La situación es la siguiente: compras un piso, aparentemente tienes todos los gastos bajo control y ¡zas, derrama al canto! Como compradores, en más de una ocasión la tentación es pasarle la pelota al vendedor. Sin embargo, ¿hasta qué punto eso se ajustaría a la legalidad? Por ello, queremos tratar los pormenores de comprar un piso con una derrama pendiente.
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¿Qué vamos a ver?
¿Qué es una derrama en una comunidad de propietarios?
Para entender el papel de las derramas en las comunidades de propietarios es importante conocer primero los tipos de gastos que enfrenta una comunidad de propietarios.
Todos los años la comunidad de propietarios tiene un conjunto de gastos fijos: electricidad, seguro, limpieza, mantenimiento, etc.
Luego están los gastos extraordinarios para “imprevistos”. Aquí contemplaríamos los gastos destinados a las obras de reparación y conservación, porque son urgentes y no requieren de aprobación de la Junta.
El presupuesto de la comunidad debe cubrir esos gastos, que son los ordinarios, más una dotación del 10% al fondo de reserva para los imprevistos. Puedes consultar todo lo referente al fondo de reserva aquí. La suma de ambas cosas entre los meses del año nos arroja la cuota mensual que paga cada propietario.
Finalmente, hay gastos extraordinarios previstos. Hablaríamos de obras y trabajos de mejora. En este saco podemos meter también gastos judiciales o algún otro trámite administrativo extraordinario que quiera emprender la comunidad.
¿Qué es una derrama?
Una derrama es un cargo adicional a los propietarios. Se emplea:
- Para reponer el fondo de reserva tras los trabajos de conservación y reparación.
- Para dotar a la comunidad de liquidez cuando se haya aprobado algún trabajo importante de mejora.
Ni qué decir tiene que en las comunidades en las que la cuota mensual es generosa y hay pocos morosos las derramas son algo anecdótico. Es más, hay comunidades que deciden subirse la cuota mensual después de un periodo de derramas.
Las derramas siempre tienen que ser aprobadas en Junta de propietarios. Tanto su importe como su reparto.
- Número de meses.
- Participación de los propietarios: partes iguales o a cuota.
¿Puedo vender mi casa con una derrama pendiente?
La venta del inmueble es completamente independiente de si hay derrama o no.
El comprador, no obstante, debe tener muy presente que al adquirir la vivienda está comprando también sus deudas. Así se refleja en el artículo. 9e de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).
¿Quién paga la derrama de la comunidad en caso de compraventa?
Aquí los plazos importan. El flujo de información, también.
Sobre los plazos
- Si la derrama se aprobó y se ejecutó antes de la firma de la escritura de compraventa, corresponde al vendedor su abono.
- Si la derrama se aprobó antes de la fecha de firma, pero el primer pago es posterior, corresponde al comprador
- Cuando está en marcha, las cuotas hasta la firma son del vendedor y corresponde al comprador su abono después de la firma.
La queja habitual del comprador es que él no aprobó dicha derrama
. Está fuera del caso. Como nuevo propietario, sí va a disfrutar de sus resultados. Además, él compra una participación sobre una comunidad de propietarios que en Junta sí ha aprobado la antedicha derrama.
Sobre el flujo de información
El día de la firma de la escritura de compraventa, el vendedor, salvo oposición del comprador, debe aportar en la Notaría un certificado de corriente de pago de la comunidad de propietarios. Este certificado lo emite el administrador.
Hay que tener cuidado, porque en ese certificado sólo pondrá si está al corriente de pago o no, pero no tiene por qué poner ni el importe de la cuota de la comunidad ni el de las derramas si las hubiera.
Es conveniente, que no obligatorio, que el comprador pregunte antes de comprar el inmueble. Por regla general, la presencia o ausencia de derrama no será un factor determinante en la decisión de compra, pero a todos nos gusta organizarnos el bolsillo.
No obstante lo anterior, si comprador y vendedor llegan a un acuerdo, es este acuerdo el que tiene validez.
¿Y si el vendedor lo oculta deliberadamente?
Si el comprador se interesa por las posibles derramas y el vendedor deliberadamente oculta esa información, debe andarse con ojo, porque le pueden ser reclamadas esas cantidades. Hay que tener en cuenta además que la derrama puede ser considerada como vicio oculto de la cosa vendida. Esta figura viene definida en el Código Civil, en sus artículos 1484 y sucesivos. Una derrama es un vicio oculto cuando:
- De haberlo conocido, el comprador no hubiera adquirido el inmueble o hubiera rebajado su precio.
- La derrama se hubiera aprobado con anterioridad a la firma y el vendedor ya hubiera sido notificado de la misma.
En cambio, no sería contemplado como vicio oculto si, por razón de su oficio, el comprador debiera haberlo conocido o saber que lo debería de conocer.
Después de todo lo expuesto, ya tenemos claro que al comprar un piso u otro inmueble con una derrama pendiente, es el comprador el que debe hacerse cargo del pago de las derramas. Eso siempre será así, salvo que el vendedor haya adolecido de “honestidad”. Si quieres un estudio pormenorizado de tu caso, puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas
He comprado un piso hace una semana y hoyben el ascensor me he encontrado un sumario sobre la aprobación o no en junta de vecinos de varios puntos en una derrama, que todo alude que estuviera previamente hablado o pensado. El vendedor ocultó dicha información, cuando se le preguntó (es un usurero y ademas ocultó imperfecciones del piso no dejandonos tocar ni mirar en visitas aludiendo al covid, y poniendo muchas pegas para que el arquitecto viera el piso) en cuanto a la derrama falta aprobacy(motivo de la junta de vecinos) pero todo alude a ocultación premeditada por su parte. ¿Se puede demostrar o reclamar? Gracias
Buenos días, Fer:
Si la derrama esta por aprobar, no tienes nada que reclamar, ya que tú mismo puedes votar en contra. No obstante, te invitamos a hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas por si necesitas una consulta pormenorizada de todos los aspectos de tu caso: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hemos comprado una vivienda que en ningun caso nos indicaron que tenia una derrama pendiente del ascensor , que se paga mes a mes.
Al llegarnos el recibo de la comunidad hay 2 partidas una de camunidad y otra de la derrama.
Nos tocaria pagarla a nosotros al no habernos informado de ella?
Buenos días, Víctor:
Estáis obligados a haceros cargo de la derrama desde el momento de la firma de la escritura. Otra cosa es que demandéis al vendedor por vicio oculto en el contrato y renegociéis una indemnización que minorice el precio de compra. Podéis consultar más en detalle en nuestro servicio de consultas jurídicas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Voy acomprar unpiso y me entrado de que hiciero una reunion y aprobaron poner el ancersor a quuen le corresponde pagar al vendedor oal comprador
El nuevo propietario asume las cuotas pendientes al momento de adquirir el inmueble.
Hola, yo quiero vemder mi piso, y se van hacer unas obras en mi comunidad, la parte compradora lo sabe, hay un presupuesto aprobadoen jumta, perode momento no hemos empezado, se acordó que ibamos a ir haciéndolo poco a poco y pagando por cada trabajo terminado.
El dinero total de dicho presupuestoya esta en la cuenta de la comunidad.
Duda es si se va encareciendo la obra, porque seguns e van haciendo los trabajos aparecen cosas nuevas, eso a quien corresponde el pago? A nosotros o a los nuevos dueños?
Gracias
Buenos días, Isabel:
En caso de que los propietarios deban aportar más dinero, corresponderá el pago a quien sea propietario en ese momento.
Un saludo,
Buenas tardes, estoy en la situación que explica su artículo, tengo una vivienda a la venta en la cual hace un mes aprobaron en junta una derrama para hacer mejoras en la comunidad y cambio de porteros automáticos, esta semana firme un acuerdo de compra con la inmobiliaria y resulta que la agente no le comento a la propietaria que habria derramas en un futuro, al ir a pedir el certificado al administrador de mi comunidad el corriente de pagos estoy al día pero como es natural incluye que hay una derrama aprobada y que se abonará en los proximos 7 años aumentando el importe de la comunidad 25 euros más. El agente de la inmobiliaria me dice que me tengo que hacer cargo yo de dicho pago cuando aún no ha venido y no se sabe cuando lo activaran y me dice que es una carga y no puedo vender el piso con carga.
Yo le digo que legalmente le corresponde a la nueva compradora ya que va a disfrutar ella de esas mejoras y que mi piso esta al corriente de pago y no es una carga.
La pregunta es si se niegan a realizar la compra que pasa con la señal que han abonado y que la tiene custodiada la inmobiliaria? Es una carga como me hace creer el agente?
Gracias
Buenas tardes, Raquel:
Este tema es un problema, porque con ese certificado expedido por el administrador se está ocultando la existencia de una deuda que ya es real aunque no se haya devengado la obligación de pago, que se producirá en fecha cierta y próxima. Técnicamente la deuda aún no existe, pues en el momento de expedirse el certificado no ha devengado el plazo de cobro, pero hay obvia mala fe si se oculta el dato, porque es un hecho cierto que la deuda se ha generado en un momento anterior a la compraventa y el pago se le va a imputar al nuevo propietario en cuanto formalice la compraventa.
Si los cálculos no fallan son 25€ x 84 mensualidades: 2100€.
Nuestra recomendación es que lo negocies con el comprador.
Un saludo,
Buenos días:
He comprado un local comercial por 19.000 euros y el vendedor no me informó de que en la Reunión de la Comunidad del año anterior se había acordado pedir presupuesto para la reparación del tejado, que según los presupuestos, va desde 55.000 euros y 159.000 euros. Según mi participación me tocará pagar cuando se apruebe el presupuesto de reparación entre 2.500 y 8.000 euros. Si el vendedor no me informó, ¿quién tendrá que pagar esos gastos?
MUCHAS GRACIAS
Buenos días, Francisco:
Al no estar ni la derrama ni el presupuesto aprobados, deberías hacerte caso tú del pago, ya que tienes voz en la Junta pendiente de celebración. No obstante, si quieres consultar los pormenores con nuestros abogados especialistas, puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo
En abril de 2021 vendí un piso a través de una agencia inmobiliaria. La finca (son varios patios) había contratado servicios de un perito y abogado porque habían defectos estructurales generales y en algún piso (no en el mío). Se aprobó ir a juicio contra la constructora, que abonó a finales de 2020 un dinero. No obstante, no se había aprobado la derrama para realizar las obras (se ha acordado ahora en la junta de vecinos). Sin embargo, el comprador me exige llegar a un acuerdo y que le pague una parte. Me gustaría saber si estoy en la obligación de pangarle alguna cantidad. Gracias
Buenos días, Rafa:
La derrama no estaba aprobada en el momento de la compra-venta. En principio, si estás obligado o no a pagarle debe resolverlo un juez, demanda por su parte mediante (y no son baratas). Si tienes dudas, puedes acceder a nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas tardes,
Acabamos de adquirir una vivienda en mayo, donde sabíamos que había una derrama pendiente por arreglar la fachada, pero que la agencia nos dijo que ascendía a 30 euros mensuales durante 2 años y medio, y ahora que ya hemos recibido la primera factura del administrador, nos dice que la derrama asciende a casi 100 euros mensuales (297,60 euros/trimestre). La de la agencia dice que es lo que le dijeron, pero el propietario niega que dijera lo de los 30 euros. Por otra parte, la comunidad nos dijeron que serían 120 euros/trimestre y finalmente son 140, y se nos ha ocultado que el garaje tenía, además, una derrama por obras que suman 27 euros/trimestre durante al menos 3 años más. La venta la llevaban dos inmobiliarias que trabajan conjuntamente (y se repartían su comisión); les estoy reclamando estos errores, y me dicen que en el certificado que el administrador envió a notaría corroboraba que los gastos, hasta la última factura de marzo, estaban al día, pero no indicaban cantidades de la derrama de la fachada, ni que hubiese derrama por el garaje. Me dice la inmobiliaria que poco se va a poder hacer… ¿Esto es así o puedo reclamar por comunicarme datos erróneos u ocultar información? La agente dice que a ellos nadie les había comunicado la derrama del garaje, por lo que el propietario ahí tendría la culpa de ocultar dicha información, pero lo de los 30 euros de la fachada me lo comentaron por teléfono y no consta en ningún sitio, y lo de los 120 euros de comunidad sí lo tengo en un whatssap.
Muchas gracias y un saludo
Buenos días, Cristina:
Para un estudio más profundo del caso puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas tardes.
Compré un piso en 2019 y en la última reunión de la comunidad (marzo 2023) resulta que se ha realizado un embargo porque en el año 2001 se pidió una subvención para instalar un ascensor y al final, por problemas técnicos, no se realizó dicha obra. Mi pregunta es que ahora, 22 años después, se me exige que yo pague la devolución de la subvención. ¿Se le puede reclamar ese gasto al anterior propietario? Decir también que la persona que me vendió a mí el piso era el propietario cuando se pidió la subvención.
Muchas gracias de antemano.
Buenos días, Manuel:
Al comprar un inmueble se adquieren sus responsabilidades y cargas. No obstante, puedes ampliar la consulta a nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola, mi pregunta es. Quiero adquirir una vivienda reformada a un precio razonable, el problema esta en que próximamente a la vivienda corresponde una derrama extraordinaria aproximada de 20.000€ por la instalación de un ascensor y reformar tanto el portal como la escalera entera. Desde la agencia inmobiliaria me informan que por ahora solamente hay una primera acta aprobada por los vecinos para la concesión y gestion de la obra a una empresa, pero no se sabe sabe cual es el importe total, ya que todavia tienen que aprobar la obra total que va a gestionar esta empresa. A quien le corresponde la derrama? Se que todavía falta aprobar el importe de la obra y la memoria de materiales. Toda la derrama seria a cargo del comprador?
Gracias
Buenos días, Mikel:
Esa derrama entra dentro del proceso de negociación en la compra de la vivienda, ya que serás tú quien deba abonarla a partir del momento en que empiecen a pasar los cargos y ya seas propietario. De momento, ya estás informado.
Un saludo,
Buenas tardes,
Me encuentro ante un caso similar al expuesto en el artículo.
La vivienda la adquirí en diciembre de 2020.
Me ha llegado un correo del administrador de fincas que indica que a partir del próximo mes de agosto deberé pagar todos los meses hasta julio del próximo año 2022 una derrama extraordinaria aprobada en junta de marzo 2020 cuando yo aún no era propietario de la vivienda. Y en el acta de aprobación se indicaba que el pago se iniciaría en abril de 2020 hasta marzo 2021.
Cuando adquirí la vivienda, en el certificado de deuda del administrador no se incluyó que hubiese una derrama aprobada pendiente de pago por lo que yo desconocía este hecho.
¿Quién debería pagar dicha derrama?
Muchas gracias por todo,
Un saludo
Buenos días, Juan Pedro:
Tú parte de la derrama comprende desde la fecha de compra hasta la fecha de finalización. Si no se estaban realizando pagos, debería de haberse figurado en el certificado de corriente de pago. Puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días.
En el proceso de compra de un piso con la mediación de una inmobiliaria, hemos firmado contrato de arras con la entrega de una cantidad de dinero.
En el proceso posterior con los bancos, ayuntamiento y gestoría se nos ha informado de una derrama en curso y otra aprobada que se ejecutará al finalizar la aun vigente.
En ningún momento durante el proceso de compra se nos informó de esto, es más, inmobiliaria y vendedores sabían de los precario y ajustado de nuestra economía al punto que se quitó de la oferta una plaza de garaje para facilitar la compra.
El ratio de endeudamiento es muy ajustado, a pesar de lo cual tenemos la aceptación inicial de varias entidades bancarias, estando a la espera del resultado de la tasación para decantarnos por una de ellas.
Uno de los problemas es que las cuotas imprevistas que se están abonando y las de la futura derrama ya hacen superar el de por sí forzado ratio de endeudamiento antes referido lo que podría derivarse en la negativa a la concesión de una hipoteca. Y atendiendo a la parte final del artículo dela presente página, de conocerlo habríamos modificado la negociación u optado por otro inmueble.
Mi pregunta es hasta que punto puedo pedir que la parte vendedora se haga cargo de las cuotas futuras de la derrama, principalmente atendiendo a la mala fe demostrada al ocultar estos datos, o incluso cesar nuestro compromiso de compra recuperando el dinero entregado, así como el de otros gastos derivados de la compra.
Gracias y disculpen por la extensión de la consulta.
Buenos días, Antonio:
Esta pregunta debería ser respondida directamente por nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Hola Yo tengo otro caso que no es una derrama.
La cuestión es que por diversos motivos la firma de mi piso se demoro 2 meses hasta Agosto. Y ahora la gestora de la comunidad nos reclama los pagos de los meses de Junio y Julio en los cuales no éramos propietarios. ¿Quién debe pagar estos dos meses?
Buenos días, Miguel:
Sois los propietarios desde la firma de la escritura.
Un saludo,
Ya echo el contrato de arras por la compra de un inmueble nos comunicamos con la comunidad por un tema de cerramiento y ellos nos comentan que hay una derrama pendiente por un juicio perdido con la constructora, la comunidad ya les informó a los propietarios por correo electrónico. A nosotros los compradores en ningún momento se nos informa por parte de la inmobiliaria ni por parte del vendedor
A quien le corresponde la derrama???
Buenos días, Daniel:
La derrama le corresponde al que sea propietario en el momento del vencimiento de cada cuota. Si se empieza a pagar en octubre y ya habéis firmado, os correspondería a vosotros. No obstante, estáis a tiempo de renegociar el precio antes de la firma, ya que disponéis de información de la que carecíais en el momento de la firma del contrato de arras. Si tienes dudas adicionales, puedes contactar con nuestro servicio jurídico en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas
Soy propietaria de un inmueble que acabo de heredar y tengo comprador. En la fachada hay unas mallas en algunos balcones. Esto me llevó a preguntar al Presidente qué ocurre. El edificio por tener +45 años acaba de pasar la ITE. Tiene una afectación grave y otra importante que se han de arreglar. El tema está en que todavía no se ha aprobado en Junta el presupuesto ni la derrama ni el inicio de pagos. Preguntado el presupuesto aproximado por tener que vender el piso, me comentan que está entre 1.500€-1.800€ por vecino. Esta semana firmaremos el contrato de arras. Quién debería de asumir la derrama? Si soy yo, cómo lo puedo redactar en el contrato de arras cuando no sé el alcance exacto de la derrama.
Muchas gracias,
Buenos días, Amparo:
Legalmente asume el pago el que sea propietario al vencimiento de cada cargo. Ahora bien, es tu obligación informar al comprador del importe de la derrama. Si la acepta como condicionante de la compra, bien. Si exige una rebaja en el precio de la compra por la existencia de la derrama, está en tu mano aceptarla, rechazarla, una aceptación parcial. La derrama sólo es un componente más en la negociación de una compra-venta.
Un saludo,
Hola,
Hace poco adquiri una vivienda en la cual, después de firmar me comunico el administrador de la vivienda que me correspondía pagar una derrama que se aprobó antes de la firma de la escritura de compraventa y se puso un plazo para el pago un día antes de que yo firmara, a quien le toca pagar? A mí o al antiguo propietario?
Buenos días, Sergio:
No importa cuándo se haya aprobado la derrama, sino quién es el propietario en el momento en que se empiece a cargar la misma. Las actuaciones con el antiguo propietario en este caso y con los datos expuestos se limitarían a demandar una indemnización por vicio oculto. A priori, sin tener en cuenta el importe de la derrama, no recomendaríamos esta opción. Sin embargo, para una respuesta más detallada, puedes hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días, voy a comprarme una casa , la comunidad aprobo una derrama para la rehabilitación del edificio, dicha rehabilitación ya se ha realizado, pero mi vendedor y otros propietarios de la comunidad (no todos) decidierón ir pagando una cantidad extra en ell pago mensual de comunidad. A la hora de realizar la compra de dicho piso, ¿me tengó que hacer cargo yo de la cantidad aún pendiente o es el vendedor al estar ejecutada la obra quien debe hacerse cargo de la cantidad pendiente?
Muchas gracias por anticipado.
Buenos días, Pablo:
Las derramas deben ser abonadas por el propietarios actual con independencia de quien lo fuera en el momento en que se aprobó el gasto. En este sentido, estarías obligado a pagar, con independencia de que esa derrama pueda ser objeto de negociación en el precio de venta. Míralo así: si bien es cierto de que viene con sorpresa, dicha va destinada a que disfrutes de las mejoras en el inmueble.
Un saludo,
Hola, en una semana tengo que firmar la compra de un piso, pero resulta que a una semana de la firma nos informa el vendedor que hay una derrama pendiente aprobada hace 7 meses y que el plazo para pagarla cumple en febrero de 2022. ¿En este caso quien debe hacerse cargo de la derrama? Si el vendedor no firma la venta por esta derrama, ¿esta obligado a devolver el doble de las arras?
Buenos días, Dani:
Estáis a tiempo de renegociar el precio de venta por vicio oculto. Te indicamos lo mismo que en el post y en comentarios anteriores. El comprador se hace cargo del pago de los vencimientos de la derramas desde la adquisición. Es decir, si se empezó a pagar en octubre, octubre lo paga el vendedor, noviembre también y diciembre el comprador.
El vendedor está interesado en firmar. Es el comprador el que tiene dudas, por lo que el desistimiento sería del comprador que pierde la fianza. No obstante, aquí no es blanco o negro. Para situaciones complejas, hay que ponerse en manos de un abogado, Nuestra consulta jurídica tiene un coste de 25€. Puedes acceder aquí: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas tardes,
Voy a vender un piso y hay una derrama para realizar unas obras por humedades en la urbanización. En la junta del 2018 se aprobó pasar un recibo a cada vecino para ir ahorrando.
El importe está sin cuantificar por lo que no se sabe a fecha de hoy ni cuanto va a ser, ni cuando empezaran las obras.
No hay ni tan si quiera presupuestos para tal fin.
Si vendo el piso tengo que seguir pagando estos recibos? o le corresponde ya al comprador?
Gracias y un saludo
Buenos días, Irene:
Al comprador debes informarle de la situación. A partir de la fecha de venta, es el comprador quien se hará cargo de los recibos.
Un saludo,
buenos días,
quiero vender un piso en el que existe una derrama desde hace meses por el impago de uno de los vecinos. El impago está en vías de solución pero sin fecha concreta para la misma ¿tiene que figurar esta derrama cómo una carga en el contrato de arras?.
gracias
Buenos días, José Manuel:
Debería haber alguna constancia de que esa derrama existe; bien en el contrato de arras o bien en la descripción de cargas anterior a la escritura.
Un saludo,
Buenos días, mi pregunta es la siguiente: tengo un piso por el cual firmo la venta del mismo la semana que viene. Le he pedido al administrador de fincas el certificado de no tener deudas y me indica que no tengo deudas pendientes con la comunidad pero que se hizo una Reunión en la cual se informo de una posible derrama en el edificio y me indica que lo tiene que poner en el certificado de no tener deudas. Mi pregunta es: si no está aprobada la derrama, tiene que poner a titulo informativo en el certificado de que hay una obra pendiente???
Buenos días, Florencia:
Para evitar problemas de vicios ocultos en la venta, sí, sería recomendable ponerlo. El comprador se beneficiará del pago de esa derrama.
Un saludo,
Buenas tardes,
Estoy en proceso de comprar una vivienda que está pendiente de aprobar una derrama de 1500€ aproximadamente por casa. El vendedor me comunicó que se encargaría él de pagarla, me gustaría saber cómo puedo hacer para, a la hora de firmar el contrato de compraventa, conste que el vendedor se hace cargo de toda la derrama.
Un saludo
Buenos días, FRancisco:
Simplemente que figure esa cláusula en el contrato de arras y, posteriormente, en la escritura.
Un saludo,
Hola, dentro de 2 días firmamos las escrituras, en la vivienda que compramos nos informaron de una derrama aprobada y que está el todavía actual propietario pagando mensualmente 200€. El vendedor nos indicó que quería seguir pagando mensualmente la derrama en vez de hacerlo de una vez, xq quiere pagar posibles ampliaciones de esa derrama (por nosotros encantados obviamente), se indicó en el contrato de arras que dicho pago de la derrama la hacía íntegramente el vendedor pero quiero saber si lo puedo indicar en la firma de las escrituras o cómo hacer un contrato sobre dicho pago mensual para que no haya problemas el día de mañana por si deja de pagar.
Gracias.
Saludos.
No creemos que la escritura de compraventa sea el sitio indicado para incluir una cláusula de pago de derramas de gastos. Vemos más razonable que eso se haga en documento privado aparte. Si quiere que nuestro equipo de abogados revise el contrato de arras para comprobar si con lo estipulado en el mismo es suficiente o si es necesario redactar un nuevo documento, puede hacernos la consulta en el apartado de “consultas jurídicas” de nuestra página web.
Y he un contrato de arras para vender una vivienda 27 de febrero del 2022, y el 15 marzo un reunió hay una derrama de arreglo de terraza y que a partir de abril girarán 70 euros de derrama durante 6 meses la escritura se firma en marzo aquí en corresponde pagar la derrama ya que en marzo cambia de dueño gracias
Buenos días, Miguel:
Salvo acuerdo entre las partes, hasta la firma de la escritura al vendedor y desde la firma al comprador.
Un saludo,
Hola, hace una semana hicimos arras para comprar una vivienda. Una vecina nos ha comentado que se acaba de aprobar una derrama para realizar la fachada, quien se debe hacer cargo?gracias.
Buenos días, Marga:
Salvo acuerdo en contrario. Las derramas se pagan según se van girando los recibos. Hasta el día de la firma el vendedor y desde el día de la firma el comprador.
Un saludo,
Hola, tengo una pregunta y agradecería mucho la respuesta.
Hemos adquirido una vivienda a finales del 2021. Al firmar indicaron que la vivienda no tenía ninguna carga pendiente sin anotaciones de ningún tipo. La comunidad había encargado un mes antes un arquitecto para la valoración de la fachada. En marzo del 2022 nos ha llegado la circular con la valoración final que indica que hay que renovar la fachada, y se va a votar próximamente. El propietario me indicó que no había ninguna carga y (por escrito) que la fachada no se iba a hacer que estuviésemos tranquilos, porque se lo preguntamos nosotros.
Tengo algo que hacer por vicio oculto de esta información si saliese aprobada la derrama?
Gracias de ante mano.
Buenos días, Marta:
Según nos indicas, a la fecha de firma, no existía ninguna carga ni derrama pendiente y el informe del arquitecto ha llegado después de la firma.
Un saludo,
Compramos una vivienda a finales de Diciembre,y luego nos hemos enterado que había una derrama, la derrama eran 4 meses, noviembre que lo pago el vendedor, diciembre que lo pago, y luego devolvio firmamos a finales de diciembre, y enero y febrero que ya no pago. Nosotros nunca hemos tenido conocimiento de la derrama aún habiéndose lo preguntado varias veces a la Inmobiliaria y hasta que no hablamos con la administradora de fincas una vez firmada la compraventa, y no quiere hacerse cargo de los recibos. Que podemos hacer??
Buenos días, Daira:
Desde el momento de la firma la responsabilidad de ese pago es del nuevo propietario. Sinceramente, antes de mover un papel calcula de cuánto dinero estás hablando. Si te merece la pena, puedes trasladar la pregunta a nuestro servicio jurídico en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas noches estoy a falta de 10 días para firmar en notario y el piso tiene una derrama que yo era conocedora por la inmobiliaria que serían 70 euros durante 3 años y por la administración me enterado que seria n 113 durante 10 años …que debo de hacer eso seria un vicio oculto por ocultar ocultar la verdad
Buenos días, Montse:
Pide algún tipo de certificado de la administración y negocia el precio del piso.
Un saludo,
Buenos días, compré un piso en Cataluña el 7 de marzo 2022 «libre de derramas» y sabiendo que en septiembre del 2021 la comunidad de vecinos habían aprobado aumentar los gastos comunitarios de los vecinos de 100 E a 600 Euros al año y pedir un presupuesto para arreglar las cornizas del inmueble. Las obras de las cornizas no se hicierón (no sé si los vecinos pidieron un presupuesto). El 3 de marzo, o sea antes de que sea propietaria, el Ayuntamiento envío una notificación con obligación de efectuar las obras en la cornizas dentro de un cierto plazo. La agencia vendedora no me informó de aquello ni antes ni en el momento de firmar las escrituras el 7 de marzo. Mis dos preguntas son: a quien del antiguo propietario o de mi le corresponde pagar los gastos comunitarios del 2022? Se considera «vicio oculto» el no informarme de la notificación del Ayuntamiento en el momento de firmar las escrituras… A quien de los dos (antiguo propietario o mi) le corresponde pagar las obras de las cornizas? Muchas Gracias!
Buenos días, Benedicte:
Independientemente de cuándo se aprueben las derramas, el pago corresponde al anterior propietario hasta el momento de la firma y al nuevo propietarios a partir de la firma. Si tienes más dudas, puedes consultar a nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas tardes,
Acabo de adquirir la compra de una vivienda de segunda mano. Se me informó de que el propietario y la comunidad estaba libre de cargas. El día después de la firma nos llega una nota del administrador sobre la próxima reunión de la comunidad de vecinos donde se va a tratar, entre otros puntos, la aprobación del presupuesto para la reparación de las filtraciones que existen en terraza. Esta información no se me ofreció en ningún momento. ¿Puedo reclamarle al vendedor que se haga cargo de esta posible derrama siendo que no se me había informado de ella?
Buenos días, Miguel:
En el momento de la firma, no existía derrama. Además, has tenido oportunidad de asistir a la Junta y votar sobre el punto.
Un saludo,
Buenas tardes,
Tego una duda que os agradecería que me pudierais resolver. Cuando vendí el piso había una derrama aprobada en junta debido a las costas de un juicio que habíamos perdido, pero se iba a recurrir, el administrador me hizo pagar toda la cuantía antes de vender para darme el certificado, un año después de vender el piso, el recurso sale favorable en una parte a la comunidad y la cuantía que hay que abonar es menor de la que pague un año antes. ¿El dinero me lo tienen que devolver? ¿Se lo deben de dar al nuevo propietario? ¿O se lo queda la comunidad?
Muchas gracias.
Buenos días, David:
Te recomendamos acceder a nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días, he comprado un bungalow y me acabo de enterar que hay un problema con las tuberías que van desde los contadores, por el pasillo de la comunidad hasta mi vivienda. Hay fugas en este pasillo y se pierde agua todos los días en cada una de las viviendas y no saben como repararlo. ¿puedo reclamarselo al propietario por vicio oculto? ya que llevan ya varios meses con este tema y no se me había informado.
Buenos días, Alicia:
Puedes consultarlo con nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días,
Tengo una duda en cuanto al siguiente tema:
Se aprobó el presupuesto para una derrama en noviembre de 2021 (rehabilitación de fachada y azotea). Nosotros compramos la vivienda en este edificio en mayo de 2022 y el 100% de los gastos de esta derrama fueron abonados por el vendedor. Los trabajos siguen actualmente en curso. y, ayer, el presidente de la comunidad informa de gastos adicionales no previstos inicialmente.
¿A quien le corresponde pagar este gasto adicional? ¿un coste extraordinario sobre una derrama aprobada es equiparable a una nueva derrama? El vendedor no debe responsabilizarse de futuros gastos imprevistos, aunque éstos guarden relación con derramas en curso?
Muchísimas gracias por su respuesta.
Un saludo,
Buenos días, Ludovic:
Que al llegar al acuerdo de compraventa el vendedor se hiciera cargo de la derrama no quiere ni siquiera decir que estuviera obligado a ello. Las derramas son responsabilidad de quien a fecha de vencimiento del recibo sea propietario de la vivienda. En este caso, la ampliación de la derrama es responsabilidad de los nuevos propietarios.
Un saludo,
Buenas tardes
Hace cosa de 3 meses me compré una casa, todo bien, pero hoy me he juntado con los vecinos y me han dicho que a ver si los dueños me dijeron que habia que cambiar el tejado, arreglarlo entero. Les he dicho que no, no tenia ni idea de ello, es un 2º y parece ser que la del 4º tiene goteras por toda la casa. ¿Se considera vicio oculto?
Buenos días:
Puedes contactar con nuestros abogados en https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Se considera vicio oculto una derrama no aprobada? El vendedor no comunicó al comprador de que podría haber derrama.
Buenos días, Marco:
Si necesitas más información de la aportada en el post, puedes ponerte en contacto con nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenos días.
Yo tengo un problema con una subvención concedida por una obra de mejora de fachada. Yo compré la vivienda hace 3 años con la obra pagada. (Consta en el contrato compra venta). El caso es que ahora se ha recibido la subvención y en junta se ha decidido repartir entre los propietarios.. De dicha obra se me reclamo cierto cantidad porque después de comprar se decidio hacer algún cambio y yo lo pagué porque en ese momento ya era propietaria. Ahora que se decide repartir la subvención el administrador de fincas me dice que mi parte se la ha dado al anterior propietario y cuando se solicitó la subvención se hizo a nombre de cominidad no por propietario. A quien le corresponde cobrar dicha subvención.? Muchas gracias
Buenos días, Laura:
No podemos saber cuáles fueron las condiciones en su momento. No obstante, puedes ponerte en contacto con nuestro servicio jurídico para que analicen tu caso. https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
Buenas tardes, el dia 26 de este mes vendo mi vivienda, y la administradora ha propuesto una junta de vecinos el día 25. Si hubiera alguna derrama quién se encargaría de pagarla?
Buenos días, Alberto:
El presupuesto de la comunidad se aprueba en Junta Ordinaria. Si vendes tu vivienda en mayo, ¿quién paga la comunidad de agosto?
Un saludo,
Hola,
Me acabo de comprar una vivienda, y dos semanas después de la firma, me llega una carta del administrador avisando de que se va a cargar 270€ por una derrama firmada antes de la compra. El caso es que el vendedor ni la inmobiliaria me avisaron de ello.
No sé si podría vale la pena emprender acciones legales por esa cantidad, pero desde luego creo que no actuaron de buena fe.
Buenos días, Miguel:
Por lo que cuentas, saldrá más caro el collar que el galgo.
Un saludo,
hola,
voy a vender un piso le dije verbalmente al comprador que me haría responsable de las derramas ya previstas del arreglo del edificio. Ahora soy conocedora de que solamente e de pagar hasta que venda, por lo que en arras hemos puesto que solo me hago cargo hasta el día que venda.
Tampoco se sabe aun a cuanto ascenderá la reforma.
¿pueden tacharme de vicio oculto? lo informe previamente y pese a decirle de palabra que me hacia cargo si no me corresponden esas cuotas (que no se sabe cuanto ni durante cuantos años serán) no las asumiría.
Me hicieron una pequeña paga y señal pero sin documentación aun.
Buenos días, Elisabeth:
Si las derramas figuran en el contrato de arras, no deberías de tener problemas. No obstante, puedes contactar con nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Un saludo,
he vendido mi piso con una derrama de ascensor. En el contrato de arras (firmado en Abril de 2024) consta que la derrama queda pagada, pues finaliza en Octubre de 2024 y firmaremos la escritura en septiembre 2024, asumiendo con buena voluntad ese mes de más. Posteriormente en Junta de vecinos acuerdan ampliar la derrama por aumento de presupuesto. El comprador me exige que asuma el importe de esa ampliación, aunque ya esté escriturado el piso (Septiembre 2024) porque se le dijo que la derrama quedaba pagada. Debo asumirla?
Buenos días, Silvia:
El tema es complejo porque depende de los datos que se dieran de esa derrama en las arras. Puedes contactar con nuestros abogados en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/
Gracias,
Buenos días,
El día de hoy a medio día firmo las arras en la inmobiliaria con la vendedora.
En todo momento me ha dicho la inmobiliaria que la derrama de poner el ascensor próximamente la deja abonada la actual dueña con TODO pagado, por lo tanto yo no tengo que pagar nada.
Se debería especificar claramente esta parte en el contrato de arras? Por qué me han pasado el documento que se firmará mañana y como tal no lo especifica del todo. Hace mención a que tiene que estar libres de cargas.
Leyendo otros casos, el documento que podrían presentar sería el de estar al corriente de pago, pero no que tengan toda la derrama abonada.
Que sería lo suyo o donde tiene que figurar claramente que se deja abonada la derrama completa del ascensor al comprador, en este caso a mi.
Muchas gracias de antemano.
Buenos días, Pablo:
Sería conveniente que se reflejara en las arras y, sobre todo, en el certificado de corriente de pago de la Comunidad de Propietarios que vas a exigir al vendedor.
Gracias,