¿Crees que a alguien le gusta vivir en eterna tensión con sus vecinos? ¿Cuánto de fácil crees que es un proceso judicial? Queremos hablarte de la relación entre mediación y comunidades de propietarios. Pongamos todas las cartas sobre la mesa. Hay comunidades en las que los propietarios se llevan bien y guardan el respeto y la educación. En otras, hay egos sobreestimulados.
Un conflicto prolongado entre vecinos puede derivar en una guerra sin cuartel en la comunidad de vecinos. Puede que el problema inicial haya sido una menudencia, pero el paso del tiempo hace que los implicados barran a casa, que aparezcan las suspicacias y que incluso, a la larga, reine una tensión insostenible en la comunidad de propietarios. ¿De verdad merece la pena? Hay que vivir con eso día tras día y cada vez habrá más vecinos dentro del bombo. Todos ellos poseedores de la verdad absoluta. Vamos, lo que viene siendo una alegría de Juntas. Si sabes a lo que nos referimos, la verdad es que lo sentimos por ti.
Y no queda ahí, los conflictos también pueden implicar al presidente, al administrador o hasta a las comunidades de propietarios cercanas. Depende de dónde focalicen sus iras los que se sienten agraviados.
¿Qué vamos a ver?
¿Qué es la mediación en las comunidades de propietarios?
La mediación es una vía resolución de conflictos alternativa a un proceso judicial. El proceso es el siguiente:
- El mediador convoca a las partes implicadas en las, digamos, desavenencias. El mediador debe ser un profesional y ceñirse a unas reglas de imparcialidad y confidencialidad. Los implicados deben acudir voluntariamente.
- Las partes exponen sus puntos de vista y defienden sus intereses frente al mediador.
- Se llega a un acuerdo de grises, en el que son los propios implicados los que han llegado a la conclusión.
- El mediador firma un acta final de mediación en el que figuran los compromisos de los implicados.
Mediación y comunidades de propietarios: ventajas
Ahorro
Somos conocedores del amor por los lereles. La mediación es considerablemente más barata que un proceso judicial.
Rapidez
La mediación es más rápida y sencilla. No es lo mismo se convocado y hablar, que interponer una denuncia, contratar a abogado y procurador, esperar a la citación judicial, acudir o presentar toda la documentación en el juzgado y esperar a la sentencia. Puedes ver la diferencia, ¿a que sí?
Prevención
Al ser un proceso más rápido, evitamos la bola de nieve que hemos expuesto al principio. De esta forma, se ataja el conflicto antes de que la comunidad se plague de troles y brujas.
Flexibilidad
El procedimiento es flexible. Básicamente, se adapta a las necesidades de los implicados. Siempre hay que evitar las tensiones innecesarias. En el caso contrario tendríamos los corsés del proceso judicial.
Concordia
Hilando con el punto anterior, normalmente en una sentencia hay ganadores y vencidos. Oh, oh… ¿Querías resolver el conflicto? Pues a lo mejor entras en el reino del despecho. Es más fácil resolver las cosas si son las partes quienes han sentado los mínimos del acuerdo.
Pero no queda ahí la cosa. Seguro que has escuchado que el que hace un cesto hace cientos. Esto es lo mismo. A veces, los conflictos se producen porque unos y otros no tienen los recursos emocionales necesarios para alcanzar el acuerdo. Tras el proceso de mediación, se implantan unas bases para las resoluciones pacíficas a las que acudir en desavenencias futuras.
¿El acuerdo de la mediación es papel mojado?
Seamos breves: no. El acuerdo vincula a las partes firmantes. Es decir, los implicados en el conflicto. En función del contenido del acta de mediación, ésta puede incluso llevarse a un notario para que la eleve a escritura pública. De esta forma, si alguno pretende librarse de cumplir con lo suyo, el acuerdo tendrá eficacia ejecutiva en los tribunales.
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Quién debe ser el mediador en una comunidad de propietarios
El mediador sebe ser un profesional expresamente formado para ello
, ya que tendrá que lidiar con esa sobreestimulación de egos y buscar los puntos intermedios.
En ocasiones, los propios administradores ya están formados en mediación y pueden ejercer esa figura. Es algo bastante más rápido y cómodo, la verdad. Pilla más a mano. Los acuerdos tendrán la misma validez y el administrador ya debería de ser conocedor del conflicto de antemano.
Sin embargo, hablamos de los claros y los oscuros. Aunque la figura del administrador sea imparcial y objetiva, no siempre es percibida de esta manera. Hay propietarios que en su negativa de aceptar los acuerdos que toman sus vecinos, trasladan el foco del conflicto al administrador. Eso es así. Más o menos sería como pensar que el administrador se pone de lado de los que me fastidian en la Junta cuando mis vecinos deciden acuerdos que no me gustan. Lo entenderás si vives en una comunidad de esas.
En esos casos, que el administrador ejerza de mediador es menos que recomendable. Si se busca un clima distendido y de consenso, difícil se va a alcanzar si una de las partes duda de la imparcialidad del moderador.
¿Cuál debería de ser siempre la labor del administrador?
Cuando las desavenencias se están yendo de las manos, el administrador se entera. Sólo basta con contar el número de llamadas que le entran al día procedentes de la misma comunidad. Cada uno planteando un punto de vista sobre lo mismo.
El administrador en este caso debe ser consciente de que las rencillas pueden convertirse en graves problemas de convivencia si no se atajan en el momento. Por ello, medie él o no, su labor será la de identificar un foco y proponer a las partes la vía de la mediación para evitar que vaya a mayores.
¿Tienes problemas en tu comunidad? No dudes en contactar con nuestros profesionales.
BUENAS TARDES, APARTE DEL ADMINISTRADOR QUIEN PODRÍA SER MEDIADOR (PROFESIONAL EXPRESAMENTE FORMADO PARA ELLO). GRACIAS POR LA ATENCIÓN.
Buenos días, Antonio:
Puedes consultar el enlace del ministerio de Justicia: https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/areas-tematicas/registros/mediadores-instituciones
Un saludo