El tema de los animales en las comunidades de vecinos suele ser bastante peludo y espinoso. Contar con una mascota en casa es algo normal y deseable para muchas familias. Suelen dar compañía y muchas alegrías. Sin embargo, lo que para unos está muy bien puede disgustar a otros (con razón o sin ella) y es cuando surgen los conflictos relativos a la tenencia de animales en las comunidades.
Pero antes de empezar a analizar el problema, tenemos que identificar cuál es la fuente del mismo. Y es que las mascotas tienen que ser vistas como seres cándidos e inocentes; si surge algún conflicto, en el 90% de los casos la responsabilidad será de su dueño. Eso es así.
¿Qué vamos a ver?
Animales en las comunidades ¿Por qué molestan?
Como os recordamos siempre, generalizar es de necios. Sin embargo, identificar un patrón común para definir un plan de actuación es de investigadores. En el caso de perros, gatos, pájaros, iguanas… en las comunidades, las molestias suelen estar siempre relacionadas con estos aspectos:
Ruidos
Ladridos, gatos en busca de su hembra y trinos incesantes, especialmente cuando se producen a altas horas de la mañana, son la principal queja cuando existen conflictos con las mascotas en las comunidades. Bueno, y una de las principales quejas en general.
Sin embargo, nada es absoluto. Los ruidos pueden venir de mascotas estridentes o de oídos extremadamente sensibles, por lo que siempre que haya algún ruido molesto y repetitivo conviene ponerse en contacto con la policía municipal para que midan los valores.
Consulta aquí nuestro post sobre ruidos máximos.
Deposiciones de las mascotas
En el ascensor, en el césped artificial, en los pasillos. Seamos honestos, aquí la culpa sólo es de un individuo, y no es peludo.
Malos olores
El que tiene una mascota debe ocuparse de su bienestar y de su higiene. El culpable de los malos olores es el mismo que el del punto anterior.
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Deterioro de las zonas comunes
A lo mejor el gatito todavía no sabe dónde debe afilarse las uñas o al perrito le encantan los columpios de los niños para calmar su dolor de muelas. Ver el culpable en los puntos anteriores.
Prohibición de animales en las comunidades de vecinos
Para todos aquellos vecinos trolles o sufridores sin causa ante las mascotas de sus vecinos tenemos una mala noticia.
No se puede prohibir tener mascotas
Aunque sí se puede actuar contra sus consecuencias molestas. Vamos a verlo con detenimiento:
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) no cita explícitamente la tenencia de animales en las viviendas. Lo que sí detalla en su artículo 7 es que los habitantes no podrán llevar a cabo actividades molestas [ruidos], insalubres [falta de higiene], nocivas, peligrosas o ilícitas en las viviendas.
¿Qué debemos entender, pues? Que si los animales no molestan, se quedan y punto.
¿Y si los estatutos prohíben la tenencia de mascotas?
Seamos sensatos. Los estatutos pueden prohibir que no bañes al perro en la piscina o que no guardes los periquitos en el trastero, pero poco pueden hacer con tu libertad para hacer lo que te plazca en casa.
Si los estatutos de tu comunidad reflejan de forma explícita la prohibición de animales en la finca, posiblemente se hayan quedado muy anticuados. Malo es ponerse de malos rollos con los vecinos, pero son fácilmente impugnables por la vía judicial. En las resoluciones judiciales de los últimos años, de hecho, priman los derechos individuales del dueño del animal al de los vecinos.
Como hemos dicho, eso es así siempre y cuando el animal no incurra en ninguna molestia ni punto de los recogidos en el artículo 7.
¿Qué pasa si una mascota es molesta de verdad?
Si la tenencia del animal de compañía contraviene los supuestos detallados en el artículo 7, los vecinos sí pueden tomar las medidas oportunas para corregir este comportamiento (recordemos, del dueño).
Antes de empezar ninguna acción contra el inquilino o el propietario de la vivienda plantéate esta pregunta. ¿Ya has hablado con él? Imagínate que se trata de una persona que tiene turno de noche y que, efectivamente, su perro ladra incesantemente a malas horas. ¿Estás seguro de que él lo sabe? Muchas veces una breve charla puede ahorrar meses de disputas.
Ya sabes que el dueño del animal está al corriente de todas las molestias pero que no toma medidas porque se le ha antojado que no le apetece. ¿Y ahora qué?
La comunidad de vecinos puede seguir la vía judicial para que cesen estos comportamientos (del dueño). Para ello, deben recopilar las pruebas necesarias para acreditar que lo que denuncian es cierto. Recuerda que vas a inmiscuirte en un derecho individual, no vale decir “yo creo que”.
Si todo es correcto, el juzgado puede dictaminar el cese inmediato de la actividad (tener un animal) además de ordenar el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios así como privar el uso de la vivienda en cuestión por 3 años. Aunque, claro está, ya estaríamos hablando de casos más extremos, como el día en que tu vecino instaló un zoo ilegal en su salón.
¿Quién tiene la responsabilidad sobre la mascota?
¿Te acuerdas de cuando le pusisteis el microchip en el veterinario? Pues en él figura el nombre del dueño de la mascota.
El artículo 1905 del Código Civil recoge que el dueño del animal es su responsable ante los perjuicios que ocasione, aunque se escape o se extravíe; salvo que la culpa sea de la otra parte. Por eso, muchas personas hacen un seguro a su mascota, para que pague otro por los daños.
Cómo facilitar la convivencia con un animal en una comunidad
Como ya hemos dicho, siempre que los papeles del animal estén en regla y que no suponga ningún peligro, que esté limpio y que no haga ruidos, nada puede impedirte tener una mascota, con comunidad de vecinos o sin ella. Sin embargo, si vas a llevar una mascota a la comunidad, intenta seguir unas cuantas normas básicas de convivencia:
- Consulta los estatutos: aunque no puedan prohibírtelo, no está mal saber a qué te vas a enfrentar y, en el caso de que los estatutos prohíban la tenencia de animales, hablar con tus vecinos de tus intenciones.E
- Evita que la mascota moleste: esto es lo más importante de todo. Intenta controlar sus ladridos y no le dejes estar en las zonas comunes donde no debe.
- Educa al perro para que sea un animal sociable y no suponga así un peligro para el resto de vecinos.
- Sácale siempre con correa.
- Recoge siempre sus deposiciones. Te lo creas o no, venden unas bolsitas súper cuquis para hacerlo con facilidad.
Que un animal supongo una molestia o no en una comunidad de vecinos depende de la actitud que tenga su dueño. Tanto a la hora de educarlo como a la de cuidarlo o a la de encajar las críticas de los vecinos. Un perro bien cuidado y educado, nunca será una molestia para el resto.
¡No lo olvides!
Se puede prohibir por estatuto o régimen interno de la Comunidad la tenencia de perros considerados peligrosos?
Buenos días:
La comunidad de propietarios no tiene potestad para diferenciar entre qué animales son PPP y cuáles no. Su tenencia en la comunidad se rige por los mismos principios que lo expuesto en el post para todas las mascotas. La única diferenciación es que los PPP deben acogerse además a lo reflejado en la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y, en su caso, a las Ordenanzas municipales.
Buenas noches.
Tengo unos vecinos que tienen instalado un canario permanentemente en un pasillo de acceso a su vivienda que es comunitario, Este pasillo es como una terraza que da a unos patios interiores donde están las ventanas de los dormitorios de dos portales con cuatro plantas. Terrible porque el pájaro empieza a trinar antes de las 8 y no para en todo el día.
He subido al piso de esta familia a pedirles, por favor, que entren el pájaro en su vivienda porque me molesta y hacen caso omiso. Llamo a la policía local y me dicen que no pueden intervenir y que eso no es denunciable, que si fuera un perro, si. Me parece una respuesta surrealista.
Es necesario que haga algo o salgo loca, es un machaque diario.
Quiero denunciar y necesito que me digan dónde y cómo.
Muchas gracias.
Buenos días, Nieves:
Cara a la comunidad, sólo puedes alegar molestias. Te recomendamos: https://micomuniweb.com/ruido-maximo-permitido-en-comunidades-el-tope-del-colmo/
Un saludo,