena informacion tengo varias dudas. Acabamos de adquirir un atico y queremos hacer un techado fijo con cristal y estructura de aluminio, de unos 3m por 2m aproximadamente, para sacar una caldera y una lavadora de la cocina. Por todo el tema del coronavirus no se va a poder realizar la reunion donde se puedan exponer todos los casos y diferentes aspectos. Tengo que esperar a realizar dicha reunion para su aprobacion?? Al ser solo un techado y no un cerramiento tambien tengo que pedir permisos?? en caso afirmativo hay alguna manera de agilizarlo?? Muchas gracias por toda su ayuda
Buenos días, Pablo:
El problema en detectado en la consulta es la palabra «fijo». ¿Hay estructuras similares en otras viviendas de la comunidad? En caso afirmativo, bastaría son comunicárselo al presidente. Ten en cuenta también que la normativa varía ligeramente de unos municipios a otros. Así, deberías consultar el proyecto a los servicios técnicos municipales y al presidente o al administrador.
De no haber estructuras similares, aparte de la consulta a los servicios técnicos, tienes que pasarlo por Junta necesariamente. Te recomendamos: https://micomuniweb.com/coronavirus-y-paralisis-en-las-comunidades-de-propietarios/
Un saludo,
Buenos días. Tengo una vivienda con una terraza. Parte de ésta se mete un poco dentro de salón a modo de pequeña galería, lindando a la izquierda con un vecino, con separación de muro perimetral, a la izquierda una cristalera fija que linda a mi salón, y en la parte trasera una puerta acristalada de entrada al salón, y al frente, la propia terraza; es decir, en tres de sus lados está cerrada (muro, cristalera, puerta acristalada). A la compra de la vivienda, obra nueva, contrate al constructor el meter ese trozo de terraza 6m2, dentro del salón, y el mismo día que firme la escritura, comenzaron las obras. Al no haber Asambleas de la Comunidad de Propietarios, no solicité nada, y el constructor me recomendó no solicitar licencia de obras. El caso es que después de año y medio, y habiendo solicitado yo por escrito que lo incluyeran en el orden del día de la Comunidad, sin que ésta atendiera mi solicitud, la Comunidad dime insta a regularizar la situación; al tener conocimiento por mi, hace más de un año. He solicitado la legalización de la reforma, pero esa parte de terraza la computaron al 50% en los planos, aún estando cerrada por tres lados. Quisiera saber que puedo hacer con el Ayuntamiento, pues si está cerrada por tres lados, debería ser 100%; otra cosa es que en la inspección cogieran toda la terraza al 50%, pero si un trozo está cerrado por tres lados, ¿?.
Por otra parte, lo vamos a llevar por fin a la Asamblea. Me imagino que con la regla de los 3/5 es suficiente, ¿no?.
Lo que realmente me preocupa es lo de los metros, pues el promotor agotó toda la superficie construida.
Muchas gracias
Buenas tardes,
Efectivamente, la regla de mayoría para el cerramiento de terrazas es de 3/5, requiriéndose autorización administrativa previa al acuerdo de junta autorizando las obras. Esto quiere decir que cuando se presenta al voto en asamblea hay que acreditar que la obra tiene todos los parabienes de la administración.
Sobre la legalización de la obra construida, no podemos ayudarte, porque es una cuestión puramente técnica y ha de ser un arquitecto el que ofrezca las soluciones. Por lo que nos cuentas, se deduce que la obra original agotaba los metros de edificación y con la obra que has hecho los metros de terraza que computaban al 50% pasan a computar al 100%, por lo que actualmente habría exceso de cabida. Si eso es así, no pueden legalizarse los metros de exceso.
Un saludo,
Buenas tardes,
Mi consulta es sobre un cerramiento en una terraza de un chalet. El chalet no tiene ático, en vez de ático es una terraza, parte habitable y otra con Pedraza. Se nos ha Ia ocurrido poder cerrarla y así evitar el ruido de la lluvia, el frió… Y además poder aprovechar la parte habitable. Se podría hacer? Aún no hemos adquirido la vivienda por lo que no podemos acceder al estudio y demás… Pero dependería de ello que la compráramos. El chalet es un adosado. Gracias
Buenos días, Marta:
Debes pasar la consulta primero a los servicios técnicos municipales, ya que en muchos municipios se podría considerar ampliación de la superficie de la vivienda. Luego, tantear a la comunidad. Al ser un chalet, no debería de haber problemas, pero habla con el propietario para que lo consulte a la administración.
Un saludo,
Hola!!! Quiero prolongar 50cm del suelo de mi galería y eso no se ve desde el exterior no he de tocar tampoco cristalera, tampoco se toca nada de la estructura del edificio sólo alargar suelo.
La galería da a un patio de la zona de mancomunidad pero dicha obra no se ve desde fuera.
Me gustaría saber si he de pedir permisos y como debería proceder? O si se podría haber sin pedir permisos?
Mi comunidad creo que no tiene estatutos. De 8 vecinos de la comunidad 6 ya han dado su conforme sólo nos faltaría del permiso del administrador con el ok del resto de vecinos de la Mancomunidad no? En la Mancomunidad somos 69 vecinos, pero me gustaría saber que más he de hacer para evitar problemas.
Un saludo y gracias
Buenos días,
No llegamos a entender qué significa prolongar el suelo. Si se modifican las dimensiones de la vivienda, se requerirá permiso de la Junta. En todo caso, puedes enviar el proyecto a nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas! Estaba interesado en cerrar una terraza y consulté en acta de la Comunidad el tipo de cerramiento aprobado y que hay que hacerlo con una empresa determinada. He pedido presupuesto y me piden más de 500 euros el m2, me parece demasiado. Tengo obligación de instalarlo con dicha empresa o puedo pedir otros presupuestos? Gracias!
Buenos días, Alberto:
No hay ninguna obligación de acudir a la misma empresa. Es más, iría contra las leyes de Competencia de mercado. Es común que figure la empresa par asegurar que los cerramientos sean idénticos. Caso de obtener un mejor presupuesto que ofrezca el mismo resultado, no se te puede obligar a contratar una empresa determinada.
Un salud,
Buenas tardes
Muchísimas gracias por su pronta respuesta. Me queda una duda sobre la misma.
Oficialmente, la terraza computa íntegramente en toda la documentación que poseo al 50%, pero la parte de terraza que yo he cerrado, tenia tres lados cerrados al momento de la compra; es decir, debería haber computado al 100%, desde la entrega de la vivienda.
Después de la compra, yo he cerrado esa parte, pero el problema entiendo yo, no es que yo haya ampliado la superficie construida de la vivienda, sino que al otorgamiento de la Licencia de Primera Ocupación, midieron de menos, por no tener en cuenta que ese hueco de la terraza tenía 3 lados cerrados, y debía de haber computado de forma oficial al 100% (esa parte).
Agradecería que me pudieras indicar, ¿que puedo hacer yo en ese caso ante la administración?
Muchas gracias
Buenos días, Juan Manuel:
Para una consulta jurídica más completa, puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas juridicas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días:
Hace unos doce años instalé en la terraza cubierta, con autorización de la comunidad, una cortina de vidrio Lumon. Actualmente se está reparando el edificio después de sentencia favorable en demanda contra la promotora por defectos de construcción. La fachada presenta problemas de fisuras y acabado del monocapa, si bien la sentencia, en segunda instancia, ha rebajado mucho la indemnización por esta cuestión; no obstante hemos preferido dedicar mayor presupuesto a este capítulo en detrimento de otros menos importantes. Cuando se ha empezado la obra se ha descubierto que la situación era peor de lo previsto en los frontales analizados de los forjados suelo/techo entre terrazas. El acuerdo de la comunidad con la empresa de reparaciones es que los propietarios con Lumon o toldos debían desmontarlos antes de la obra. Mi pregunta es si el coste de desmontar y montar dichos elementos corresponde exclusivamente al propietario. La duda me surge porque en caso de que hubiese que reparar o cambiar un bajante defectuoso con acceso exclusivamente desde el interior de una vivienda ninguno nos sorprenderíamos que los gastos originados en la solería o tabiquería de la vivienda sería por cuenta de la comunidad, e incluso los de desmontar y montar, por ejemplo, un armario hecho a media que impidiese el acceso
Buenos días, Emilio:
En principio, el coste del desmontaje y posterior montaje corresponde a la comunidad, teniendo tú la obligación de soportar las obras y el derecho de reclamar daños y perjuicios si se causaran, de conformidad con el artículo 9.1.c) de la Ley de Propiedad Horizontal.
Un saludo,
Buenas noches:
Muchas gracias por atender mi pregunta.
Querría saber si la respuesta es extensiva al montaje y desmontaje de los toldos que la comunidad también ha exigido que se desmonten mientras dura la reparación.
Por otra parte, me gustaría conocer a qué se refiere con la expresión «En principio,…».
Un saludo
Buenos días, Emilio:
Con «En principio…» queremos decir que, sin tener un conocimiento profundo del caso, la respuesta es una aplicación general de la Ley. Para consultas jurídicas más extensas, puedes utilizar nuestro servicio: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola, hace tiempo vivo en esta casa la cual tiene un cerramiento de PVC, son aprox 4 metros cuadrados con 5 cristaleras que se pueden desplazar, nosotros la compramos con el cerramiento ya realizado, llegamos a esta casa hace 12 años aprox, todo fantástico, pero yo empece a fumar y mi vecino me a amenazo con que me iba a denunciar con quitar el cerramiento de PVC y claro, yo no se si lo dice para meterme miedo o para que, yo no se nada del cerramiento, si tiene permisos del ayuntamiento, si esta aprobado en los estatutos, yo quiero pensar que si, porque si no, no le tendrían que haber dejado hacer el cerramiento a la anterior dueña, muchas gracias por todo y agradezco de corazón su tiempo
Buenos días, Pablo:
Nosotros no podemos saber las condiciones del cerramiento. Tendrás que consultar:
– Requisitos con los técnicos del Ayuntamiento.
– Estatutos o el acta donde se aprobara.
– El tiempo que lleva instalado: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Buenos días :
Gracias por su labor en esta web
Me gustaría exponer mi caso , vivo en un primero con patio , nuestros vecinos de los otros primeros ya habían realizado el cerramiento del patio por problemas con los vecinos ya que tiraban cosas pesadas y había un problema de seguridad para nostros .
Se aprobó en junta , y ahora el vecino de arriba que tiene nuestro techo del cerramiento muy cerca del suelo de su terraza dice que nos va q denunciar por falta de seguridad en su vivienda
Eso sería viable ya aprobado en junta ?
En su día no pedimos autorización al ayuntamiento porque el administrador no nos lo pidió ,Podríamos pedirla ahora para legalizarlo por si este problema fuera a juzgado con el vecino de arriba ?
Muchas gracias
Buenos días, Elena:
La aprobación en Junta en sí ya os da medio camino ganado. Respecto al permiso municipal, deberíais consultarlo con los servicio técnicos. Varía en cada municipio. No obstante, es verdad que vuestro vecino puede agarrarse a un problema de seguridad. Este es el típico caso que, si escala, acaba en el juzgado.
Para una consulta más profunda, puedes utilizar nuestro servicio de consultas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola, en mi comunidad han permitido en una junta ordinaria cerrar las terrazas con cortina de cristal. Con el paso de los años quiero ampliar el salón y poner unas cristaleras ( puertas correderas ) detrás de los cristales móviles. Puedo tener problemas con la Comunidad y el Ayuntamiento ?
Buenos días, Ana:
Antes de nada presenta el proyecto al Ayuntamiento.
Un saludo,
Hola. He leido el artículo y pone que si el cerramiento se pone antes de la constitucion de la comunidad de propietarios que no se puede hacer nada contra él. Esto es así?Gracias
Buenos días, Rocío:
El artículo dice que las obras estén contempladas en los estatutos. Es decir, que negro sobre blanco en el título constitutivo de la comunidad venga reflejado cómo tiene que ser el cerramiento si se instala.
Entendemos que tu consulta se enmarcaría mejor en la prescripción. Puedes consultar https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/ o puedes acceder a nuestro servicio de consultas jurídicas para un estudio pormenorizado de tu caso: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola buenos dias, he cerrado mi terraza con ventanas de aluminio y policarbonato en el techo, vivo en un chalet pareado con otro, mi vecino no me pone ninguna pega al cerramiento, los estatutos de la comunidad permiten hacer lo que consideremos, es en Logroño me gustaría saber si alguien pude poner pegas. Gracias.
Buenos días, Fernando:
Pronunciado tu vecino y estando contemplado en los estatutos, sólo te queda la voz de los técnicos municipales. Plantea la duda en el Ayuntamiento como que no va contigo y en función de su respuesta tomas una decisión.
Un saludo,
Buenos días, soy un propietario de un bajo con patio de uso privativo. el caso es que quiero colocar un cerramiento de techo cristal y carpintería metálica. lo tengo que solicitar en la reunión de vecinos pero me gustaría saber cual es el porcentaje de votos para que me dejen hacerlo.
un saludo y gracias
Buenos días, Pablo:
La mayoría que necesitas es de 3/5.
Un saludo,
Buenas tardes:
Un propietario ha realizado un cerramiento si autorización de la comunidad y mi duda me surge que si se trata en junta el requerimiento para que restaure la terraza a su origen, ¿ Qué mayoría es necesaria para aprobar dicho requerimiento?.
Gracias y muchas felicidades por la web
Buenos días, Juan:
La autorización para el cerramiento tiene que ser previa a la obra y requiere mayoría de 3/5.
Cualquier vecino puede pedir que en el orden del día se vote el acuerdo para requerirle si es necesario judicialmente para que reponga la terraza a su estado original. El acuerdo para iniciar actuaciones judiciales requiere mayoría de votos a favor.
Dependiendo del tipo de cerramiento, se puede consultar también si cuenta con licencia municipal, en cuyo caso es el Ayuntamiento quien puede requerir su retirada.
Un saludo
Buenas noches. Hemos comprado un piso I una terraza. Nuestra idea es hacer un cerramiento y poner estores como la muchos vecinos. Mi pregunta sería si dentro de nuestra terraza con cerramiento, se podría cambiar el color de la ventanas del piso y la puerta de salida a la misma, y el color de una de las paredes. Un saludo
Buenas tardes, Irene:
No nos queda clara la pregunta. Deducimos que todas las modificaciones que quieres hacer son en el interior de la terraza una vez realizado el cerramiento, y de ser así entendemos que no habría problema en hacer esas modificaciones mientras no afecten a fachada.
Un saludo,
Buenos días:
Soy propietaria en Madrid de un bajo con terraza de uso privativo y quiero hacer un cerramiento acristalado de pvc (no de obra) que da al salón y la cocina y cumpliría todavía con la legalidad del retranqueo hasta la fachada lateral del edificio y respetaría la estética del mismo. Serian unos 20m cuadrados y la terraza es de 150 metros.
Tengo la autorización por escrito tanto de la vecina de arriba como la de al lado que pueden ser las mas afectadas a la hora de realizar la obra por temas de seguridad.
Hay cerramientos acristalados en áticos e incluso habitaciones adicionales de obra en alguno de ellos todos sin permiso de la comunidad y desde hace mas de 10 años. El caso es que he pedido la licencia al ayuntamiento por el cerramiento y he pedido en muchas ocasiones al administrador realizar la junta para el oportuno permiso pero ahora mismo no es posible por covid.
Si el ayuntamiento me da la licencia me recomendáis posteriormente la aprobación en junta una vez haga la obra. ¿Puedo empezar la obra con el ok del ayuntamiento?¿Luego tendría que pasarlo por junta? Es techo panel sándwich y todo acristalado.
En áticos se han realizado obras parecidas y la comunidad no ha dicho nada y se han permitido. En un par de juntas lo comente y me dijeron que hiciera lo que quisiera como han hecho todos pero yo prefiero hacer las cosas bien y que como no estaba en el orden del día no se podía votar. Pero claro ahora no se pueden hacer juntas y de ahí mi pregunta si el ayuntamiento me da licencia puedo realizar la obra y posteriormente pedir autorización a la junta o ya no seria necesario??Si pido permiso posterior a la junta es necesario 3/5 partes de ok verdad??ya sea por acudir a la junta o por omisión una vez votado el si por los presentes verdad?
Gracias y la verdad que da gusto tener tanta información a mano.
Saludos
Saludos.
Buenos días, Laura:
Si hay trabajos similares en la comunidad, no es necesaria la autorización de la junta, sino ponerlo en conocimiento del presidente. Otra cosa es que el Ayuntamiento te pida algún documento que acredite la conformidad de la comunidad para darte la licencia.
Un saludo,
Hola buenos días, primero enhorabuena por la web.
Mi problema es el siguiente, tengo un pequeño balcón por el que cada vez que llueve me entra algo de agua y ademas mucho frio por los cristales. El seguro vino a mirármelo y me dijo que ellos no podían hacer nada.
He pedido presupuesto para cerrarlo con cristales (cortina de cristal la llaman) para que no afecte a la estética ni nada de eso. ademas mis motivos no son los de ampliar vivienda ni nada de eso, pues es muy pequeño, solo que quiero aislarlo del frio y la lluvia, proteger un poco que no nos llegue de forma directa al salón.
Algunos vecinos están empezando a poner pegas, pero no entiendo porque , si es casi por necesidad y no afecta a nadie y ademas me lo pago yo. He leído que si son piezas móviles y si con ello se ayuda a la eficiencia energética de la vivienda, igual no necesito permiso de los vecinos y puedo hacerlo.
Es asi? o debo pedir permiso para hacerlo?
Buenos días, María José:
Antes de poner en la mesa el cerramiento, debes plantear la localización de la filtración a la comunidad de propietarios. Es la comunidad quien se tiene que encargar de la impermeabilización y el seguro de la comunidad de los daños en tu vivienda. Eso, te da poder de negociación, ya que tu cerramiento ahorra dinero a la comunidad.
Efectivamente, como informamos en el post, hay ciertos cerramientos que no requieren de las autorizaciones pertinentes. Puedes utilizar nuestro servicio de consultas jurídicas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días,
tenemos un cerramiento de balcón en valencia, el cual venía con la vivienda cuando la compramos. El caso es que estuvimos mirando de cambiarlo entero, ya que entra bastante agua los días de mucha lluvia por uno de los laterales. Sólo encontramos empresas dispuestas a cambiarlo por completo, no a repararlo. ¿no se puede conseguir licencia para poder sustituirlo?
Si conseguimos una empresa que nos lo repare, si nos concedería permiso el ayuntamiento?
Muchas gracias.
Buenos días, Josep:
Para contestar la pregunta con garantías necesitamos saber las autorizaciones que se obtuvieron para construir el cerramiento.
Afirmas que ya estaba al comprar la vivienda, pero eso no nos aclara si el cerramiento se hizo con la autorización de la comunidad y con los permisos del Ayuntamiento.
Si no hay autorización de ningún tipo, podrías ampararte en la antigüedad la construcción, que se habría consolidado con el transcurso del tiempo, en cuyo caso te recomendamos que te limites a repararla.
Si en su día obtuvieron autorización de la comunidad y licencia municipal, deberíais seguir el mismo proceso: comunicar a la comunidad las modificaciones que se pretenden realizar y obtener la correspondiente licencia.
Un saludo,
Si un vecino cerro su terraza dejando los canalones por dentro y ahora dice q los saquenos y paguemos la comunidad.q hacemos?
Hola de nuevo, Daniel:
El propietario debió de dejar los canalones fuera al hacer su obra. Al haber modificado él la configuración, es su responsabilidad sacar los canalones.
Un saludo,
Te pueden embargar por deber 2500€ de comunidad?
Buenos días, Daniel:
La respuesta es sí. Anteriormente, habrá habido un apercibimiento al pago y un proceso judicial.
Un saludo,
La puerta del garage está en mal estado pero yo no tengo coche.tengo q hacer frente al pago de la derrama cuando yo nunca paso por ahí? Gracias
Buenos días, Daniel:
Salvo que los gastos estén individualizados, todos los propietarios están obligados al pago de las reparaciones de los elementos comunes, las utilicen o no.
Un saludo,
Buenos dias,
Estamos pensando en comprar un piso, entresuelo con una terraza.
A a la terraza se accede des de el comedor y al fondo de la terraza hay una zona techada.
Nuestra idea seria poder hacer un pasillo techado y cerrdado entre el comedor y la zona techada del final.
Como deberiamos empezar a afrontar los tramites, comunidad de vecinos y luego ayuntamiento?
Nos da miedo preguntar al ayuntamiento sobre el pasillo y que nos diga de la parte techada del final deba quitarse.
Nos puedes ayudar, vamos un poco perdidos.
Mil gracias.
Buenos días, Miquel:
Nuestro consejo en este tipo de obras es que se cuente con la autorización de la junta y con la licencia administrativa para evitar posibles problemas a posteriori una vez finalizada la obra.
Como paso previo, convendría comprobar si la zona ya techada se realizó con licencia o sin ella, pues si se hizo sin licencia difícilmente el ayuntamiento autorizará ampliarla.
Por último y también en relación con la zona ya techada, si la misma tiene una antigüedad superior a 4 años la obra ya estaría consolidada aunque se hubiera llevado a cabo sin licencia y no podría acordarse su derribo.
Un saludo,
Si el vecino de arriba a cambiado el parqué y a mi abajo me salen rajas,es motivo de denuncia?cuando tiene un hijo grande q no para de poner la musica a tope y saltar?gracias.estoy muy quemado
Buenos días, Daniel:
Si un perito achaca tus grietas a la obra del piso de arriba, puedes exigirle el pago de las reparaciones. Respecto a la música, si el trato verbal es insuficiente, puedes llamar a la policía para que hagan una medición de ruidos.
Un saludo,
Buenos días
Una de las vecinas de mi edificio, compró su piso hace 35 años en el que el antiguo propietario hizo un cerramiento de la terraza anexando tejado con el comunitario. Ahora ese tejado (sólo esa parte) tiene filtraciones, y la vecina indica que es un daño que tenemos que asumir entre todos los vecinos.
La obra realizada se hizo anterior a constituir comunidad y de hecho no creo ni que pidiera permiso para ello el propietario inicial ¿realmente corresponde a la comunidad asumir la reparación de esos daños si sólo afecta a la parte de su cerramiento? En caso contrario ¿qué se podría alegar o qué información debemos tener para negarnos a ello?
Muchas gracias
Buenos días, Elena:
La respuesta genérica a tu pregunta, sin revisar documentación ni comprobar detalladamente tu caso particular, es que la reparación tiene que ser asumida exclusivamente por el propietario, máxime cuando dices que las únicas filtraciones se producen en la parte del cerramiento instalado por aquel y que el cerramiento se llevó a cabo antes de constituirse la comunidad.
Un saludo,
Hola, tengo un problema con la administración de fincas y el presidente. compramos mi ex pareja y yo hace 25 años un ático con un trozo de terraza cubierta (igual que el vecino de al lado) Al entrar reformamos el piso y hicimos el cubierto de aluminio y ventanales. Pedimos permiso de obra pero no para cerrar, ya que eso nos lo encontramos. En el año 2019 hicieron la revisión del edificio y dijeron que todo estaba correcto. En verano de este año me mandan un e.mail (yo ahora no vivo en el piso) diciendo que he de tirar la construcción por ser ilegal y he de pagar yo .(hace 12 años volví a comprar el piso y sale en la valoración del piso que está cubierta, no se si los vecinos primeros pidieron permiso pero creo que esta desde los años 70)y porque esta poniendo en peligro el edificio y el vecino del piso de abajo tiene humedades. He de correr con los gastos? Mi vecino tiene la misma construcción en hierro y con más de 35 años! què pasos he de seguir! Gracias
Buenos días, Montse:
Sin conocer el caso en detalle, parece que se están mezclando conceptos.
– La obra parece estar completamente consolidada, por lo que no pueden reclamarte la restitución.
– Si el vecino de abajo tiene humedades procedentes de tu cerramiento, y hay un informe pericial que lo acredite, sí deberías realizar a tu cargo, por haber modificado la configuración original, las actuaciones necesarias para corregir las humedades de tu vecino.
Un saludo,
Buenas tardes, ¿puedo cerrar una jardinera de obra que está en la fachada de mi edificio? El acceso lo tengo desde el salón de mi casa. Dicho cierre se contempló hace un par de años en el estudio de fachada que elaboró mi comunidad de vecinos. El Ayuntamiento me abrió un expediente por una denuncia y quieren pedirme orden de demolición, porque ya está agotada la edificabilidad. Pero me surge la duda al estar contemplado en nuestro estudio de fachada, gracias.
Buenos días, Diego:
El dictamen del Ayuntamiento prevalece sobre los acuerdos de la comunidad. Se podría recurrir si el estudio de fachada fue aprobado por el Ayuntamiento.
Un saludo,
Buenas noches,
Primero felicitarles por la web, es de gran ayuda!!
Quería saber si tengo posibilidades de cerrar una parte de un patio trasero, se trata de una comunidad de chalet, el patio es trasero y hay algún vecino que lo tiene cerrado con estructuras similares a las terrazas de los bares (de plástico)
Muchas gracias
Buenos días, Elena:
Si tus trabajos con similares a los de los vecinos y sus cerramientos han sido aprobados en junta o llevan mucho tiempo hechos, consulta https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/, simplemente informa al presidente o al administrador de que vas a hacer lo mismo.
Un saludo,
Buenas tardes,
Tengo una terraza y estaba pensando hacer algún tipo de cerramiento que no supusiera obra por facilitar todo el proceso administrativo.
Mi duda es, que en las escrituras de mi piso, dice expresamente lo siguiente: «sin que en la
misma puedan realizarse construcciones temporales o fijas de ninguna clase»
Agradezco si me pudieran indicar que pasos tendría que seguir, o si es posible hacer algún cerramiento sin necesidad de solicitar permisos al ayuntamiento informando tan solo a la comunidad, o haga lo que haga, por básico que sea, tengo que pasar por ayuntamiento y comunidad,……
Gracias de antemano.
Un saludo y enhorabuena por la web y por sus valoraciones.
Buenos días, Jaime:
Obviamente, no lo tienes fácil. Si ese punto está expresado tal cual en las escrituras, el cerramiento sólo puede ser aprobado por unanimidad de la Junta. La licencia administrativa (del Ayuntamiento) no es necesaria si el cerramiento es móvil.
Un saludo,
Hola. Acabo de comprar una vivienda en la que la galería es descubierta, aunque está perfectamente delimitada por una valla de metal que permite pasar aire. Estaba evaluando techarla (he visto al menos un vecino que lo ha hecho ) y aislarla con un cerramiento plástico. El edificio tiene 10 años. ¿Necesito permiso de los vecinos para hacerlo?
Buenos días, Irene:
Si la obra que pretendes realizar es igual a las de tus vecinos, sólo necesitas notificarlo al presidente.
Un saludo,
Buenas tardes,
Disculpad no haberos respondido antes, no lo había visto. Gracias por tan rápida respuesta
Por JUNTA te refieres a vecinos, no?
Saludos
Buenos días, Jaime:
Sí, la Junta de propietarios es la soberana de lo que pasa en la comunidad.
Un saludo,
Hola, en 1998 compramos una casa de dos plantas y en la tercera hay una terraza en donde hemos puesto una pergola. El vecino de al lado esta a una altura inferior (en una segunda planta y a unos cinco metros) y nos pide que subamos el muro que da a su lado. Con esto perderiamos toda vista, aire y luz que tenemos ahora y no sabemos si tenemos que hacer la obra que nos dice.
gracias por vuestra ayuda
Buenos días, Alejandro:
Entendemos que son dos casas individuales y que lo que el vecino pide es privacidad. En principio, no hay ninguna obligación de subir el muro.
Un saludo,
Hola, buenas noches.
Lo primero, daros la enhorabuena por la web y la información que aportáis. Llevo tiempo interesándome por estos temas y no había dado con vosotros.
Os planteo mi duda: Próximamente me vana a entregar una vivienda (un primero con terraza abierta en Madrid), y tengo en mente cerrar una parte para utilizarlo como pequeño despacho.
Como indicáis, necesitaré contar con la autorización de la comunidad (que puede o no ser), y del ayuntamiento (que por lo que tengo entendido, en Madrid no es proclive a ello).
Ante esta situación, hace tiempo vi información de que el Ayuntamiento puede plantear problemas al realizar un cerramiento al uso (anclado al edificio) al considerarse que afecta al bien inmueble ampliando su superficie, pero que no pueden denunciarte si lo que tienes instalado se trata de un bien mueble al no estar amparados por la LPH (algo móvil, sin anclajes de ningún tipo, asimilable a un armario o caseta de jardín).
Mi idea es agarrarme a esa opción, y que mi cerramiento sea algo así, de cristal y aluminio, pero sin anclajes, una especie de cubo completo, con maceteros anexos para darle estabilidad como he visto en algunos cerramientos. ¿Puedo tener problemas con esta vía?
Gracias
Buenos días, Ignacio:
Nuestra recomendación es que te informes de los cerramientos tipo lumón, que se adecúan a las características que describes en el comentario.
Hay varias sentencias de Audiencias Provinciales que resuelven diciendo que ese tipo de cerramiento no afectan a la estética exterior del edificio y ni siquiera requiere la autorización de la junta de vecinos para proceder a su instalación.
Un saludo y feliz año!!!
Buenas tardes, ante todo muchas gracias por su estupenda web.
Mi duda es la siguiente: estoy planteándome comprar una casa con terraza abierta, pero es difícil encontrar pisos que no las hayan cerrado. He encontrado una casa que me gusta bastante pero tiene cerramiento de cristal y aluminio. No parece que el propietario haya tocado ningún elemento estructural, más bien ha añadido el cerramiento por detrás de la barandilla.
Mi pregunta es: ¿qué pasos debería seguir para quitar ese cerramiento y dejar la terraza como estaba configurada originalmente? ¿Hay que pedir permiso en este caso (que es deshacer en vez de hacer? En caso de que sea así, ¿podrían denegármelo? Esto último es muy importante porque si no puedo quitar el cerramiento buscaría otro piso.
Un saludo cordial y muchas gracias.
Buenos días, Lola:
En principio, no deberías tener problema para quitar el cerramiento, ya que es restablecer al original. No obstante, sí podrías tantear con el administrador de la comunidad el clima entre las viviendas.
Un saludo,
Muchas gracias por la respuesta. Al final encontré otro piso que me gustó y lo he reservado, este con la terraza ya abierta. El único problema que tiene es que está algo deteriorada, se ven irregularidades en el terrazo del suelo y la barandilla de metal está deteriorada.
Entiendo que al ser una zona común, el arreglo debería ir por cuenta de la comunidad, ¿no? No sé cuál debería ser el proceso a seguir. Para arreglarlo, ¿es preciso que deba hacerse remodelación en general de los otros balcones (algunos de ellos están acristalados)? ¿O podría arreglar el mío y pasar la cuenta a la comunidad?
Un saludo cordial y muchas gracias de nuevo.
Buenos días, Lola:
Si el deterioro está derivado de la falta de mantenimiento, corresponde la reparación al propietario.
Te recomendamos: https://micomuniweb.com/quien-paga-reparaciones-elementos-comunes-uso-privativo/
Un saludo
Nosotros también queremos comprar un piso en un edificio en el que todas las terrazas se han cerrado, pero nosotros querríamos abrir la terraza para dejarla en su estado original. Podremos hacerlo?
Buenos días, Alberto:
No debería de haber ningún problema en restablecer el inmueble a su estado original.
Un saludo,
Buenos días;
Me parece muy interesante la info de esta web.
Vivo en un edificio en el cual todos los vecinos de mi mano, menos yo, tienen cerrados los balcones desde hace años, por lo que llamé a la administradora y me dijo que no había problema, que podía cerrarlos.
Llamo al ayuntamiento y me dicen que no me dan permiso, que ni ahora ni nunca, que salió una normativa por la cuál sólo podría cerrar el balcón si lo lleva acabo toda la comunidad y si el ahorro energético es del 30%.
¿Esto es así?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
Buenos días, Marina:
No podemos saber si es así, porque tiene pinta de que responde a una ordenanza municipal. Estando todos los balcones ya cerrados, reúnete con los técnicos para ver cómo se podrían cumplir las condiciones.
Un saludo,
Buenos días;
Gracias por la pronta respuesta.
Por lo que me han dicho hace referencia a un real decreto publicado en el BOE, y no he encontrado que prohiba el poder cerrar el balcón, pero el aparejador así me lo confirma y no me va a dar permiso, dice como que voy a ocupar «volumen» que no me pertenece.
Un saludo y muchas gracias.
Hola,
Tengo un patio comunitario de uso privativo (vivienda adosada), de unos 23m2, y querría construir una piscina (ni siquiera lindaría con ningún vecino). ¿Como debería ser la aprobación por parte de la Comunidad?
Gracias de antemano.
Buenos días, Dolores:
Necesitarías unanimidad para poder realizar esa obra.
Un saludo,
Hola, buenos días!
Mi duda es justamente lo contrario, en su día el piso que vamos a comprar mi pareja y yo, tenía balcones, la familia los cerró pero yo siempre he tenido balcón y lo voy a echar mucho de menos… Que tipo de protocolos de actuación debemos seguir si quisiéramos abrir un balcón?
Buenos días, Maite:
Como lo que se pretende es devolver el edificio a su configuración original, bastaría con notificarlo.
Un saludo,
Hola buenos días, me alegra haber encontrado este foro
Yo estoy pensando comprar un primero que tiene una terraza bastante grande, aproximadamente de unos 30 m, me gustaría tener un poco de privacidad porque todos los vecinos de la urbanización pueden ver mi terraza completa.
Lo que se me ha ocurrido, para no infringir las normas que tiene mi comunidad, exponer una pérgola con lamas bioclimáticas si se pueden mantener cerradas incluso durante el invierno y según he leído aguantan bien la lluvia.
Qué opináis sobre esto?
Muchísimas gracias de antemano
Buenos días, Faty:
Debes comprobar que dicha instalación sea amovible y que no contravenga la seguridad de las viviendas de tus vecinos. Si ya has verificado las normas de la comunidad y no infringes ninguna, adelante.
Un saludo,
Buenos dias, tengo un atico donde quiero cerrar la mitad de la terraza acristalada y un techo movil, pero no que empiece desde el muro ni nada similar, todo iria a mi suelo de la terraza, tipica pergola cuadrada de 3x4m creeis que haria falta permiso tanto del ayuntamiento y comunidad? el ayuntamiento suele dar estas cosas?
muchas gracias, un saludo.
Buenos días, Jorge:
Es imposible darte una respuesta sin ver el tipo de instalación que deseas realizar. Lo que te recomendamos para que no tenga pegas es que utilices cerramientos tipo lumón, que no tienen vértices metálicos. Los anclajes al suelo de la terraza tampoco están permitidos salvo que la comunidad te de autorización expresa, pues afectan a la cubierta del inmueble, que es elemento común, y pueden provocar humedades. Lo más garantista y conservador es que hagas la consulta tanto en el ayuntamiento como en la comunidad antes de instalar nada para evitar problemas.
Un saludo,
Buenos días,
En primer lugar, quiero agradeceros el servicio que prestáis, da gusto encontrar consejos tan útiles.
El año pasado adquirí una vivienda con un cerramiento de terraza ya hecho, según las fotos de Google Maps, como mínimo en 2008. Obviamente el propietario anterior no mencionó si el cerramiento estaba legalizado o no, como otros 15 en un edificio de 60 vecinos.
Al comprar la vivienda, y dada la mala calidad de los materiales utilizados en dicho cerramiento, decidimos cambiar las ventanas, sin modificar la tipología del cerramiento, por unas más eficientes, pero estéticamente idénticas.
Aprovechando la coyuntura, el vecino de al lado nos ha denunciado por que por lo visto llevaba años queriendo que quitaran ese cerramiento y en su momento no lo denunció, y debido a la denuncia, el ayuntamiento nos ha abierto un expediente sancionador.
Según un acta de la comunidad de propietarios de 2005, está permitido realizar cerramientos, y cito textualmente «similares a los ya existentes», pero no hay Proyecto Conjunto de Fachada, ni estatutos de la comunidad que digan nada más.
Hemos alegado que el cerramiento es anterior a nuestra compra, y hemos contratado un arquitecto para legalizar el cerramiento, hemos demostrado la antigüedad del mismo al Ayuntamiento con fotos, y hemos aportado el acta mencionada que el cerramiento está permitido por la comunidad y aún así el Ayuntamiento nos pide el Proyecto Conjunto de Fachada para terminar de legalizar el asunto.
El Presidente de la Comunidad y el Administrador dicen que eso no es problema de la comunidad de vecinos, que es un problema particular entre vecinos, y se niegan a convocar una Junta Extraordinaria para la aprobación del Proyecto.
Ya no sabemos qué más hacer.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Buenos días, Fénix:
La Junta puede ser convocada por el presidente o por un 25% de los vecinos. Para ella, cualquier vecino tiene derecho a incluir puntos en el orden del día. Puedes acceder a un servicio jurídico personalizado en https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas tardes, tengo una duda sobre un cerramiento que quiero hacer espero que me podaís ayudar.
Vivo de alquiler en una casa, tengo un pequeño espacio en el exterior de la casa, esta delimitado por el muro lateral de la cocina de la casa y por un pequeño muro de ladrillos, y da a pie de calle. Mi pregunta es: podría sustituir la pequeña puerta de 50cm de altura por otra puerta de tablones de madera de 1,50cm de altura, este espacio lo utilizo para tender la ropa y preferiría tener mas privacidad.
La propietaria en principio no nos pone ninguna objeción, he de pedir algun permiso especial? Gracias
Buenas tardes, Vanesa:
La propietaria debe consultarlo con la comunidad de propietarios: ver actas, estatutos, precedentes, etc.
Un saludo,
Hola, hemos adquirido un ático con uso y disfrute de la terraza, pero la terraza esta cerrada por la comunidad desde hace varios años, concretamente se cambio el cerramiento en el año 2008. Lo que me ocurre es que voy hacer obra en la vivienda y este cerramiento no hace que mi vivienda sea habitable . ¿Qué debo de hacer si la comunidad no acepta que elimine el cerramiento?
Buenos días, Jesús:
¿Por qué la comunidad cerró la terraza? Esa es la pregunta. Restablecer a su estado original el edificio no requiere de permisos.
Un saludo,
Buenos días,
Cerraron en su momento la terraza del atico por filtraciones al piso de abajo. En vez de arreglar las filtraciones, pero debido a eso mi piso no es habitable al hacer una reforma de manera legal, ya que no dispone de ventilación ni luz directa según normativa vigente. Como puedo hacer si los vecinos no me dejan quitar el cerramiento.
Buenos días, Jesús:
Imaginábamos que esa sería la razón. La alternativa al cerramiento es levantar toda la terraza y proceder a una impermeabilización con garantías.
Un saludo,
Sin duda un artículo excelente, buenísima información.
Muchas gracias por el comentario.
Un saludo,
Si quiero hacerlo y es que con fecha 1995 y en junta la propietaria del atico hizo la solicitud de la instalacion de un cerramiento verbalmente en dicha junta, la cual se le concedio y se le pide de compromiso «»que en caso de necesitarlo la comunidad sea retirado y que aportara un croquis y el uso que tenia pensado hacerse «». Posteriormente se hizo la instalacion y nunca ha aportado lo que se le solicito y actualmente existen gotera en lospisos inferiores y no se sabe con certeza de donde proceden. Para su reparacion total se tiene de levantar la instalacion, pero actualmente no lo quiere hacer.
Se supone que en su dia NO solicito permiso del ayto y la concesion que se le hizo en la junta tambien esta por terminar de cumplir. Muchos dicen que ya ha prescrito, pero el art. 1963 del c.c., dice que hay 30 años para que se pueda impugnar esta instalacion. Que hay del todo-
Buenos días:
En caso de filtraciones en los pisos inferiores, ese propietario debe permitir todos los trabajos necesarios para solucionarlo, independientemente de las condiciones de la instalación. En caso de no permitirlo, la comunidad podría demandarle. Además, si las goteras se demuestran consecuencia directa de la instalación, se le podrían llegar a reclamar los gastos. Para una información más profunda, puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo
Hola, en su momento hice un comentario sobre la denegación de la licencia sobre la retirada de las barandillas de mi fachada. He hecho recurso de reposición desmontado todos los párrafos del informe que emitieron. Después de pasados dos meses y medio cuanto tienen un mes para resolver, me re quieren documentación, informe técnico de seguridad y acuerdo expreso de la Comunidad de Propietarios del inmueble aceptando la modificación estética de la fachada. Entiendo que es un agravio comparativo porque un vecino denunció a su vecino colindante por la retirada de las barandillas y el ayuntamiento le dijo textualmente que su reclamación debería resolverse en el ámbito privado y archivó el expediente. ¿Qué mayoría se necesita para que el acuerdo de la Comunidad sea favorable?
Muchas gracias de antemano, sois de gran ayuda.
Buenos días, María:
La mayoría necesaria para este tipo de actuaciones es de 3/5 desde la reforma de la LPH de 27 de junio de 2013.
Un saludo,
Buenos días
Tenemos una casa rústica que comunica la planta baja con el primer piso, mediante una escalera exterior.
En base a la normativa vigente no se pueden realizar ampliaciones, pero sería posible cubrirla con algún tipo de cerramiento (preferiblemente acristalado) sobre todo techo para integrar ambas zonas.
Por supuesto solicitando los permisos pertinentes al ayuntamiento, y que no suponga una ampliación de metros construídos y únicamente se considere cubierta para su uso común.
En tal caso que tipo de materiales se podrían emplear
Gracias
Buenos días, Juan:
Nosotros tratamos sobre Ley de Propiedad Horizontal. Hay empresas especializadas en el sector que te pueden proponer alternativas. Puedes consultarlo en nuestro directorio: https://micomuniweb.com/empresa/
Un saludo
En mi comunidad hay terrazas abiertas con sus barandillas originales de 7 barras , terrazas abiertas con barandillas de 4 barras, terrazas cerradas con barandillas de 7 barras originales, terrazas cerradas con barandillas de 4 barras y terrazas cerradas sin barandillas. Mis barandillas se encuentran en muy mal estado y de todas las opciones que hay como vecina nueva que soy pensé en que la mejor opción era la de retirar las barandillas porque las barandillas no tienen ninguna función una vez realizado el cerramiento de las terrazas. Solicité permiso al ayuntamiento y me fue denegado. He realizado recurso de reposición y me han requerido informe técnico para demostrar la seguridad y también acuerdo expreso de la Comunidad de Propietarios aceptando la modificación estética de la fachada. El tema está en que el ayuntamiento dio permiso a la Comunidad de Propietarios hace 5 años al cambio de las barandillas de 7 barras por las de 4 implicando en mi opinión una alteración llamativa del aspecto visual de la fachada del edificio. De haber sido propietaria en aquel momento no lo hubiese permitido. Mi pregunta es, ¿Qué mayoría necesito en el acuerdo de la Comunidad para que el ayuntamiento me conceda la licencia? ¿Podría solicitarme unanimidad a sabiendas que ha habido propietarios a los que no se les ha exigido dicha mayoría?
Buenos días, María:
Tal y como apuntamos en la respuesta anterior, la mayoría necesaria para acuerdos sobre la configuración estética es de 3/5 desde la reforma de la LPH de 27 de junio de 2013.
Un saludo,
Vivo en una comunidad de propietarios donde tenemos terrazas comunitarias de uso privativo.
Una vecina hace ya 12 años planteo a la comunidad un porche y se le aprobo con unas medidas de 2m de fondo por 6m de ancho y 3metros de alto para este porche.
En el ayuntamiento le dieron licencia para hacer el porche con 2,5metros de fondo por los 6m de ancho y 3 metros de alto.
Finalmente completo el porche con 3 metros de fondo por 6,30 de ancho (invadiendo hasta 15 cm de medianera por su parte superior, tejado, de las terrazas de los vecinos colindantes, ella es la vecina que esta en medio, y los 3 metros de alto.
Luego al cabo de unos años sin pedir permiso ni a la comunidad ni al ayuntamiento cerro aprovechando la medianera e invadiendo desde el suelo 5 cm además de los 15 cms ya comentados en el tejado del porche.
Cuando hemos solicitado hacer nuestro porche, como quiere la comunidad para que respetemos la estetica de la comunidad nos han pedido que creemos un tejado corrido del porche (y así evitar humedades), pero este vecino se niega si no le pagamos una cantidad muy alta porque alega que es la mitad de lo que le costó el poner el cierre de cristal y madera que esta sobre nuestra medianera y sino no permitirá retirar sus tejas y que se coloque corrido nuestro tejado.
Nosotros ofrecemos restituir todas las tejas retiradas y dejarlo igual que estaba o incluso mejorar si se encontrase algun desperfecto (sellado de humedades) al levantar esas tejas.
Como deberias actuar y que debemos alegar para que se nos permita poner ese tejado?. Es legal que nos quiera cobrar por una pared que no hemos pedido en ningún momento?
Es posible que en una inspección le hagan retirar el cierre de cristal o incluso replantear las medidas del porche aunque hayan pasado años?
Espero noticias suyas. Un saludo
Buenos días, Jesús:
Esa pregunta es demasiado compleja para ser respondida a través de un comentario en un blog. Te recomendamos hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola muy buenas, me gustaria me pudieran ayudar con un problema bastante gordo para mi. Acabo de comprame una casa en una urbanizacion nueva, tengo la intencion de poner una red de proteccion/anticaidas en la terraza, por la seguridad de mi mascota, y cual es mi sorpresa cuando me dicen que no puedo hacerlo por que altera la fachada del edificio(si han aceptado poner toldos, vinilos, brezos e incluso acristalar terrazas). Es cierto que no puedo poner una simple mosquitera? ¿y si pusiera la red dentro de mi terraza sin usar la barandilla nii elementos comunes para asegurarla?
Buenos días, Borja:
Es una cuestión compleja, porque para este tipo de cerramientos no hay un criterio definido. Si la malla está anclada hasta techo se puede considerar cerramiento y requeriría autorización con voto a favor de 3/5 de la junta.
Para redes que no cierren completamente la terraza y no tengan postes o vigas, es más sencillo defender que es una estructura móvil y que no necesita autorización.
Un saludo,
He llamado por teléfono y me han dicho que unanimidad, así que, aún pagando por la memoria técnica (más de 300 euros), me van denegar la licencia porque de los 26 propietarios , 32no me dan el consentimiento. De esos 3, 2 han hecho cerramientos de terrazas sin permiso de los vecinos y tampoco del ayuntamiento. El ayuntamiento es el de Bilbao. Estoy pensando en hacer una reclamación al Ararteko .
Buenos días, María:
Para un asesoramiento más completo, puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas noches,
Vivimos en una comunidad de vecinos donde la medianía entre balcones con la vecina colindante es mediante una separación de madera de 2m de altura aprox.
Hay que tener en cuenta que la zona colindante entre balcones hace la función de lavadero y no afecta a la fachada exterior, ya que tiene madera decorativa en la estética del edificio.
Nuestra intención es ampliar la altura de la medianía hasta el techo de los balcones superiores 2,40m aprox) por varios motivos: aprovechar la altura para almacenamiento, aislamiento con la vecina, ruidos y evitar posibles intentos de robo.
Contamos con la aprobación de TODOS los vecinos, excepto de la vecina colindante.
Para su negativa cada vez alega una cosa diferente: el material propuesto (que no es más ni menos que el mismo tipo de chapa que tiene en su terraza para evitar el agua de la lluvia), la falta de luz (que la misma chapa que tiene actualmente le obstaculiza el paso de la misma), pero el motivo principal es la venganza por motivos personales (así lo ha dejado escrito un en mensaje privado). Como debemos proceder? Teniendo la aprobación de todos los vecinos, excepto ella podríamos ampliar la altura de la medianía?
Es importante señalar que esta chica siempre es conflictiva con las decisiones de la comunidad.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Buenos días, Cristina:
Con la aprobación del resto de vecinos, se puede ejecutar el trabajo. Eso sí, ella se guarda su derecho a demandaros si demuestra daños por la obra.
Un saludo,
Hola , hace un año compramos un bajo con terraza a un jardín interior , tenemos problemas ya que nos tiran de todo tipo de clase de cosas desde basura , hasta cabello y botellas de cristal queremos tapar y algunos vecinos se oponen y en principal el vecino de el entresuelo que viene siendo un primero. Pero el otro bajo tiene un cerramiento térmico y no se opusieron , quisiese saber que podemos hacer , gracias
Buenos días, Heymi:
Si instaláis un cerramiento similar al del vecinos, igualdad de condiciones, no deberíais tener problemas, ya que ese tipo de instalación ya ha sido aprobada para otro.
Un saludo,
Muchas gracias , por responderme, y que excelente labor la que hacéis brindando este tipo de información .
Muchas gracias , por responderme , el problema es que an dicho que nos denunciarán si cerramos nuestra terraza. Y el vecino que ah hecho el cerramiento lo hizo hace 15 años y nadie le dijo nada . Que podríamos hacer en ese caso. .
Buenos días, Heymi:
Para un análisis pormenorizado del caso, puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Muchas gracias por vuestra respuesta y la ayuda que nos habéis prestado!
buenos días. Mi suegro hizo una reforma para cerrar el balcón y convertirlo en salón, hace 29 años. El balcón linda con un balcón común de 2m2 y después está el de la vecina. Antes había barandilla de separación entre los dos balcones. Ahora mismo está nuestra ventana, el hueco de 2m común y su barandilla. Toda reforma se aprobó en junta y con los permisos del ayuntamiento. LA vecina puso una planta de grandes dimensiones en el hueco común lo que supone no poder abrir la ventana de esa zona, creando mucha suciedad de hojas y mosquitos. Nosotros queremos que quite la planta y limpie la zona ya que empieza a ser insalubre, ella y el presidente dicen que no creen que mi ventana sea legal ya que mira hacia su balcón, aunque haya un balcón común por medio. Pedimos que si no quiere tener visibilidad en esa zona, haga un parabán o ponga la planta pero en su zona ya que no ha tenido consentimiento para poner la planta en la zona común. Si nosotros quitamos la planta dice que nos denunciará. En los estatutos no dice nada sobre los cerramientos y me encuentro con el presidente y la administradora sin ayuda, me tengo que buscar yo la vida. Que puedo hacer? y quien tiene derecho en esta caso? Gracias
Buenos días, Amalia:
Te has respondido. Tu cerramiento se produjo con el permiso favorable de la junta y la autorización administrativa, por lo que es completamente legal. Podéis someter a votación en junta la planta en las zonas comunes. Si saliera favorable el voto, sólo te quedaría alegar el perjuicio que te supone para forzar su retirada. En este sentido, nuestros profesionales pueden aportarte asesoramiento jurídico en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas tardes
Nuestra vivienda es un bajo con terraza comunitaria de uso privativo de acceso sólo desde la vivienda. La terraza está delimitada por un muro de ladrillo de 60 cm de altura aprox. y sobre él una verja de barrotes verticales de 100 cm aprox. de altura. Para evitar la entrada a través de los barrotes de suciedad desde el exterior, de animales tales como gatos, y para un mínimo de privacidad queremos instalar una malla que no supera la altura total de la verja y que ofrece una ocultación mínima. ¿Es necesaria su aprobación por la comunidad de vecinos? Gracias
Buenos días, José Ignacio:
Al tratarse de una instalación que afecta a un elemento común de uso privativo y por extensión a fachada, sí que requiere la autorización de la Junta.
Un saludo,
Buenas tardes
Muchas gracias por vuestra respuesta. ¿Y eso sería así aún cuando la malla se pusiera por la cara interior de la verja? La sujeción sería mediante bridas. Gracias de nuevo.
Un saludo.
Buenos días,
De lo que depende es de la estética. Si no se ve, no habría problemas.
Un saludo,
Buenos días. Vivo en un primero, y mi vecina del bajo ha anclado la estructura metálica para su toldo en la fachada del edificio, en el saliente de mi balcón y no por debajo del forjado. Me gustaría saber como está la ley con respecto a la altura y al anclaje en la fachada ya que ni siquiera ha pedido permiso a la comunidad. Muchas gracias.
Buenos días, Ainhoa:
La ley está que si no ha pedido permiso a la junta ni al Ayuntamiento y su obra no es igual que la de otros, puede solicitarse su retirada. Puedes consultarlo en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Buenas tardes,
en mi comunidad se ha aprobado en junta que se pueden instalar las cristaleras con perfiles mínimos y cual debe de ser su color. Ahora un vecino quiere colocar una cristalera en su atico y el presidente de la comunidad dice que debe de presentar un proyecto y que hay que mirarlo con un arquitecto porque se trata de una topilogía de apartamento diferente. Yo no he buscado el acta donde se aprobó la instalación de cristaleras pero esto no sería discriminación y abuso de poder?
Gracias por su respuesta,
Mónica
Buenos días, Mónica:
El propietario puede hacer la instalación tal y como figura en el acta.
Un saludo,
Buenas tardes
Tengo dos gatos y vivo en un 5 piso, queremos instalar unas redes en la terraza que son completamente transparentes, es necesario pedir permiso a la comunidad?
Buenos días, Jessica:
Si son completamente transparentes y no requieren de instalación «fija», puedes instalarlas.
Un saludo,
Hola. No se si pueden resolver mi duda. Mi hermana y yo tenemos una vivienda por herencia que consta de un local bajo, una vivienda encima y azotea.
El local era de restauración pero tiene un cuarto de acceso exterior de unos 2m cuadrados de glp. ( una puerta de metal pequeña en el exterior para acceder a ese cuarto para las bombonas que ya no hay. Me interesa quitar esa puerta pequeña y cerrarlo y desde dentro quitar esos bloques (que antiguamente no estaban, pero en uno de los alquileres alguien lo monto) por lo que no es una pared importante, ya q no existía anteriormente. Al ser vía pública entiendo que mínimo pedir licencia menor, pero ahí está la duda. Es una menor o es una mayor? He mirado en normas de edificación en mi ayuntamiento y solo menciona cerramientos terrazas o porches. Y me parece excesivo pensar en un proyecto para la licencia de obra mayor para hacer dicho trabajo ya que entiendo q por anteriores licencias ( consta dicho cuarto notificado en el ayuntamiento ) ya que en el certificado de antigüedad aparece dicha mención. También saber si hacer paredes de pladur hace falta licencia de obra mayor. Gracias por la ayuda de antemano…
Buenos días, Lucía:
Antes de proceder a la solicitud formal de la licencia, preséntaselo a los técnicos municipales y ellos te indicaran si es mayor o menor.
Un saludo,
Hola ,buenas tardes:
Enhorabuena por esta web ya que resulta de mucha utilidad para los que no somos muy duchos en estas materias.
Soy un propietario de un chalet adosado con jardin privado en el que ya existen varios cerramientos. En su día la comunidad dio permiso al primer adosado para cerrar parte de su jardin y desde entonces se han efectuado unos cuantos más , todos ellos ganando terreno al jardin para transformarlo en un avance para la casa. El caso es que mi vecino va a proceder a cerrar su terreno sin decirme nada y por ello me va a colocar un pared de cristal traslucido en su parte de valla adosada a la mía . Ello va a producir que en verano en mi terreno aumente la temperatura., disminuya las corrientes de aire y por tanto haya menos ventilación y además me prive de unas vistas al monte por las que siempre soñé. ¿Puedo denunciar este hecho como perjuicio creado para instar a que retire el cerramiento?.
Muchas gracias por vuestra atencion y un saludo.
Pedro
Buenos días, Pedro:
Si el cerramiento del vecino es exactamente igual al del resto de los que se han hecho previamente habría dudas, porque aunque en principio estaría autorizado de forma tácita a hacerlo, habría que ver si la disposición de su chalet respecto del tuyo provoca la existencia de un perjuicio que no tiene que soportar. Si el cerramiento es diferente al del resto, sin duda puedes denunciarlo. Aparte, el hecho de que haya acuerdo de Junta no implica que el cerramiento se someta a legalidad urbanística. Los vecinos pueden autorizar lo que quieran, pero si los cerramientos son contrarios a la ordenanza de urbanismo de tu localidad, no pueden realizarse.
Un saludo,
Buenos días,
Tenemos una casa adosada que necesitábamos cerrar el balcón, hace 2 años que hicimos el cerramiento con el medio permiso por escrito de uno de los 3 vecinos, si algún vecino nos denunciara, ¿nos obligarían a quitarlo después de 2 años? ¿cuánto tiempo tiene que pasar para que ya no puedan obligarnos a quitarlo? apenas rompe la estética y lo hicimos de tal manera que pasara muy desapercibido. Gracias.
Buenos días, Laura:
Es verdad que en las adosadas hay más mano ancha con estos temas. Si no has tenido problemas en dos años, difícilmente lo tendrás ahora. Además, si sois cuatro y tienes el beneplácito de uno, difícilmente pueden hacértelo retirar, ya que sería desproporcionado. TE recomendamos no obstante esta lectura: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Hola, enhorabuena por la web, me da una idea aproximada pero querría estar seguro. Mi vivienda tiene una terraza la cual querría cerrar con un cerramiento móvil de cristaleras transparentes sin marco que he visto en algunas viviendas. Iría apoyado en el murete de la terraza y hasta el techo, pero la idea es que se pueda abrir enteramente. Por lo que he entendido en su web, no necesitaría permiso del ayuntamiento para algo así, no? Y de la comunidad? He preguntado a la Junta y no sé si han entendido el tipo de cerramiento que quiero hacer, pero me dicen que ya se negó el cerramiento de terrazas en asamblea hace años. Yo llevo sólo dos años viviendo aquí por lo que no tengo esas actas y si son de hace muchos años (el edificio en sí es antiguo), entiendo que lo mismo no existían ni siquiera las soluciones que hay ahora que no alteran prácticamente la estética del edificio. Por lo que yo entiendo, al final es como si tuviera bajado el toldo todo el día, que también lo puedo recoger y para eso sí hay permiso. ¿Me podéis indicar qué debería hacer? Muchas gracias!!
Buenas tardes, Miguel Ángel:
En el Ayuntamiento, plantea el proyecto para que te indiquen si está o no sujeto a licencia. Por otra parte, no hay nada que te impida plantear el cerramiento en Junta, ya que las condiciones han cambiado. Te recomendamos: https://micomuniweb.com/volver-votar-junta-aprobado/
Un saludo,
Buenas!
Mi madre ha cerrado parte de su terraza en un bajo con el permiso de la comunidad y con los materiales permitidos por esta.
El vecino del 1º del edificio colindante alega que, el pequeño techo que sobresale en diagonal de cristal y aluminio que ha instalado afecta a su seguridad.
Nos podría por favor informar sobre esto?
Gracias.
Buenos días, Eva:
Si quiere que lo retiréis que interponga una demanda y lo decida un juez.
Un saludo,
Buenas noches,
En primer lugar felicitaros por este gran servicio. Quería exponer mi caso. Vivimos en un sexto y queremos cerrar una parte de la terraza con cubierta de panel sandwich estructura de acero y cerramiento acristalado tipo cortina o libro. Me puse en contacto con el administrador y le comenté lo que queríamos hacer. Me dijo que no había problema ya que existen numerosos vecinos que ya lo tienen. No me comentó nada de exponerlo en junta así que he procedido a contratar una empresa para su ejecución, a la cual pregunté si hacía falta cursar algún tipo de solicitud en ayuntamiento, y no le dieron importancia, esperemos que sea así.
El problema que tenemos ahora es que a mi vecino no le parece bien la estructura una vez acabada, al cual también se lo comenté, pero una vez terminada dice que no le gusta la vista que tiene al salir a su terraza, aun siendo parte interior ya que su terraza da de espaldas con la mía y su vista es otra fachada. Alega que es muy alta, pero no sobrepasa en ningún momento la altura máxima del edificio. El caso es que es la mejor solución constructiva para dirigir las aguas a mi terraza y evitar futuras humedades, ya que queda tapada la cubierta del casetón de mi escalera de acceso a la terraza, que era un nido de inmundicia y siempre se taponaba. Además de ganar en privacidad todos Lo he intentado hablar a buenas con él a ver que solución constructiva propone que no le pueda molestar, pero creo que está cerrado en banda y su solución es la retirada parcial de la estructura.
A qué es a lo que nos atenemos si continuamos y hacemos caso omiso a este vecino?Debería realizar declaración responsable de obra menor en mi ayuntamiento antes de continuar con el cerramiento de cristal?
Podría pedirle responsabilidades a la empresa contratista en caso de que se deba modificar la estructura?
Muchas gracias por su tiempo . Un saludo
Buenos días, Jesús:
En principio, si arreglas los papeles en el Ayuntamiento y tu cerramiento es similar al del resto de propietarios, no deberías tener mayores problemas.
No obstante, te invitamos a consultar nuestro servicio de consultas jurídicas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola, buenos días, mi planteamiento es a la inversa. Hace ya mas de 16 años que compramos un piso con la terraza cerrada. Por la vecindad se habla de hacer la fachada y bacones, y en mi caso y el de otros vecinos, al estar cerrado no no entraría en la renovación de los balcones. Podría quitar lo que tengo cerrado? o eso acarrea problemas? Gracias.
Buenos días, Mikel:
No entendemos si lo que planteas es devolverlo a su estado original o hacer el mismo trabajo que el resto de vecinos. En los dos casos deberías hacerte cargo del sobrecoste por tu modificación y en ninguno de ellos deberías de tener problemas.
Un saludo,
Buenas noches,
Gracias por tu rápida respuesta.
A ver si me explico.
Hay balcones de vecinos cerradas y abiertas (estado original). Mi balcón tiene unas cristaleras y una persiana, estaría dispuesto a quitarlas para que si hacemos finalmente la fachada me entrase como fachada y me arreglaran lo que tengo estropeado. Ahora mismo tengo todo el techo levantado (arenilla y grieta).
Gracias por la ayuda.
Saludos.
Si lo reestableces a su estado original antes de la obra, no debería de haber problema para que entre dentro de proyecto de recuperación. Bien es cierto que, al cerrarlo, el mantenimiento del interior era responsabilidad del propietarios.
Un saludo,
Buenas tardes. En primer lugar, gracias por la web, ya que sirve de mucha ayuda. Mi duda es la siguiente: vivo en una casa adosada (donde no hay comunidad). En la planta superior hay una terraza lavadero que principalmente estaba abierta aunque algunos las cerramos con cristaleras. La casa de al lado ha sido vendida y los nuevos propietarios quieren agrandar tanto el salón, como la terraza que está justo encima (sacando más de 2 metros desde la fachada usando parte del jardín, tanto de largo como de alto, creando así una terraza en una «tercera planta»). Con esto lo que ocurre, es que a mi casa le quitaría luz, aire y rompería la estética (aunque otros vecino de otras calles han hecho lo mismo, previo permiso.) ¿Tendrían que contar con mi permiso para la obra? ¿Si no se lo doy, los podría denunciar en este caso?
Gracias
Buenos días, María:
Salvo raras excepciones, no tienen que contar con tu permiso. No obstante, haz la consulta en el Ayuntamiento, que es donde tienen que verificar que su obra se ajusta a la legalidad urbanística.
Un saludo,
Buenas tardes, hace 2 días caigan del piso de arriba piedras y cascotes, están haciendo obra, y nadie me avisó, me comentan que esta semana cambian las ventanas por mampara y van a caer mas piedras y escombro dentro de mi terraza, es eso legal? que caiga dentro de mi terraza que es zona no común y piedras y cascotes y destrocen mi terraza o me caiga a mi en la cabeza?, que puedo hacer? llamo a la policia? hablo con el presidente de la comunidad?
Buenos días, Sonia:
Ambas cosas. Es posible que en los trabajos no se estén llevando a cabo todas las medidas de seguridad.
Un saludo,
Buenos días,
En primer lugar, muchas gracias por su página, es muy interesante.
Me gustaría plantearles una duda.
Es posible el acristalamiento con cortinas verticales tipo Lumón y pergola bioclimatica aprovechando la estructura de hormigón en un ático de nueva construcción en Madrid capital? Así mismo, sería legal sacar a la terraza del ático la caldera de gas individual que se encuentra en la cocina?
Muchas gracias por todo
Buenos días, Irene:
Las estructuras móviles pueden instalarse y los cerramientos tipo lumón como regla general lo son.
Respecto al cambio de ubicación de la caldera, nos surge la duda de si la terraza de la que habla es privativa de la vivienda o común de uso privativo. En el primer caso, si cumple la normativa, cosa que le dirá el instalador, no le vemos problema. En el segundo caso tendría que ser autorizada la obra por el resto de vecinos mediante acuerdo adoptado en junta.
Un saludo,
Hola buenas tarde
Tengo un problema donde vivo, resulta que vivo en un edificio de 4 vecinos, estoy de alquiler, el terrado se dividio en 4 y cada vecino tiene su espacio, hicieron un cerramiento de aluminio en mi caso, y pusieron parket, que ha pasado que del calor se ha levantado ya que se puso hace 9 años,condensacion, el propietario me dice que haber que le dice el seguro, me insinua que es mi responsabilidad haber ventilado cada dia, se que es un cerramiento en un terrado que da a mas bloques, se que no pidieron licencia por que creo que este tipo de cerramientos no se puede hacer, puedo ir al ayuntamiento a decir que han echo eso, es ilegal no? gracias
Buenos días, Fernando:
El problema de tu caso es que si el levantamiento se ha producido por condensación y así lo dictamina el perito sólo se te puede ser imputada la responsabilidad a ti, ya que la correcta ventilación forma parte del mantenimiento de las instalaciones. Puedes acudir perfectamente al Ayuntamiento. En caso de ilegalidad y sólo en el caso de que no haya prescrito, solicitarán a los propietarios la restitución del edificio al estado original.
Un saludo,
Quisiera comentarles una duda , entre mi balcón y el del vecino hay un hueco que no esta cerrado por el cual una persona puede pasar de un balcón a otro sin problema , puedo cerrar este hueco de alguna manera ?
Buenos días, Paqui:
En función de la obra, puedes requerir de mayoría simple, unanimidad o de la mayoría de 3/5 en Junta, ya que hablas de una alteración de la estructura original del edificio y de su configuración estética exterior. Si necesitas que analicemos los pormenores, puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días, quería hacer una consulta.
Vivo alquilado en un edificio de dos bloques, los bajos hacia la parte trasera tienen un patio/terraza amplio. Los dos bajos centrales tienen techada parte de esa terraza y los dos bajos lateral no tenían nada. Yo vivo en un primero sobre uno de estos últimos. En la ventana que da a esa terraza, tengo un tendal y hasta ahora no hubo ningún problema ya que debajo no vivía nadie.
Hace unos meses compraron ese bajo y desde entonces las quejas hacia mi ropa tendida han sido constantes: una vez quedó una sábana tendida un poco extendida y quedó tapando la esquinita de la puerta, y ante la queja se comenzó a tender mas recogido, pero las quejas continuaron (que si rebaso la línea ¿?, que si se caen pinzas, que si cayó un calcetín, que si las niñas han tirado un papel, etc…). Ahora han colocado un toldo amplio que abulta unos 10 cm mas por encima de los cerramientos de los otros bajos, y que a mí me han dejado con apenas 70 cm de tendal hacia abajo (efectivo mucho menos porque las cuerdas con la ropa se hunden por el peso) y claro no puedo tender ni una camiseta, porque le toca el toldo y ya se han quejado al respecto.
Tengo pendiente hablar con la administradora de la comunidad para ver si hay permiso o está puesto en los estatutos la posibilidad de instalarlo, pero a mi me ha inhabilitado prácticamente el tendal. ¿Cómo puedo saber donde acaba exactamente el forjado? Porque hasta ahora se justifican con que su propiedad y soy yo que la invado, pero no lo tengo nada claro.
Además ahora con el verano han puesto una barbacoa y tengo que tener cerradas si o si las ventanas porque entra todo el humo para dentro…
Un saludo y gracias de antemano.
Buenos días, Luis:
Para dar respuesta a esta pregunta necesitamos analizar más detalles. Por ello, te invitamos a hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas tardes,
Primero de todo quisiera agradecer el trabajo que realizan desde esta página dando unas primeras indicaciones a aquellas personas que desconocemos totalmente la legalidad sobre este tema.
Vivimos en una vivienda en hilera y, aproximadamente sobre el 2007 cubrimos la terraza trasera (todo el ancho de la vivienda) con unas vigas de hierro y unos critales que cubren el espacio entre vigas. No es un cerramiento total, solo el «tejado». Ahora, julio del 2021 el vecino de la casa continua nos ha denunciado. Según el Ayuntamiento hemos cubierto una parte de la parcela calificada como no edificable i que, por tanto, no es autorizable.
Los vecinos nunca han querido constituir comunidad de propietarios y hay más vecinos que tienen el mismo cerramiento (techado). Después de todos estos años y de lo que os comento de la no existencia de comunidad de propietarios, me puden exigir que quite mi «techado»? Si me lo hacen quitar, también lo tendran que quitar los otros vecinos?
Muchisimas gracias y felicidades por la labor que haceis.
Un saludo
Buenos días, Judith:
El que no haya comunidad de propietarios en lo único que influye es que el Ayuntamiento no exigirá el acta de aprobación de tu trabajo. Al llevar las vigas, es plausible que se entienda como construcción. Tienes dos cosas que comprobar: la primera, con los servicios técnicos municipales, verificar qué tipo de «construcciones» estarían permitidas; la segunda, revisa este post: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/
Un vez comprobados los dos puntos, te aconsejamos que te pongas en contacto con nuestro servicio jurídico en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos dias,
Quería haceros una consulta, desde ya hace unos 15 años aprox.,puede que algo más (yo llevo viviendo en esa comunidad hace 10 años), empezamos a tener problemas de humedad en uno de los pisos el cual está debajo de una terraza del ático en nuestra comunidad. Se han hecho varias obras (unas 4 ) para reparar los suelos de esa terraza, pruebas de estanqueidad, etc… la última que hicimos tanto en el informe que nos pasó el perito que vino a auditar la zona, como en Acta de una reunión, se estipuló que sería la última obra a realizar…. ya que parte de esa terraza está ocupada por un cerramiento de aluminio donde se construyó una cocina y una habitación….a dia de hoy sigue habiendo humedades y pensamos que es esa zona cerrada la que sigue generando humedades…. el cerramiento todo sea dicho, se construyó hace 40 años sin permiso de la comunidad, no se comunicó la obra y claro en ese tiempo nadie dijo lo contrario…. pero ahora está afectando al vecino de abajo del ático con terraza y han interpuesto una denuncia a la comunidad, el propietario del ático se niega a eliminar el cerramiento o en todo caso pide que la comunidad pague los gastos de desmontaje arreglo de suelos y vuelta el montaje de ese cerramiento. La comunidad quiere denunciar al ático con terraza… que posibilidades tiene la comunidad de ganar esa demanda?… por otra parte, nos hemos dado cuenta que está afectando a la fachada ya que hemos visto algunas grietas….
Muchas Gracias!
Buenos días, Yolanda:
Si se demuestra que las humedades vienen de la reforma del ático, éste estaría obligado a su subsanación y su seguro de hogar a reparar todos los daños ocasionados. Como se niega, sería conveniente cursar esa demanda. Por lo que comentas, ya hay varios cruces de demandas, por lo que toca esperar a las resoluciones.
Un saludo,
Hola!, tengo una duda. Una becina del bajo hace 8 años cerro uno de los 2 patios privativos que tiene, en concreyo el.patio que da a la calle. A los 3 años el vecino del primero la denuncio y se lo hicieron quitar alegando seguridad. Ahora mi vecino del bajo pretende cerrar el patio que da al interior de la comunidad. A mi me da pavor, han entrado a robar a varios vecinos y esto se lo pondrian mas facil si quisieran entrar en mi casa y por supuesto que no quiero poner rejas en mi casa, primero porque no compre una carcel y segundo por seguridad. En caso de incencio y tener rejas se puede añadir un problema mas. Que me aconsejais que debo hacer?. Gracias
Buenos días, Sol:
Te has respondido a ti misma. Alega problemas de seguridad. Si necesitas un acompañamiento jurídico, te recomendamos hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola,ante todo agradecer el asesoramiento que realizáis. Mi consulta es la siguiente:
Estamos esperando la entrega de una vivienda unifamiliar,en una comunidad de 15 unifamiliares que están terminando de construirse,en la comunidad de Madrid.La vivienda consta de 3 plantas y en la última planta ,tenemos una terraza de 30 m ,y en la cual,por proyecto van instaladas unas pergolas de hormigon. Como queda poco tiempo para la entrega de las casas,hay vecinos que ya hemos comentado ,la intención de cerrar la zona de la zona de la pergola,con un techo por encima de la pergola y cortinas de cristal Lumon. Bien,pues ya hay vecinos diciendo que no lo van a permitir y que aunque sean cortinas de cristal,piensan denunciar para que no las pongamos. ¿Pueden oponerse al cerramiento? Si es una casa unifamiliar de 3 plantas y no tengo vecinos ni arriba ,ni abajo,no molesto a nadie.¿que posibilidades tenemos de poder poner el dicho cerramiento ,sin problemas?.
Buenos días, Ana:
Dependerá primero de lo que determinéis en los estatutos y de si lo permite el Ayuntamiento.
Un saludo,
Hola me llamo Rodrigo , quería poner dos paneles laterales en mi terraza compuestos por una estructura de hierro con panel de policarbonato sin anclaje en la pared, para resguardarse un poco del viento,sería considerado cerramiento??? Tendría que pedir permiso para dicha estructura
Buenos días, Rodrigo:
A lo mejor y sólo si la fachada da al exterior la junta podría ponerse tonta por la configuración estética. No obstante, si la estructura es amovible, no deberías de tener problemas.
Un saludo,
Buenos días, en una obra de nueva construcción hemos adquirido un ático (solo hay dos) los cuales tienen terraza de uso exclusivo. Antes de habitar la vivienda, queremos realizar (ambos aticos) un cerramiento con la misma carpinteria de PVC que se aprobó por unanimidad en Junta para el resto de balcones, sin menocabo ni alteracion de la seguridad del edificio. En la primera reunión se informo de dicho cerramiento por parte del Presidente (el constructor en ese momento) al resto de comuneros, no existiendo ninguna objeción. ¿sería suficiente para tener cerrado el tema con la comunidad?. Gracias
Buenos días, José Luis:
En principio, si el Ayuntamiento lo permite, no debería d ehaber mayor problema.
Un saludo,
Hola. Hemos comprado un piso en un edificio de cuatro plantas, un piso por planta, construido en 2007 y arriba hay un último que es además dúplex. ¿Cómo podríamos averiguar si la parte del duplex es legal?
Esa planta superior no sigue la estética de la fachada algo que no se nota a simple vista, ya que tienen una terraza delante de lo que es la edificación propiamente dicha. Da la impresión de que la añadieron (la obra) después por los materiales empleados y terminaciones hechas y ocupa 3/4 de la planta de la terraza común. En la zona minúscula en que podemos subir y estar, están contenidos los trasteros, incluido el de ese piso.
Otra cosa que nos llama la atención es que cuando subimos a la planta de la terraza, hay otra puerta para entrar a ese nivel de la vivienda, tiene dos puertas de entrada como si fueran plantas independientes.
Entre las dos plantas hay una escalera de caracol mal instalada, hay agujeros que así lo atestiguan en su casa y sin insonorizar, creado un ruido insoportable cuando la suben o bajan, parece que se nos vaya a caer el techo encima del salón. Además, tiene ventanas en las medianeras ¿es legal si la casa de al lado al final acaba convertido en piso?
Donde vivimos la altura legal de esas nuevas edificaciones son 4 alturas y arriba las terrazas comunes, contando con la planta baja y este es el único edificio que tiene 5 contando con esa parte.
Pensábamos que quizás pudieran ser dos pisos independientes, pero hemos comprobado los planos en el catastro y el suyo aparece como el nuestro: los mismos metros de casa y zonas comunes, no viene recogida esa planta superior por ningún lado.
¿Qué podemos hacer entonces para averiguarlo? Nos tiene ese tema mosqueados a los vecinos de los dos pisos que hemos entrado a vivir allí hace nada. A ver si nos podéis ayudar, ya que estamos muy perdidos. Si no fuera legal, ¿llega a prescribir el delito de apropiación de la terraza común para uso propio?
Un saludo.
Buenos días, Elena:
Lo primero sería comprobarlo con el Ayuntamiento, ya que una obra de esa envergadura requiere de las licencias municipales pertinentes. La apropiación indebida de elementos comunes no prescribe. Para una consulta pormenorizada, ya que el caso es complejo para responderse por un comentario, puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas. https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días,
En la finca tenemos problemas con el vecino de los Bajos.
Resulta que el hará unos 20 años que en la terraza de uso privativo, se construyó una ampliación para dar más espacio al comedor y un cuarto para la lavadora y tiene filtraciones de agua y quiere que la comunidad le pague la reparación de las grietas y le impermeabilización del techo. A quien corresponde la reparación. Gracias
Buenos días, Nuria:
El mantenimiento de las modificaciones que hagan los propietarios corresponde a los propietarios.
Un saludo,
Buenas tardes.
Acabo de comprar una vivienda en la que voy a hacer una reforma integral. Este piso, situado en la cuarta planta del edificio, tiene una terraza-tendedero cubierta (desconozco si en origen estaba cubierta, creo que sí, o si la cubrieron los anteriores propietarios)
Queremos incorporar esta terraza a la cocina, pero nos encontramos con que tiene una ventana a ras de suelo que da a la escalera comunitaria, dotándola de luz y ventilación.
El arquitecto que me ha proyectado la reforma me dice que por seguridad, ante un posible incendio, deberíamos cerrar esa ventana y aislar la vivienda de la escalera y me propone solicitar permiso a la comunidad de propietarios.
Yo entiendo que esa ventana es un elemento estructural y que para alterarlo deberíamos contar con la aprobación por unanimidad de la comunicdad, lo cual me parece complicado de conseguir. Además, dejaríamos sin luz natural la escalera y entiendo que esto no se puede hacer.
Les agradecería que me dieran su opinión al respecto.
Muchas gracias de antemano.
Buenos días, Laura:
Antes de nada, si vais a añadir metros cuadrados a la vivienda, deberíais informaros en el Ayuntamiento. Podéis aprovechar la consulta para estudiar el cierre de la ventana.
Un saludo,
Buenas,
Os expongo una duda. Soy propietario de una vivienda construida en 1999. En dicha vivienda los pisos 3 o 4 dependiendo del portal tienen cada uno anexo un atico. En estos practicamente el 65% de los vecinos han realizado cerramientos de aluminio blanco con techos de panel sándwich. Ahora bien mi duda es, creo que la normativa vigente en la Comunidad de Madrid y en casi todos los pueblos es que los cerramientos deben de ser de Cristal y moviles. Como el restante de mis vecinos tienen las terrazas algunas cerradas desde 2000-2001 entiendo que hay consentimiento tacito por la comunidad para la realización de este tipo de cerramientos. El presidente actual poseedor de una de estas terrazas me indica que en un acta hace mucho se indico que se permitían los cerramientos de este tipo en aluminio blanco. (Ahora si ponte a buscar el acta [algo imposible]). La pregunta viene ahora, ¿Puedo realizar/acometer un cerramiento del mismo tipo con techos fijos en tipo sandwich en vez de movil como el restante de vecinos? ¿O estoy obligado a poner cerramiento movil para evitar problemas.?
Buenos días, Javi:
No podemos saber si el Ayuntamiento pondrá problemas. Por lo que expones, es poco probable que los tengas con la comunidad.
Un saludo,
Efectivamente! no todo vale en materia de cerramientos de exteriores. Me ha gustado mucho el artículo que has escrito!
Gracias por el comentario!
Hola,
Vivo en un piso con terraza cubierta grande. Está permitido el cerramiento con cristalera para aislarse.
Con el tema del covid y teletrabajo estoy pensando en montar un pequeño «despacho» en un lado de la terraza, tratando de cerrar una esquina con cristales a modo de pared.
Es posible hacerlo al ser un cerramiento interior (el exterior ya está aprobado)? El habitáculo podría hacerse, como el cerramiento exterior, con cristalera corredera .
Buenos días, Iker:
Tendrás que consultarlo a los técnicos municipales, ya que vas a alterar los metros cuadrados.
Un saludo,
Buenos dias. Tengo un ático en Madrid con una terraza de 30 m2, y quiero poner una pergola bioclimatica retractil. Solo la pergola, sin cerrar laterales. El vicepresidente ha ido a urbanismo y le dicen q no se puede, se puede una pergola si es lona, incluso aunque sea fija, pero que una bioclimatica, aunque sea retractil no. Esto es asi?, es verdad que es cuestion del material?. Tiene que ver algo si da a interior o a exterior?. Muchas gracias.
Buenos días, Elena:
Lo que diga urbanismo es lo que prima. Puedes intentar a ser tú quien presente el proyecto a los servicios técnicos municipales y que te lo aclaren.
Un saludo,
Buenas,
Estamos pensando en adquirir una vivienda adosada. No tiene buhardilla, en su lugar tiene una terraza parte en Pedraza y otra transitable. Para aislarlo de ruido y frío me gustaría saber si es posible en este caso hacer cerramiento. No podemos hacer el estudio ya que no hemos adquirido la vivienda para ello. Nos gustaría saberlo antes para saber si comprala o no.
Muchas gracias
Buenos días, Marta:
Pregunta primero en el Ayuntamiento. Luego habla con el vendedor y que pregunte al administrador qué dicen los estatutos.
Un saludo,
Buenos días,
Tengo una duda, me acabo de mudar a un ático que tiene una barandilla de 80cm. Tengo 3 gatos y como dos se han caído de terrazas por seguridad queremos instalar un cristal tipo lummon con ventanas correderas. Sin techar nada de la terraza solo sería el cristal y el riel por donde se moverían. Tendríaque pedir permiso a la comunidad o se consideraría cerramiento móvil?
Muchas gracias
Un saludo
Buenos días, Cris:
Hay varias sentencias de Audiencias Provinciales que resuelven diciendo que ese tipo de cerramiento no afectan a la estética exterior del edificio y ni siquiera requiere la autorización de la junta de vecinos para proceder a su instalación.
Un saludo,
Buenas tardes,
El año pasado adquirí un piso el cual he ido reformando.
Uno de los elementos que traté de reformar es el actual cierre de terraza. Tras solicitar la licencia, en la que incluí la aprobación vecinal, me vino denegada por el Ayuntamiento. Este último además acredita que el cierre de las terrazas está totalmente prohibido por una ordenanza municipal que protege la estética de este poblado de viviendas. A la vista de lo anterior, el cambio es denegado.
Hoy me ha llegado una carta en la me indican que dispongo de 2 meses para restaurar el balcón a su estado anterior al cierre.
El piso fue adquirido con este mismo cierre. Esta circunstancia puedo acreditarla con fotos tanto de la inmobiliaria como la actual de Google Street View, que es de 2008.
Desconozco la fecha en la que se llevaría cabo este cierre, pero diría más de 20 o 30 años.
En este mismo poblado, hay unas 50 o 60 vivienda en el mismo cierre del balcón. Todos estos cierres están en la misma situación de ilegalidad.
La obra de volver al estando anterior podría suponer 4 o 5 mil euros, además de modificar el estado del inmueble conforme al cual yo lo compré.
Estoy bastante preocupado porque yo no lo cerré, ni siquiera sabía que eso no era legal cuando lo compré y veo como el resto del vecindario está en esta misma situación. El expediente se ha abierto en mi contra simplemente por la solicitud de licencia para modificar este cierre que actualmente es de aluminio sencillo y quería pasarlo a pvc para mejorar la habitabilidad.
Para más inri, decir que el cerramiento actual llevado a cabo por el anterior propietario también supone la unión entre este y el salón.
¿Hay alguna manera de recurrir esta situación por vía administrativa?
Llegados a la vía judicial, ¿toda la responsabilidad recae sobre mí? ¿Soy yo el que debe llevar a cabo la obra para dejar el inmueble en el estado anterior a la modificación por el anterior propietario?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo,
Buenos días, David:
Según los datos expuestos, deberías interponer un recurso al Ayuntamiento. Ese es tu órdago. Puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días, tengo idea de comprarme una planta baja de una finca que tiene terraza exterior de sólo mi disfrute yque está como fuera de la finca es decir sólo comparto con otro vecino un trocito de la terraza lo demás no tengo nada encima ni en los lados, me gustaría si yo puedo instalar una red para gatos que me la deje cerrada con una estructura, sin hacer ningún tipo de obra solo unos palos dentro de mi terraza para la estructura de dicha Red, es legal?
Buenos días, Beatriz:
Si la red es discreta (no se ve casi), no deben ponerte problemas. Si te los ponen, ignoras y esperas la demanda.
Un saludo,
buenos dias
Tenemos una terraza cerrada hace ya mas de 40 años una vecina denuncio y le dieron el caso ganado la jueza aun no se comprende porque ,bien hemos apelado
Habia un acuerdo entre los vecinos testado en libro de la comunidad desde el año 2003 en que se quiso dar validez al asunto todos de acuerdo con sus firmas.
La jueza tampoco lo dio por valido por que tenia algun tachon o simbolo
Mi pregunta es si hago actualmente una reuniom nueva con la vecindad y las 3/5 partes estan de acuerdo con la ley actual , me exime de derribar las terrazas por orden judicial?
EL acuerdo se habia hecho con la ley antigua donde se necesitaban todos los vecinos y hoy dia si tenemos ese porcentaje de vecinos a favor
Buenos días, Miguel:
El caso es demasiado complejo como para darte una respuesta a través de un blog. Puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola, mi pregunta es la siguiente. Vivo en un primero y yendo una terraza descubierta de unos 15 m cuádrados. He decidido cerrarla y poner además unas cortinas de cristal . A qué altura debo poner el techo ? Me han dicho que hay unos cms de techo que pertenecen a mi vivienda . Más que nada porque el vecino de arriba no se queje .
Gracias
Buenos días, Rocío:
No podemos saberlo sin conocer las características del edificio. Debes trasladar la pregunta al Ayuntamiento y a la comunidad de propietarios.
Un saludo,
Buenos días,
Primero agradecer toda la ayuda que aportáis en esta página, me parece muy útil.
Mi problema es que compré mi vivienda en la que parece que habían realizado una obra extendiendo unos centímetros la terraza y cerrándola de obra, algún tiempo después el vecino de encima también lo hizo. Todo esto fue al menos hace 20 años y yo adquirí la vivienda hace 14 años.
Esa fachada hace una «L», y de ese lateral la mitad es fachada original y la parte final es el cerramiento (ladrillo y enfoscado) que se hizo en su día. Ahora se ha caído parte del enfoscado precisamente en ese lateral (en la parte original, no en la extendida) y ha quedado ladrillo a la vista por lo que hay que hacer reparaciones, y algún vecino dice que eso no pertenece a la comunidad y no quiere pagar la reforma.
¿Esta reforma corresponde a la comunidad o al vecino que le afecta el desperfecto?
Si tengo un problema de humedad en mi vivienda por no arreglar esa parte de la fachada ¿la comunidad tendría responsabilidad o sería mi problema?
Gracias de antemano.
Buenos días, Ricardo:
La obligación es de la comunidad siempre y cuando no haya habido alteraciones. Te recomendamos esta lectura: https://micomuniweb.com/quien-paga-reparaciones-elementos-comunes-uso-privativo/
Un saludo,
Buenas tardes,yo tenía un cerramiento en terraza, desde hace muchos años, el tema es que hace 2 años cambiamos el cerramiento en lugar de ser puertas correderas hemos puesto de las de manilla abrir por dentro, y a los 3 meses se ha hecho la fachada envolvente y entraba ya este cerramiento así blanco como yo lo he puesto ya que antes yo tenía de aluminio ,
Pues bien, a mi me han cobrado el cerramiento y mano de obra sin hacer el trabajo, y encima la comunidad no me devuelve el dinero , y no tengo derecho a ello, eso me dicen, quisiera me aconsejarán, graciass
Buenos días, Carmen:
Si tu terraza no ha entrado en el proyecto de rehabilitación, puedes exigir ese reembolso. Por 25€, puedes consultar a nuestro servicio jurídico en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Saludos.
Estoy en disposición de comprar un bajo con patio de uso privado. Al fondo del mismo existe un pequeño taller construido por el antiguo propietario hace más de 40 años, apareciendo reflejado en el Catastro.
¿Qué requisitos son necesarios para su reforma y adecuación?
Buenos días,
Si la construcción está ya legalizada, sólo habría que pasar el proyecto al Ayuntamiento e informar a la Junta directiva para asegurarse de que la reforma se va a ajustar a la legalidad.
Un saludo,
Hola buenos días, vivo en un primero que da al interior de una urbanización en Madrid. La casa de obra traía una pérgola de Hiero muy grande en la parte superior de la terraza pero abierta. Tenemos intención de cubrir dicha pérgola por seguridad (tenemos nueve pisos encima) con algún material translucido (cristal templado o policarbonato).
Incumplimos alguna norma municipal. Que pasos tenemos que dar?
Buenos días, José Luis:
Mandad un escrito a los servicios técnicos trasladándoles la misma pregunta.
Un saludo,
Buenos días, tengo una duda, hace seis meses compré una planta baja con un cerramiento en el patio trasero, el propietario dijo que los vecinos del primer piso estaban de acuerdo siempre que se limpiara mensualmente la parte superior.
Ahora un vecino me dice que tengo que quitarla, aunque no se lo dijo al anterior propietario y llevaba siete años hecha.
Primero: ¿pueden obligarme a quitarla?
Segundo: si me obligan a quitarla, ¿debería la comunidad correr con los gastos ya que no ha dicho nada durante los siete años que lleva hecha ?
Buenos días, Juan:
Te recomendamos: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Buenas;
Quiero hacer un cerramiento de terraza. Hay un vecino que lo tiene ya hecho pero la parte baja ha puesto cristal y yo quiero poner sin cristal (todo pvc).
¿Me pueden obligar los vecinos a que sea cristal y no poner PVC?
Hasta que punto eso es obligatorio si mantengo el resto de la estética
Gracias
Buenos días, David:
Si tu cerramiento no es igual a los ya aprobados, debes someterlo a votación.
Un saludo,
Vivo en un bajo con dos terrazas, una interior al patio de la comunidad y otra exterior cuya vaya linda con la calle. Acabamos de mudarnos todos los vecinos y estamos comenzando a mover el tema de cerrar terrazas, poner toldos, pérgolas, etc. Mi piso está en San Sebastián de los Reyes, Madrid.
Se que tenemos que hacer consulta al Ayuntamiento para obtener los permisos necesarios y luego que se vote en Junta de Vecinos, pero quería saber si, en el caso de los bajos, hay alguna normativa que impida cerrar las terrazas exteriores o cuál suele ser el dictamen general en estos casos y es que se conoce.
Gracias.
Buenos días, Susana:
Las normativas para los cerramientos son las mismas. Lo primero que hay que hacer es verificar en el Ayuntamiento qué actuaciones están permitidas.
Un saludo,
Buenas tardes, acabo de comprar el ático de un edificio de 5 plantas y 6 viviendas, el anterior dueño construyó hace unos 40 años un estudio en la terraza comunitaria de uso privativo y ahora mis vecinos me piden una compensación económica por la apropiación de esa parte de la terraza comunitaria para regularizar la situación del ático. ¿Es eso correcto? Si así fuese, ¿Cómo se podría calcular el importe que debería abonar a cada vecino?
Gracias por su ayuda
Buenos días, Ana:
Hay que revisar las escrituras porque ahí hay una contradicción. Si hay uso privativo, no cabe apropiación de elemento común.
Puedes recibir asesoramiento jurídico en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días
Hemos comprado un piso,es un bajo con una terraza de 170 metros en L ya que es esquinero,con porche,y el resto césped artificial, está en la parte trasera del edificio,ninguna de las ventanas del piso da a la calle, pues todas dan a la terraza.Esta terraza tiene un muro de 2m de alto(es decir no se ve desde la calle) el muro da a otra comunidad ,y no hay calle detrás solo otro edificio.Vamos que no tiene intimidad ninguna y además hace muchísimo viento.
Los demás vecinos tienen terraza y balcones en ambas partes del edificio muchos ya han cerrado sus balcones que dan a la parte delantera.
Mi pregunta es ,que tipo de cerramientos puedo hacer? Se que puedo hacer cerramientos tipo lumon ,Pero al se los espacios tan grandes y altos me sale carisisimo.
¿Tendría posibilidad de levantar medio muro de pladur y poner ventanas, bajo el porche? para que sea mas economico,obviamente respetando colores del edificio. .Esto solo lo vería el edificio de enfrente,nadie más a simple vista,¿me pueden denunciar otros edificios?¿es válida esta opción?
Buenos días, Patri:
Si ningún vecino tiene una obra similar, deberás platear el proyecto en Junta. Si como dices no molesta, no conllevará mayor problema.
Un saludo,
Buenas tardes,
Tengo un ático con dos terrazas las cuales aparecen tanto en las escrituras como en la nota simple del registro. Queremos cerrar una de ellas para hacer un dormitorio. Si la comunidad está de acuerdo, me lo autorizará el ayuntamiento?
El hecho de que haya autorización en junta de vecinos no implica que el cierre del ático cumpla con lo establecido en la ordenanza de urbanismo de su municipio.
Le recomendamos que antes de iniciar cualquier cerramiento haga la correspondiente consulta en su ayuntamiento.
Buenas tardes, Estoy pensando comprar un piso en planta primera con patio. En la nota simple aparecen menos m2 de los que tiene el piso según el propietario. El propietario dice que esos metros cuadrados adicionales corresponden a la cocina, que ocupa un antiguo patio. Por lo visto esa obra lleva hecha muchos años y los actuales propietarios, que habitan el piso desde hace 9 años, no han tenido nunca ningún problema. Mi pregunta es si esa cocina que yo presupongo “ilegal” podría acarrearme el día de mañana algún problema de denuncias y que me obligasen a quitarla. Evidentemente eso condiciona mi decisión de compra. He de decir que creo que la obra no perjudica aparentemente a nadie y que el vecino que comparte patio creo que también tiene hecho lo mismo. Lógicamente no sé si en su día hubo permiso de la comunidad (es una casa de los años 40) y desconozco si es un patio de uso privativo, aunque no sé si eso influye en este caso. Muchas gracias por la respuesta!
Buenos días, Javier:
Que el patio sea de uso privativo lo cambia todo. Te recomendamos: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/
Un saludo,
Buenas tardes,
Estamos valorando comprar un ático que tiene una parte de terraza techada y luego terraza abierta. Queremos saber si la parte techada se podría cerrar para ampliar cocina y habitaciones, ya que la parte techada rodea toda la vivienda.
Con permiso de la comunidad, que permiso hace falta del Ayto de Madrid.
Gracias.
A priori y sin conocer las características concretas de su vivienda, respecto de los áticos el Ayuntamiento de Madrid como regla general tan solo permite cierres móviles tipo lumón. Cualquier cierre de obra corre el riesgo de expediente sancionador exigiendo reponer a su estado original e imponiendo sanción.
Par una respuesta más específica a su caso particular, con revisión de documentación, le recomendamos utilizar nuestro servicio de asesoramiento legal.
Buenas noches,
Tenemos un dúplex en el ático con una pequeña terraza, hace unos 10 años anclamos una pérgola al suelo sin pedir permiso a la comunidad sobretodo por desconocimiento.
Hace unos tres años empezamos a tener problema de humedad y filtraciones de agua debajo de la cristalera de entrada de la terraza. La comunidad nos ha dicho que ellos lo repararan ya que se han cambiado todas las telas asfálticas de los otros áticos y solo falta el nuestro, está aprobado por los vecinos y en acta,
El problema es que llevamos 3 años y no han solucionado el problema y solo me dan largas.
Que me aconseja que podría hacer para presionar, ya que me da miedo que me hagan responsable de las filtraciones por el anclaje de la pérgola.
La terraza está sobre mi salón y nunca hemos tenido humedad en el techo del salón.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Buenos días, María:
Te recomendamos: https://micomuniweb.com/quien-paga-reparaciones-elementos-comunes-uso-privativo/
Si necesitas un análisis detallado de tu caso, puedes acceder a nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas. Estoy apunto de comprarme una casa, es muy pequeña pero tiene un patio interior q tendría el uso y disfrute.son 84m de terraza.Tiene bajo + 2 alturas y hablo del bajo.. mi idea es ampliar la cocina y salón para hacerlo habitable y aún así tener unos 30/40 de terraza. Ahora mismo está cerrado pero en malas condiciones,uralita y trozos abiertos. Las 3 plantas eran del mismo dueño y el se hizo su cerramiento hace ni se sabe y en que condiciones. Actualmente se vendieron la planta 1 y la 2 y queda el bajo. Que posibilidades tengo de hacer el cerramiento en buenas calidades y seguridades de no tener problemas? Actualmente no hay estatutos pero si la creación de comunidad.no quiero tener problemas con ellos ni con la administración.
Buenos días, Daniel:
Primero tienes que comentar con los servicios técnicos municipales si el proyecto es viable. Luego y si lo es, pasarlo por Junta.
Un saludo,
hola!
enhorabuena por la web. nos compramos un ático con un cerramiento de la terraza hecho de aluminio. el cerramiento fue realizado hace más de 30 años con el consentimiento de los vecinos. el arquitecto que hemos contratado para hacer obras en el piso nos propone tirar las paredes de aluminio y hacerlas de aluminio y elevar el tejado unos 30cm. nos dice que eso ya es nuestro y que tiene autorización de el ayuntamiento (aunque indica que es favorable pero que no mira la norma urbanística). a nosotros nos genera una duda porque hemos leído que un cerramiento de terraza en mi ciudad es ilegal urbanísticamente y que tan solo puedo hacer obras de conservación pero no lo que se hace, que lo que dice el ayuntamiento es tan solo que las obras son correctas pero no significa que sean legales urbanísticamente.
mis preguntas son:
– es legal lo que quiere hacer el arquitecto?
– si al final lo hace, podría pedir responsabilidades al arquitecto?
muchas gracias por vuestra ayuda
Buenos días:
Deberás presentar el proyecto en el Ayuntamiento y consultarlo directamente.
Un saludo,
Hola, primero que nada agradecer vuestras respuestas y todo lo que informáis.
E intentado leer todas vuestras respuestas por si en alguna encontraba alguna respuesta a un tema que afecta a mi hermana y creo que no lo he encontrado. Su problema es que ella hizo un cerramiento parcial de la terraza con techo, aprovechando la pared de fachada y las dos paredes laterales de la terraza, dejando una gran puerta corredera de dos hojas para entrar en este. El caso es que cuando llueve le entra agua por el suelo de una de las paredes de obra lateral y la comunidad no se hace cargo. O se hacen los locos, mi pregunta es que si es un problema de desague o filtración de este que quizás se detectó al hacer el cerramiento, se tendría que hacer cargo la comunidad o al estar hecho el cerramiento justo en ese punto la comunidad se puede excusar???. Muchísimas gracias
Buenos días, Greta:
Al haber modificado la estructura original, la comunidad puede eximirse de responsabilidad.
Un saludo,
Kateryna 22 de abril de 2022
He comprado piso de Bajos interior con 80m2 de patio hace 11 años. Toda terrassa encima de mi vivienda es mia. Pero mi vecino hace unos 5 años ha levantado muro como separación de las comunidades (eso me han dicho en Ayuntamiento). Antes éste muro era de un metro de la altura y ahora es más de 2 metros, bien dicho está levantado con intención de construir una habitación más incluso ya está abierto acceso y escalera para entrar y salir donde antes era terrassa. Hace poco di cuenta de que esta pared es mía, porque no coincide con la fachada de su edificio. Se queda en mi parte, y es de largo de unos 10 metros. Ahora yo no disfruto de las vistas que tenía antes y del sol que llega en abril a mis ventanas. A de más es una pared principal para las vistas y nisiquera arregló la parte mía. Después de las lluvias se quedan marcas. Mi pregunta es: ?A que altura se puede levantar muro en la terrassa si por otro lado es patio? ? y cómo puedo obligar a quitar éste muro? Porque se trata de mi pared. Lo que pasa éste hombre soluciona todo pagando 1.000,00. Tenía un mapa de 1m2 que compró por mil euros. En el día de construcción otra comunidad llamaron a la policía y se peleaban mucho. Pero el precipitaba a los obreros al decir que pagaré doble pero terminar hoy. La policía dijo : vas a enseñar ésta mapa a tu madre, mañana quiero verte en la oficina. Probablemente también pagó mil euros porque quedó sin tocar.
Gracias
Buenos días, Katerina:
Para analizar tu caso, te recomendamos que hagas uso de nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Tengo un ático que fué mi casa en mi infancia, y he heredado de mis padres.Tenemos una terraza de unos 60 m2 que es cubierta del edificio (es el techo de las viviendas inferiores), por lo que se trata de una terraza comunitaria de uso privativo exclusivo mio (solo se puede acceder a la misma a través de mi casa). Es decir, dicha terraza no se encuentra incluida en mis escrituras de la propiedad, por lo que es de la comunidad.
Mi padre, hace unos 40 años, cerró una pequeña parte de unos 10 m2, con una chapita como techo y ventanas correderas en los laterales, pero con el tiempo, ese techo (de unos 1’5mm de espesor) ha presentado huecos y cae agua al suelo de esa zona, suelo que nunca se ha tocado y tiene la configuración y elementos originales (pavimento, , impermeabilización, formación de pendientes, etc) quedando otros 50 m2 de terraza descubierta.
Con el paso del tiempo, la impermeabilización de la terraza se ha ido deteriorando (edificio construido en 1970) y presenta filtraciones de agua a los pisos inferiores por varios puntos, incluso por la zona techada.
La comunidad tiene claro que ellos impermeabilizarán la zona descubierta, pero dicen que mientras el cerramiento de mi padre se encuentre allí, ellos no van a impermeabilizar esa parte de la terraza. Yo les digo que esa superfice techada sigue siendo propiedad de la comunidad y que es uso privativo, y que en ningún momento las filtraciones son prodcidas por mal uso o falta de mantenimiento de la terraza ni por la ejecución del cerramiento lijero, ya que las ventanas y techo se apoyan en el pretil.
¿quien tiene que impermeabilizar el suelo de la zona techada, la comunidad o yo?.
gracias de antemano
Buenos días, Eduardo:
Una vez que se produce la alteración (techado), corresponde al propietario que hizo la modificación.
Un saludo,
El vivir en comunidades interfiere en gran media en las decisiones que tomemos en el piso en concreto. Como has especificado, al existir unos estatutos en el edificio no todo vale. Es un artículo estupendo para guiar a la hora de hacer un cerramiento. Gracias por la ayuda.
El señor del ático, decidió un día poner en la pared de su terraza un jardín vertical, la Comunidad se lo negó, él aceptó de buen grado y paró las obras. Posteriormente hubo reunión anual de propietarios, este señor se presentó como presidente, fue aceptado y sometió a votación el ponerse un jardín vertical en su terraza, se le aceptó, asegurando él que no habría problemas y que correría con los gastos de lo que pudiera ocasionar en perjuicio de otros vecinos. Resulta que ahora hay filtraciones de agua en el vecino de abajo, ¿creo que este señor no podría negarse a correr con todos los gastos que ha ocasionado al vecino, no?
Buenos días, Manuel:
Si el perito del seguro determina que las humedades provienen del jardín vertical, los gastos que se puedan ocasionar correrán a cargo de ese propietario y de su seguro de hogar.
Un saludo,
hola, tengo un problema y a ver que es lo mejor a hacer:
en diciembre estuve de obras en la casa, vivo en una primera planta pero es como un bajo ya que tengo una terraza grande de uso privativo, puse en conocimiento al administrador que estaba de obras y que ibamos a cerrar parte de esa terraza, 1/3 parte de ella, con hierros atornillados y paneles de sandwich imitacion teja, ellos me dijeron que tenia q aprovarse en junta y yo tan solo les dije que lo se pero que no podia esperar a agosto teniendo los albañiles en diciembre y que como habia hechos mas cierres similares pues que lo iba a hacer, hablé con el vecino lindante con su terraza, ya que queria subir tb todo con hierro y panel sandwich blanco la pared lateral, no me puso ningun problema, pero cual es el problema, que el vecino que tengo justo arriba se queja de que ahora se siente desprotegido al haber puesto un techado el cual esta a distancia de sus ventanas segun el a un metro, y alega inseguridad, entonces dice que o se quita, o le tengo que poner unas rejas, las cuales, tienen que ser como el dice, aparte de tener que tenerlo limpio, y que pueda subirse al techo para el mantenimiento de esas rejas, mi pregunta es, tengo las de perder si me pongo a malas??se supone que esta como orden del dia las medidas a tomar con respecto a esto, cuales son las variantes que puedan suceder, yo queria incluir una vez hecha la convocatoria que fue cuando me enteré, de agregar un punto mas a la orden del dia de que se incluyeran todas las alteraciones de la fachada, pero segun el administrador ya no se podia porque se habia ya comunicado la reunion a los vecinos aunque estabamos a mas de 20 dias de la reunion, ya que yo queria que no solo se juzgara lo mio, yo de verdad no se que hacer, si ponerme a malas o pagarles unas rejas y segun el administrador y el vecino que denuncia se haria aparte de lo que se ponga en el acta, algo privado para evitarme futuros problemas con otros vecinos o futuros compradores del piso que se queja, espero vuestra ayuda, mil gracias.
Buenos días:
No hay nada decidido hasta que se pronuncie la Junta. No obstante, si quieres acudir a ella con seguridad, puedes consultar a nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos dias crei que la semana pasada habia escrito consultando una duda pero me parece que n se ha registrado….
He instalado en el piso de la playa una cortina de cristal (no un cerramiento fijo) y es practicamente invisible. Aqui todo el mundo tiene toldo y algunos vecinos(pocos pero hay) un cerramiento con carpinteria blanca que se ve muchisimo.
Pues ya han protestado algunos vecinos porque NO he pedido permiso a la comunidad y lo mismo debo quitarlo.
Siendo algo «no fijo» me pueden obligar a quitarlo?
Buenos días, Ana:
Tal y como respondimos, la semana pasada, te recomendamos la lectura del post. En el caso de que te surjan dudas adicionales, puedes consultar a nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días,
Gracias por vuestra labor, es de gran ayuda!! Nos hemos comprado un primer piso hace un par de años, queremos hacer una terraza ya que tenemos un balcón pequeñito le hemos propuesto al propietario de abajo hacerle un porche y la parte superior que nos quede una terraza, lo pagaríamos todo nosotros, todos los vecinos están de acuerdo, menos uno que es muy conflictivo y dice que nos denunciará, el hizo una ampliación de unos 30 mts totalmente de obra y puso tejado fijo en el jardín (los jardines son comunitarios pero de uso privativo) y al decirle el presidente que su obra es ilegal ya que nunca pidió permiso y que también se podría denunciar, nos dice que como hace más de 25 años que la hizo y ya ha prescrito, nos tenemos que aguantar, que en la finca no nos deja hacer nada a nadie!! esto es así? El ha hecho lo que ha querido y no deja a nadie hacer nada, ni poner aire acondicionado. Es muy injusto, podemos hacer algo??? o es como el dice.Muchas gracias y un saludo
Buenos días, María José:
Primero, asegúrate en el ayuntamiento de tu municipio de que puedes hacer la obra. Revisa este post sobre la situación de tu vecino: https://micomuniweb.com/prescripcion-consentimiento-tacito-comunidad-propietarios/
Si tienes dudas adicionales, puedes contactar con nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola, buenas tardes. Quiero comprarme un ático con terraza para reformarla. La terraza es privada, es decir, viene con el resto del piso, y no da a una calle principal. Ya he leído que cerramiento total muy difícil, pero algún tipo de cerramiento móvil, en plan un coche «descapotable», donde en invierno puedas «cerrar» y en verano te entre el sol, eso sería posible?? Sin hacer demasiada obra.
Con tener el permiso y consentimiento de los vecinos, vale? o después de eso si o si hay que ir a pedir permiso al Ayuntamiento? Como puedo saber si el Ayuntamiento de mi ciudad me va a dar permiso para reformar la terraza si todavía no he comprado el piso? y claro, si yo veo que no voy a poder hacer la reforma no lo compro… En fin, Gracias. Un saludo.
Buenos días, Pedro:
En principio con los elementos amovibles no deberías tener problemas. Sin embargo, sí puedes reunirte, aunque el piso no sea tuyo, con los servicios técnicos para exponerles el proyecto.
Un saludo
Hola, mi piso tiene acceso al patio comunitario el cual fue cerrado minimo hace mas de 20años, el caso es que quiero cambiar el cerrado porque esta lleno de moho y entra agua, los vecinos me han dado permiso pero mi pregunta es…ese cerramiento que lleva mas de 20 años asi y que ya aunque se nieguen no pueden mandar tirar…si se renueva el cerrado se considera como nuevo y esos 20 qños habria q empezar a contarlos de cero? O se seguiria contando como cerrado de hace mas de 20 años?
Buenos días, Marta:
Si el cerramiento fue legal, se mantiene.
Si el cerramiento fue ilegal y se careciese de licencia, al modificarlo el plazo se reanudaría y sería de cuatro años.
Un saludo,
Buenos días.
Vivo en un ático y la terraza de arriba es comunitaria de uso privativo. Quería hacer dos consultas:
– ¿Puedo colocar unos separadores al final para evitar miradas de los edificios traseros? Tenemos algo de vistas al mar y tengo miedo a que me denuncien por poder quitárselas. No sería mucho más alto de la valla (la vaya mide sobre 1 m y queríamos subir algo más, rollo 1,50 metros).
– ¿Puedo colocar un suelo de madera sin anclaje para poder anclar en él un cenador?
Un saludo y gracias.
Buenos días, Lucía:
Respecto a la valla, deberías consultárselo a la comunidad, presentándoles el proyecto.
Sobre el suelo, mientras no hagas daño a la estructura (perforaciones), no tendrías problemas.
Un saludo,
Buenos días y gracias de antemano.
Mi consulta es la siguiente:
En el caso comentado del cerramiento de una terraza (la cual es de consideración comunitaria aunque el uso sea privativo del vecino), ¿este cerramiento pasaría a formar parte de la comunidad? Quisiera resolver la duda de si, en caso de filtraciones de agua de lluvia con daños en el interior de la vivienda, sería responsable la comunidad de propietarios y/o su seguro de R. civil, o si por el contrario, esos daños tendrían que ser asumidos por el copropietario y/o su seguro propio.
Gracias, saludos.
Buenos días, Alberto:
Si hay modificación de la configuración original, las reparaciones corresponden a las viviendas.
Un saludo,
Hola. Enhorabuena por la pagina. Es muy informativa.
Mi consulta es la siguiente: compre un piso al banco. Durante el tiempo que el piso permanecio vacio (mientras era propiedad del banco) mi vecino décision adquirir mi coladuria à su terrain (ou vuelo del edificio) cortando la toma de agua princapable, a anulando asi el acceso a aqua en la propiedad y cerro con una reja para separar mi vivienda de la suya. Esa coladuria forma parte del suelo medido en mi escritura, en Los métros de la taxacion asi como en el catastrophe. Mi vecino dice que ese espacio le pertenece por orden de un juez y lo tiene escriturado, pero se niega a enseñar ningun papel que lo confirme. Su actitud es agresiva e intimidatoria. Que puedo hacer? Muchas gracias de ante mano.
Buenos días, Mer:
Tienes derecho a la plena habitabilidad de tu vivienda. Puedes trasladar la consulta a nuestros abogados en https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola buenos días,
He comprado una vivienda sin construir que es un bajo. El dormitorio y la cocina dan una especie de tendedero que a su vez da a.la calle con pared de ladrillo hasta un metro y medio o así y por encima de eso como unas lamas metálicas horizontales. Estás lamas, son muchas más y mucho más juntas de lo que me habían explicado antes de comprar la casa y no entra nada de luz. No hay alguna normativa sobre la separación de las rejas en las ventanas o la cantidad de luz que deben dejar entrar? Muchas gracias por tu ayuda
Buenos días, Celia:
Esa pregunta la tienes que trasladar a los servicios técnicos municipales.
Un saludo,
Hola, mis padres tiene una casa en una comunidad de vecinos con un patio propio y privado de 250 metros, queremos saber si existe la posibilidad de poner en el patio un mini departamento de 35-50 metros con una sala de estar grande y un par de habitaciones.
Gracias de antemano.
Buenos días, Javier:
De primeras está complicado. La primera consulta la tienes que plantear en el Ayuntamiento.
Un saludo,
Hola, he adquirido un piso con balcón. La mayoría del resto de vecinos tienen el balcón cerrado, pero no todos. Me gustaría saber como proceder para:
– Solicitar permiso para cerrar mi balcón
– Una vez cerrado, tirar el muro fachada que quedaría dentro y así abrir el salón al balcón. Es posible?
Gracias!
Buenos días, Jaime:
Para el cerramiento, si es igual al del resto de propietarios, sólo basta notificárselo a la junta directiva de la comunidad.
Sobre sumar metros a la vivienda, debes consultarlo con el Ayuntamiento.
Un saludo,
Buenos días y gracias por su página web.
Tengo una terraza en ático y en un lateral he puesto una pergola bioclimatica (con lamas abatibles). La pergola cumple con toda la normativa redactada por la comunidad de propietarios.
Debido a que mi edificio es más bajo que el de en frente, he puesto una celosía de madera de 2m de altura en la parte que da a la fachada donde está la pergola para ganar privacidad. En el resto de la fachada tengo plantas de diversa altura.
La celosia no llega hasta arriba del todo y obviamente tiene huecos por donde pasa aire, luz y agua. Además, no hay elementos separadores (paredes) dentro de la terraza entre la zona de la pergola y el resto.
Sin embargo, un vecino se ha quejado por entender que he hecho un cerramiento ilegal en la terraza (por la celosia, otros vecinos han puesto la misma pergola y no hay problemas).
Mi duda es saber si dicha celosia se puede considerar cerramiento (a pesar de no llegar hasta arriba, de no ser estanca y de estar esa parte sujeta a las inclemencias del tiempo) y por tanto podria ser denunciado.
Por otro lado, es cierto que la celosia se ve desde la calle y tal vez ¿puedan acusarme de modificar la estética de la fachada? En ese caso, ¿si cubro la celosia de plantas podría ser aceptable?
Comentar que la terraza es propiedad privada (no comunitaria de uso privativo) y vivo en Madrid capital.
Muchas gracias por todo.
Buenos días, Salvador:
Habría que saber qué alega el otro vecino. En estos casos, es mejor dialogar y llegar a acuerdos. Si se cumplen con las normas municipales, otra opción es dejarlo estar y esperar la demanda, ya que en la mayoría de casos nunca llega.
Un saludo,
Buenas tardes, le cuento mi caso, resulta que tenemos un piso bajo con patio privativo,que da al interior de la urbanización y queremos instalar en éste un techo de cristal móvil, que ya fue aprobado en junta de vecinos.
La pregunta que quería consultar es si por su experiencia nos podria indicar la probabilidad de que el Ayuntamiento de Madrid conceda los permisos pertinentes.
Muchas gracias y saludos.
Buenos días, Serafín:
Si los elementos son móviles, no debería de haber ningún problema. No obstante, la única forma de asegurarse es trasladar la pregunta al Ayuntamiento.
Un saludo,
Buenos días, he comprado un piso en la playa. Es un bajo y no tiene ni patio ni terraza, por lo que no puedo tender la ropa. Tampoco hay azoteas en el bloque. Lo que sí hay son unas enormes zonas comunes, a modo de patios, a la salida de los pisos, al lado de la piscina, que está delimitada y a la que se entra a través de una puerta. Mi pregunta es:¿podría poner el tendedero portátil en esas zonas comunes?. ¿Podría poner el tendedero en la parte de la piscina cuando esté cerrada y recogerlo antes de que vaya a abrirse al baño? No he visto los Estatutos de la comunidad. Gracias de antemano.
Buenos días, Rosalía:
Obviamente, no podemos responder a esa pregunta sin conocer actas, estatutos y normas de régimen interno. No obstante, te recomendamos esta lectura: https://micomuniweb.com/trastos-enseres-ocupacion-las-zonas-comunes/
Un saludo,
Buenos días!!
Tengo una terraza en un ático cuya separación con la terraza de mi vecino es un cristal de 2 m de alto. Mi vecino quiere poner un cerramiento que implica cambiar el cristal por otro más alto o poner otro cristal por detrás del que tenemos y esto alteraría la estética, luz y vistas desde mi terraza. Es eso legal aunque yo no esté de acuerdo?
Buenos días, María:
Hay servidumbre de vistas. Consulta en el Ayuntamiento. También puedes consultar a nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas noches, tengo instalado un cerramiento en la terraza desde 1997 (vivo en Madrid). No recuerdo si en su momento pedí la aprobación de la comunidad de vecinos pero en todos estos años nadie ha puesto ninguna objeción.
Ahora estoy haciendo una reforma integral del piso que incluye el cambio de este cerramiento que ya estaba muy deteriorado y la presidenta de la comunidad me exige que presente un “Proyecto de ejecución de la obra de la terraza” para su aprobación tanto por la Comunidad como por el Ayuntamiento. El motivo que invoca es que la fachada del edifico está protegida.
Estoy obligado a presentar este proyecto?
Un saludo y muchas gracias
Buenos días. Roberto:
Si la fachada está protegida, puedes tener problemas ya no con la comunidad, sino con el Ayuntamiento.
Un saludo,
Micomuniweb.
Hola, tendría una pregunta que hacer.
Compré el piso donde vivo hace un año. La terraza es pareada con la del vecino y la separación entre ambas es la que se hacía en estos casos hace años. Un marco de hierro de dos metros de altura con cristales amarillos opacos. Uno de ellos roto en este momento.
Más del 50% de las terrazas están cerradas en este momento en aluminio color bronce.
La mía y la del vecino, no. El problema es la falta de intimidad. He pensado instalar una separación hasta el techo, al lado de la existente con aluminio y panel sándwich del mismo color bronce que las terrazas. ¿Tendría que pedir permisos, a la vista de que hay numerosas terrazas cerradas?. Mi vecino es mayor y hablo poco con él. ¿Podría alegar algo en contra?
Muchas gracias.
Buenos días, Julián:
Si sigues las instrucciones del post, no deberías de tener problemas.
Un saludo,
El año pasado en Agosto de 2022 compré una vivienda unifamiliar adosada que esta ubicada en un residencial que no tiene comunidad de propietarios constituida, no hay ni presidente ni secretaria y cada persona que vive aquí ha hecho las obras o reformas que ha creído oportunas dentro de sus porciones de terreno privativo que circundan sus casas pero que en las escrituras figuran como elementos comunes.
Por una de las partes de nuestro adosado (derecha) tenemos un inmueble deshabitado propiedad de un banco, y por la parte izquierda, tenemos otra vivienda en la cual hay unos vecinos extranjeros, el inmueble de estos vecinos es su residencia de vacaciones, cuando compramos nosotros nuestro inmueble, conocimos a estas personas y nos dejaron un número de telefono extranjero, para que en caso de necesitar comunicarnos con ellos, pudieramos hacerlos, ya que 10 de los 12 meses del año no estan residiendo aqui, si no en su país de origen.
La cuestión, es que entre su vivienda y la nuestra hay dos pasillos laterales, el mio y el suyo, delimitados por una valla metálica erigida sobre unos bloques de hormigon de 25 centímetros de grosor los cuales fueron puestos en ese lugar para delimitar las parcelas por la promotora que construyó los adosados.
Nosotros, cuando los conocimos, les dijimos verbalmente (no por escrito) que nuestra intención a futuro (ya que en el momento de la compra del inmueble no teníamos fondos para sufragar esto) era quitar esa valla metálica y construir un muro de 2 metros de altura (160cm de bloques de hormigón del mismo grosor original de los bloques de hormigon y 40 centímetros de celosía hasta los 2 metros) a lo cual, de forma verbal no pusieron ningún tipo de inconveniente al respecto y nos comentaron que les parecía bien, sin añadir nada mas, yo además, les comenté que no tendrían que hacerse responsables ni del coste del mismo ni del coste del mantenimiento del mismo, ellos asintieron y el asunto quedó ahí.
Ha llegado 2023 y hemos conseguido los fondos para sufragar esta obra, hemos pedido el correspondiente permiso de obra para ejecutar esta obra, pagando las tasas y respecto al Ayuntamiento todo esta en orden y concedido ya que cumple con las normas urbanísticas de nuestra localidad.
Ellos estuvieron recientemente en su casa el mes pasado durante dos semanas, y 1 mes antes de empezar la obra, quise contactar con ellos presencialmente, fui a su casa cuando estaban llamé al timbre durante dos días estando ellos dentro y no obtuve ningún tipo de respuesta, literalmente perdí el tiempo intentando contactar con ellos, pensé que pudieran no escuchar, o estar ocupados ya que no tienen obligación de abrir la puerta si alguien llama, y llamé al número de telefono que ellos me habían dado para poder concertar una reunión para avisarles al respecto 4 veces y tampoco obtuve ningún tipo de respuesta, o me colgaron el telefono o simplemente sonaba.
Al no poder contactar con ellos de ninguna forma, las obras han comenzado con la autorización del Ayuntamiento y mi correspondiente permiso de obra concedido y en vigor.
Hay unos vecinos también de la misma nacionalidad en la misma calle, que al parecer si que tienen contacto con ellos y al parecer, les han comunicado a estos vecinos, que no tienen problema en que construyamos el muro medianero, pero que les tenemos que además, pintar el muro del color que ellos elijan para que quede acorde a como ellos tienen pintada la casa.
He de decir, que el muro no se iba a quedar sin lucir ni feo por su parte, es un muro cara-vista, el cual estará igual de lucido por ambas partes, sin embargo, estos vecinos que estan en comunicación con ellos nos dicen que si no se lo pintamos en el color que ellos deseen, que no van a aceptar que construyamos el muro, como que si no cedemos ante un chantaje y sufragamos también la pintura o el color, no quieren el muro, y he de decir, que ellos ya habían pintado y adornado esa valla medianera con una tela de color verde, sin ningún tipo de consentimiento por nuestra parte además de un pilar que sirve de sujeción para las vallas, también del mismo color, no solo su mitad, si no el pilar entero.
Hemos consultado con un abogado y con varias personas, además de revisar el Código Civil de los articulos 571 al 579 y según reza en los articulos, no necesitamos de su aprobación o consentimiento para construir el muro y la Ley de Propiedad Horizontal dice que hace falta la unanimidad de todos los propietarios pero no hay comunidad constituida y además somos muy pocos vecinos y el Ayuntamiento (Urbanismo) nos ha comentado que ellos en este asunto no se meten ya que no les corresponde, lo cual evidentemente, ya sabemos, y repito que como es lógico, al no querer ellos o no poder sufragarlo, lo hagamos nosotros y que el muro sea de nuestra propiedad y en caso de querer usarlo, que ellos paguen la mitad del coste del mismo.
En el catastro no hay delimitaciones entre los adosados, toda la urbanización es una única parcela y solo aparecen en rojo delimitadas las casas y en verde las zonas comunes que incluyen todas las porciones de terreno de uso privativo de cada propietario, estás visualmente a pie de calle se pueden distinguir a simple vista con los vallados pero en el catastro no.
La pregunta nuestra es, ¿podría haber problemas con este vecino? ¿Hay jurisprudencia al respecto?
Como digo, es de nuestra buena fé el llevarnos bien con ellos, además nosotros no tendríamos problemas incluso en que pudieran usar el muro y en ningún caso creemos que sería ideal acudir a los tribunales, cosa que como residentes permanentes no tenemos problema en acudir, ellos serían al fin y al cabo los que perderían ya que tendrían que desplazarse desde su país de origen para los Juicios en caso de haberlos y en caso de perder, hacerse cargo de los costes además de que nosotros con pruebas gráficas, mostrar que la valla que delimita su porción de terreno circundante de la nuestra la habían adornado y pintado a su gusto sin consultar hace menos de 5 años además del pilar que sirve de sujeción del vallado antes de que nosotros construyeramos el muro.
Cómo digo, en las escrituras figura comunidad de propietarios, pero sin constituir.
Muchísimas gracias de antemano.
Buenos días, Vicente:
Si no hay constituida comunidad de propietarios no aplica la Ley de Propiedad Horizontal. Si cumplís las normativas del Ayuntamiento no tendríais por qué tener problemas legales. Ahora sí, la convivencia entre vecinos no conoce de leyes.
Un saludo,
Disculpa la molestia y gracias por la pronta respuesta y por la información, en realidad si que estamos en Ley de Propiedad Horizontal según figura en el catastro y en el Registro de la Propiedad, en la escritura menciona que los gastos de la comunidad los asumía el banco hasta que compramos la casa, pero formalmente la comunidad nunca ha sido constituida y los pocos elementos comunes que hay son el propio suelo y vallados metálicos que delimita cada porción de terreno de uso y disfrute de cada vivienda, posiblemente el promotor original que construyó las viviendas y por ende la urbanización esta bajo la LPH lo constituyó originalmente, todos los vecinos han hecho reformas o modificaciones de elementos comunes de uso exclusivo y excluyente haciendo cerramientos o lo que han creído oportuno, pero de 30 viviendas que tiene la comunidad, 23-24 de ellas están en estado ruinoso y solo somos 7 propietarios reales de los cuales 4-5 vivimos, la duda es, dado que el resto de vecinos no han pedido consentimiento para realizar estas modificaciones, cerramientos o lo que han creído oportuno dentro de sus porciones de terreno circundantes de uso exclusivo y excluyente, ¿aplicaría algún tipo de principio de igualdad y no discriminación?
¿Qué es lo que sucede cuando hay una comunidad de propietarios que constituyó la promotora no hay estatutos, no esta formalmente constituida y cada uno ha hecho obras o modificaciones dentro de sus porciones de terreno de uso y disfrute? ¿Si un vecino que opone y denuncia, yo puedo denunciar a el y al resto de vecinos y pedirles que restituyan todo a como estaba por defecto? ¿Nadie puede hacer nada? ¿Todos pueden hacer lo que quieran? ¿Es una ciudad sin ley?
Lo que yo no veo justo en ningún caso, es que ellos puedan y nosotros no les pongamos ningún problema, pero ellos si que quieran darnos problemas y nosotros no podamos.
Muchísimas gracias de nuevo de antemano.
Buenos días, Vicente:
Entendemos que las escrituras están preparadas para que haya división horizontal, pero si la comunidad no está constituida no hay comunidad. Todas las decisiones las toma la Junta de propietarios.
Puedes recibir un asesoramiento completo en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días, mi pareja y yo estamos en proceso de compra de un piso pequeño con terraza privativa que se accede desde la cocina, el agente de la inmobiliaria nos dice que se puede hacer cerramiento y agrandar arriba sin problema pero yo no lo veo claro que sea gan sencillo, hay una pequeña obra hecha arriba para acceder pero la idea sería sacarla y construir algo ligero (tabique seco) peri más grande t con acristalamiento pero no sabemos que pasos seguir, muchas gracias
Buenos días, Adrián:
Deberíais informaros en el Ayuntamiento y contactar con la administración de la comunidad de propietarios. De esta manera os aseguráis que cumplís los requisitos de ambos.
Un saludo,
Buenas tardes, vivo en un primero y en mi terraza como se me ve mucho desde la calle he puesto en la parte interior unas cortinas de tela, no sé si eso necesita autorización de la comunidad, me parece surrealista
Buenos días, Silvia:
Al ser un elemento amovible, no debería de necesitarse. No obstante, piensa por ejemplo en los toldos. Hay que revisar las actas para ver si se dice algo. Consúltalo con el administrador.
Un saludo,
Hola!
Hace un par de años compré una vivienda (piso, 2º de altura) que linda con el otro edificio a nivel de balcón (área balcón= 5m2) con un separador de cristal, que no es de suelo a techo, sino que deja por la parte superior unos 80 cm.
Los vecinos del edificio contiguo son muy ruidosos (fiestas nocturnas, música alta en el balcón durante el día, tono de voz elevado a todas horas,..) muy fumadores (están en su derecho, por supuesto, el problema es que el humo se cuela por todas partes, sobre todo por arriba del cristal, convirtiéndonos así en fumadores pasivos), y hacen mucha vida en el balcón, sobre todo con el buen tiempo (comida/cenas/conversaciones a todas horas). El año anterior decidimos habilitar aire acondicionado en el salón exclusivamente para poder cerrar en verano y poder ver una película con tranquilidad. Aún así, no podemos disfrutar del balcón sin perder intimidad.
Mi duda es: podría substituir el cristal (viejo, roto y que no llega al techo) por otro que cubriera toda la superficie, de suelo a techo? El importe de la substitucion iría a mi cargo. Gracias
Buenos días, Cristina:
Si la estructura es amovible y no varía la estética del edificio no debería de haber problema. No obstante, debes trasladar la pregunta junto con el proyecto al administrador por si se necesitase consentimiento de la Junta.
Un saludo,
Buenos días. En mi piso (último de la casa) tengo un balcón que da a un patio interior pequeño compartido con el edificio de al lado. Me gustaría hacer un cerramiento de ese balcón con ventanas de aluminio. La pregunta es si necesitaría el permiso de las dos comunidades de vecinos o solamente el de mi bloque. Por otro lado, hay ya algunos cerramientos de balcones realizados en los 2 edificios, aunque no en ese patio, sino en otro balcón que da a la calle, ¿esa circunstancia me permitiría hacer el cerramiento sin permiso de la comunidad? En cualquiera de los casos ¿el permiso de obra del ayuntamiento debo pedirlo igualmente?
Buenos días, Diego:
El primer permiso siempre es el del Ayuntamiento. Si tu modificación no se corresponde con ninguna anterior, deberás pedir el permiso de la Junta.
Un saludo,
Hola!
Me compré un ático donde se hizo un cerramiento hace unos 25 años, por lo que creo que ya está prescrito.
He intentado en la junta de vecinos pedir permiso para colocar paneles solares en el tejado de ese cerramiento pero han votado en contra repetidamente.
¿Es posible que ese cerramiento ya sea de mi propiedad y por tanto también el tejado y pueda poner placas solares sin su permiso?
Muchas gracias!
Buenos días, Samuel:
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Si tienes más dudas, puedes ponerte en contacto con nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola Buenas
Vivo en un segundo que compramos y reformamos hace 2 años. La vecina del primero cerró la terraza antes de que llegaramos al edificio(hace unos 5 años) y además tiró el muro exterior con lo cual su aislamiento en este momento es cierre que ha realizado en la terraza. Todo esto lo ha hecho sin permiso , es más se le amenazó con denunciarla si tiraba todo así que solo le dió tiempo a hacerlo en una habitación. Es un edificio familiar y en su día no estaba constituida la comunidad. Nosotros aislamos la terraza con pintura especial al realizar la reforma, ahora ella dice que le entra agua en esa habitación y que debe ser la comunidad la que pague las obras en la fachada par arreglar el problema. Tienen razón?
Buenos días, Daniel:
Enviad al perito del seguro de la comunidad.
Saludos,
Hola buenas:
Hace 8 años compramos un local de 125 metros cuadrados, en el cual existen cuatro lucernarios qué desde un patio comunitario dan luz natural en esa parte del local con bastante efectividad, pues ahora la administradora los a tapado con las obras de impermeabilización de los patios qué según dicen es la opción recomendable, pero esos lucernarios existen desde la construcción del edificio y están declarados en el certificado de eficiencia energética del local y figura en la escritura de compra. Es legal lo qué han hecho y sin permiso y sin avisar los afectados .Saludos
Buenos días, Vicente:
Así expresado no parece muy legal, pero no podemos darte una respuesta certera sin análisis.
Para ello, puedes contactar a nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola!
Me he comprado un ático y la terraza tiene una parte techada (el resto al aire). En la Comunidad está permitido el acristalamiento vertical y la mayoría de vecinos lo tienen. En mi caso, al ser un ático y no tener la terraza totalmente cubierta por el techo, me planteaba levantar una nueva fachada con cemento y ventana corredera (aprovechando la superficie techada de la terraza) como la que existe de origen pero desplazándola unos centímetros para ganar espacio en la cocina.
En la Comunidad, la mayoría de pisos han sido acristalados. De estos, la mayoría ha conservado en su interior los muros originales de acceso a la terraza, si bien hay varios pisos que los han derribado. Entiendo por todo ello que se ha permitido tanto la modificacion de la fachada como de los metros habitables de las viviendas (desconozco si el derribo de los muros originales ha sido con autorización, pero es algo que se ve desde la calle a simple vista). Sin embargo, en los áticos del edificio no he visto modificaciones de este tipo. El Administrador tampoco me advirtió nada sobre los áticos, simplemente me comentó que en la Comunidad estaba permitido acristalar siempre y cuando no se techara.
Mi pregunta es si podria la Comunidad negarse a que desplace la fachada para ganarle metros a la vivienda aunque no vaya a techar ni a modificar la estética de la fachada más que los que acristalan (porque mantendré mismas dimensiones y estética de ventana y muro), ya que no estoy únicamente acristalando; o si tendría alguna posibilidad de argumentar mismos derechos e igualdad entre vecinos que han podido ampliar metros habitables y tirar muro de fachada?
Muchas gracias de antemano por toda la información y respuestas planteadas en este blog!
Buenos días, Laura:
Antes de nada, deberías verificar con los técnicos municipales si la obra estaría permitida.
Después, si tu obra no está contemplada en casos anteriores, deberás someterla a la votación de la junta.
Si necesitas un asesoramiento jurídico, nuestros abogados te atienden en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Saludos,
Buenas noches tengo una pregunta y quería saber si me la podríais solucionar
Tengo un vecino que a echo un cerramiento de madera en su patio y queríamos saber hasta qué punto eso es legal el patio es pegado al mío y ahora mismo nos a quitado el derecho al sol necesitaría ayuda gracias un saludo.
Buenos días, Raquel:
En principio sería legal por ser amovible. No obstante, podría haber un problema con la servidumbre de luces. Puedes consultar a nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Gracias,
Buenos días,
Tengo un bajo con una terraza privada (consta en las escrituras como propiedad privada) me gustaría cerrar una parte, ¿al ser propiedad privada basta con que avise a la comunidad o necesito autorización de la misma?.
Buenos días, Mariam:
La normativa respecto al cerramiento tiene más que ver con la configuración estética del edificio y con la normativa municipal que con el derecho real sobre la misma.
Si tienes dudas, puedes contactar con nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Gracias,
Buenos días,
Una red anti-caida de gatos se considera un cerramiento de la terraza. Desde la gestoría me indican que si pero yo por cerramiento entiendo otra cosa, tengo que quitarlo?
Gracias de antemano
Un saludo
Buenos días, Jonathan:
Puedes tener problemas si hay impacto estético. Puedes consultar a nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Gracias,
Hola, tengo una vecina que tiene puesta una valla una valla hércules con tela para que no se vea nada. Pero se ve el canalón y el tejado de la caseta que ha puesto en la terraza detrás de dicha valla. Esto lleva así desde hace 3 años y medio, y no ha habido ninguna queja. Ahora quiero poner yo lo mismo y alguno vecinos se están quejando de que no sé pueden poner casetas de jardín en la terraza porque según ellos estamos aumentando las viviendas y que eso no lo aprobaron. Que solo se aprobó poner la valla.
Mi pregunta es: ¿la caseta al estar oculta, no afecta la estética ni a los vecinos (a nada) y tengo el certificado de que es desmontable, sin obra y demás, me pueden poner igualmente problemas los vecinos?
Es que no entiendo que se me quejen a mi que ni lo he puesto aún, cuando la otra vecina lleva casi 4 años con ellos sin problema alguna.
Muchas gracias, un saludo.
Buenos días, Virginia:
En principio, si no afecta a la estética, es desmontable y no suma superficie a la vivienda, no deberías de tener ningún problema.
En todo caso, nuestros abogados pueden atenderte en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Gracias,