Ayudas a la calefacción central: comunidades de propietarios

Suministros y ahorro energético

¡Por fin llegan las ayudas a la calefacción central en comunidades de las comunidades de propietarios! Desde el inicio de la súper escalada de los precios del combustible, el Gobierno ha ido liberando fondos para reducir el importe de las facturas. Lo vemos cada vez que repostamos en el detalle del ticket.

Sin embargo, las comunidades de propietarios con calefacción central estaban excluidas de estas ayudas. Esto es así porque su consumo anual es superior a 50.000kWh. Esta situación cambia ahora con la publicación del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural. Con la creación de una nueva tarifa de último recurso, TUR4, las comunidades de propietarios podrán beneficiarse de las ayudas a la energía.

Las ayudas estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.

¿Qué vamos a ver?

Ayudas a la calefacción central: requisitos

Para acogerse a la nueva tarifa de último recurso, las comunidades de propietarios deberán:

1 – No tener ninguna deuda contraída con su actual comercializadora.

2 – Contar con un resultado positivo en la inspección de eficiencia energética.

3 – Tener instalados sistemas de individualización del consumo antes del 30 de septiembre de 2023.

Qué sabemos de los sistemas de individualización

Tarde y a trompicones es obligatorio que las comunidades cuenten con sistemas de individualización. De ellos hemos hablado mucho, pero mucho:

Oda al capricho de la eficiencia de la calefacción central

¿Qué pasa con los contadores individuales en comunidades?

Contadores individuales obligatorios. Ahora, sí

Los principales sistemas de individualización son:

  • Contadores individuales: estos miden de forma real el consumo de cada usuario.
  • Repartidores de costes: estos identifican cuándo está encendido cada radiador para posteriormente repartir el consumo total.

¿Están todas las comunidades obligadas?

Lo primero es aclarar que desde 1998, con la aprobación del Reglamento instalaciones térmicas en los edificios (RITE) ya aparecieron los sistemas obligatorios de contabilización de consumos en el caso de instalaciones colectivas. Por ello, son los edificios anteriores a ese año y que cuenten con calefacción central los que deben interesarse más.

No todas las comunidades de propietarios están obligadas a su implantación. La normativa excluye de esta obligación a las comunidades que no puedan amortizar el gasto en el plazo de 4 años.

Asimismo, en ocasiones la instalación es directamente inviable.

Para justificar la primera situación, el titular deberá entregar a la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética una declaración responsable sobre la falta de rentabilidad acompañada de un presupuesto.

En el caso de la inviabilidad del proyecto, la empresa de mantenimiento deberá suministrar un certificado en el que se informe del motivo que se presentará junto a la declaración responsable.

Cómo realizar la solicitud de ayudas a la calefacción central

Quiénes pueden presentar la solicitud

– El presidente de la comunidad de propietarios o un representante autorizado a usar el certificado digital de la comunidad.

– La persona responsable de la empresa de servicios energéticos con la que trabaje la comunidad.

Documentación a aportar

  • Solicitud
  • Informe de la Inspección energética del edificio.
  • Si procede, el informe de inviabilidad técnica del que hablamos anteriormente.
  • En el caso de que no se dispongan de sistemas de individualización, un acuerdo de Junta para la instalación de los contadores individuales o los repartidores de costes antes del 30 de septiembre de 2023.

¿A quién va dirigida?

La solicitud debe ir dirigida a la comercializadora de último recurso (CUR) a la que pertenezca la empresa suministradora. Si no es posible, a veces pasa, a la CUR donde pertenezca la propietaria de la red. En última instancia, a la CUR con mayor cuota de mercado de la comunidad autónoma en la que se ubique la comunidad.

Obligaciones de la comunidad de propietarios

En primer lugar, la comunidad debe tener un espíritu de ahorro. Lo que podemos interpretar de la Ley es un sí, yo te ayudo, pero tú ahorras.

Así, el consumo (el consumo, no el precio) de la comunidad no debe superar la media de los últimos cinco años. De hacerlo, se aplicará una tarifa variable sobre el exceso incrementada en un 25%.

Por otra parte, las comunidades que se comprometieron a la instalación de sistemas de individualización y no presenten un certificado de instalación a la CUR antes del 01 de octubre de 2023 deberán temblar un poco. Se les aplicará una tarifa variable a todo su consumo desde que la CUR comenzó a suministrar con el correspondiente incremento del 25%

Como ves, con las ayudas a la calefacción central estas comunidades de propietarios dejan de ser las grandes olvidadas. Muchas comunidades se verán beneficiadas por ellas. Eso sí, que nadie pierda el Norte, porque no cumplir con las exigencias será duro.

 

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