Talar árboles en una comunidad de propietarios

Conserjería, mantenimiento, limpieza y jardinería

Los árboles son vida. Purifican nuestro aire, nos dan sombra y producen bienestar. Si son tan beneficiosos, ¿por qué habría que talar árboles en la comunidad de propietarios? En el post de hoy, vamos a explicar las causas por las que los árboles comienzan a ser “dañinos”, quién tiene la responsabilidad sobre los árboles y qué pasos seguir para proceder a su tala.

¿Qué vamos a ver?

¿Cuándo empiezan a ser dañinos los árboles de una comunidad?

Si las raíces de un árbol comienzan a levantar el césped de la comunidad, te fastidias. Él tiene derecho a crecer, desarrollarse y purificar el aire que le rodea. Un árbol se considera dañino cuando las repercusiones son más graves que cuatro calvas.

La principal razón para talar un árbol en la comunidad de propietarios es la seguridad. La segunda es el daño a la estructura de un edificio. Y a partir de ahí, el vacío.

Daños estructurales

El daño a la estructura del edificio se produce en la mayoría de los casos por acción y efecto de las raíces. Estos filamentos se van introduciendo por recovecos en busca de nutrientes, se van engordando con el paso del tiempo y… ¡boom! Pueden llegar a dañar los cimientos de un edificio. Nunca subestimes la fuerza de una raíz.

En este caso, se pueden intentar alternativas. Jardineros expertos con el asesoramiento de arquitectos y técnicos pueden efectuar “podas drásticas”. Consisten en podar las ramas más robustas que vayan en la dirección del edificio y en levantar el suelo para cortar las raíces de la misma zona. Luego se tapa todo y se cruzan los dedos para que eso funcione. Este método es muy recomendable cuando hay apego sentimental a los árboles.

Amenaza de caída

Hay problemas de seguridad cuando debido a una tormenta, a una enfermedad o a un problema de desarrollo del árbol, éste amenaza con caerse. Si es así, mejor controlado que dejar el “gran momento” al azar. Hay que tener en cuenta que sobre todo en ejemplares de gran volumen, su caída fortuita puede ser muy peligrosa. Incluso, costar vidas.

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Pinos y césped: la extraña pareja

Los pinos son árboles de rápido crecimiento y hoja perenne. Además, son resistentes a los climas mediterráneos porque requieren poco agua. Vamos, un lujo.

El césped es ese manto verde que nos alegra la vista y hace las delicias de las tardes de verano. Y necesita agua.

Los jardines con pinos suelen ser… bonitos. Lo son.

El problema surge cuando las raíces de los pinos no tienen un buen desarrollo porque les sobra el agua del césped. No profundizan bien y voilà. Cuando los pinos alcanzan una buena altura, si no se han torcido ya, el riesgo de caída está asegurado y la tala es más que recomendable.

Expertos preguntados sobre la mejor especie para plantar en zonas de césped apuntan a que son las sombrillas. Tal cual. Es la forma de evitar calvas y problemas de desarrollo.

¿Quién debe talar los árboles?

Esta pregunta tiene doble filo. Por una parte, los árboles no pueden ser talados por tu cuñado. El trabajo debe realizarlo una empresa de jardinería con las suficientes competencias técnicas. La misma empresa puede ocuparse de solicitar las autorizaciones para la tala y retirada de residuos vegetales. Ahora hacemos hincapié en los residuos porque sólo si son inferiores a un volumen de 240 litros pueden depositarse en un Punto Limpio. En caso contrario, más de 240 litros, tienen que llevarse a una instalación autorizada, autorización en mano y previo pago de tasa.

En ocasiones, deberán contratar grúa, contenedores, etc.

Por otra parte, la normativa obliga a los propietarios de los árboles a su obligado mantenimiento, conservación y mejora. Deben comprometerse a cuidarlos para garantiza un estado adecuado de los ejemplares. El responsable de ordenar esa tala es el propietario de la finca. En el caso de las zonas comunes de la comunidad de propietarios, la comunidad. En este sentido, el Código Civil en su artículo 390 indica que “Cuando algún árbol corpulento amenazare caerse de modo que pueda causar perjuicios a una finca ajena a los transeúntes por una vía pública o particular, el dueño del árbol está obligado a arrancarlo y retirarlo; y si no lo verificare, se hará a su costa por mandato de la Autoridad”.

Es decir, si el árbol es peligroso, o lo talas tú o el Ayuntamiento te obliga a talarlo o lo tala él directamente y luego pasa la factura a la comunidad.

Si finalmente el árbol cae, ya podéis tener un buen seguro. La comunidad debe responder de los daños personales y materiales. Hablamos de reparación e indemnización. Asimismo, habrá un despliegue de policía y bomberos que, si se demuestra negligencia, también pueden pasar la minuta.

¿Cuándo se pueden talar un árboles en una comunidad de propietarios?

Si los árboles son “jovencillos”, en cualquier momento. El problema es que estos ejemplares no suelen ocasionar problemas. De esta forma, pocas veces se plantea su tala.

Las restricciones sobre qué árboles pueden ser talados vienen de las legislaciones autonómicas. De esta forma, en la Comunidad de Madrid, por ejemplo, comienzan las restricciones cuando los árboles tienen más de diez años o más de veinte centímetros de diámetro de tronco medido a nivel del suelo. Si además se trata de especies singulares (hay un catálogo), la cosa se complica.

En ambos casos, es necesario un informe técnico sobre la necesidad de la tala. En todo caso, la tala es el último recurso.

Si hablamos de árboles de más de diez años y de más de veinte centímetros de diámetro, habrá que hacer una comunicación previa a los servicios técnicos municipales. Cuando se trata de especies singulares, además habrá que solicitar una licencia y se deberá contar con un informe previo favorable de Medio Ambiente.

Hay que aclarar que el informe es el requisito para proceder a la tala. No porque los árboles sean peligrosos nos va a salir gratis, no. Es por ser peligrosos por lo que podemos talarlos. ¿Y por qué hablamos de gratis? Lo contamos enseguida.

¿Cuál es el coste de talar un árbol?

En este punto no vamos a hablar directamente de los lereles, porque estantería. Cada empresa, municipio y Comunidad Autónoma tendrá sus precios. Simplemente vamos a enumerar lo que debe ser contratado.

  • Empresa autorizada. Como hemos dicho, no vale una cualquiera, ya que debe asumir una serie de responsabilidades.
  • Grúa: es opcional, la empresa lo valorará.
  • Contenedor para los residuos. Este sí es obligatorio. Sería algo así, si no es eso expresamente, como las góndolas que hay en las puertas de las obras.
  • Transporte y depósito en el centro autorizado.
  • Y…. ¡plantar más árboles!

Hay que plantar un árbol adulto de la misma especie por cada año de edad del árbol talado. Además, no vale con decir que lo vas a hacer y hacerte el longui. La empresa que haya talado los árboles deberá acreditar el número de árboles plantados, la fecha y el lugar donde los haya plantado. Además, transcurrido un año, deberá informar sobre el estado y la evolución del árbol plantado.

El árbol de mi vecino me invade

Pongamos el supuesto de que en la comunidad de propietarios los bajos tienen patio. Esto es importante, porque si lo que te invade es un árbol de las zonas comunes, responde la comunidad. Hablamos aquí de zonas comunes de uso privativo. Es decir, los patios de los bajos.

Es deber de los propietarios que disfrutan de los bajos su correcto mantenimiento. Esto incluye el de los árboles. En este punto, hay que diferenciar dos cosas:

  • Si el árbol es peligroso debido a una tormenta o un daño fortuito y amenaza la seguridad de otros, la comunidad de propietarios debería responsabilizarse de su tala. Eso es igual cuando hay problemas de filtraciones en las terrazas de los áticos. Es un elemento común.
  • Si el árbol es peligroso por negligencia en su cuidado, deberá responsabilizarse el propietario del bajo. Esto es así porque estaba obligado a un mantenimiento.

Esto es así en todos los supuestos. Aclaramos: el propietario del árbol es responsable de su tala o resarcimiento por daños si el árbol o una de sus ramas caen y cuando las raíces produzcan daños en la estructura en los casos en los que demuestre que ha sido por falta de mantenimiento. Todo se evita con podas periódicas.

  • Cuando el árbol de tu vecino ocasiona daños en tu vivienda, puedes obligarle a talarlo. Si el árbol de tu vecino te es molesto porque las ramas han crecido demasiado, puedes obligarle a podarlas si demuestras la molestia. En el caso de que las ramas sobrevuelen tu patio, puedes reclamarle que las corte. Finalmente y cuando hablamos de las raíces, puedes cortarlas tú mismo si invaden tu patio y te limitas a la línea divisoria entre las fincas.
  • Si lo que pasa es que te caen hojas y te fastidia limpiarlas, toma omeprazol y lexatin. No tienes nada que hacer.

Si has llegado hasta aquí, te habrás percatado de que talar árboles en una comunidad de propietarios es un tema que da mucho de sí. No lo hagas a la ligera. Los árboles nos dan vida, mejoran nuestra calidad de vida. Cuando veas que un árbol parece un poco pachope o puede estar ocasionando peligro a las personas, cuenta con el asesoramiento de un profesional.

ahorrar en la comunidad de vecinos

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    • Buenos días, Manuel:
      Por aplicación analógica del artículo 591 del Código Civil, podrás solicitar la poda siempre que la distancia entre las ramas y tu ventana sea inferior a 2 metros.

      Aparte de la autorización de la Junta conviene solicitar una autorización municipal (o al menos informarse), ya que las sanciones por poda de árboles, en función de si se trata o no de especies protegidas, tienen cuantías altísimas.

      Un saludo,

  1. Buenas tardes:
    La presidenta de la comunidad ha talado dos arboles de mas de 30 años por su cuenta sin llevarlo a la junta de propietarios ni comunicarlo al ayuntamiento,todo por su cuenta, aduciendo que las raìces podían perjudicar un deposito de agua de la comunidad, pero al descubrir las raíces no superaban los 15cm de diámetro, insuficientes para perforar dicho deposito de hormigón armado, con lo fácil que hubiese sido cortar las raíces y asunto zanjado, además ni permiso ni comunicación ni proyecto técnico de medio ambiente ni nada, es legal? Se puede denunciar a modo anónimo? somos 400 vecinos y casi nadie se ha enterado de la tala por estar en la zona del recinto de la piscina de la comunidad, y no me ha parecido bien su actuación, muchas gracias.

  2. Cristina Raczkowski

    Buenas tardes.
    Tengo un pino de más de 30 años y 20m en jardín de uso exclusivo de mi casa.
    Ya ha venido técnico del ayuntamiento y hecho un informe del peligro de sus raíces y posible caída además de tener procesionaria a pesar de haber hecho tratamientos. Necesito permiso comunidad o sólo notificarles? Pago yo todo.

  3. Buenos días,
    Vivo en una planta baja con terraza y césped, junto a la valla se encuentran unos pinos plantados antes de mi llegada recientemente los hemos cortado pero la vecina de la primera planta, se ha quejado por que dice que le parecen que aún están altos y además no le gusta como han quedado cortados.
    El trozo de césped donde están plantado en en cuesta asique por mucho que los cortemos siempre van a tapar sus ventanas en inevitable.
    Los pinos están a más de 10 metros de sus ventanas. Por que la anchura del patio es grande.
    Se nos puede volver a obligar a podarlos.

  4. En mi urbanización el Presidente y algunos vecinos han empezado a arrancar los setos que hay alrededor de los bloques y que tienen mas de 40 años, los arrancan de cuajo y ponen losetas, estamos muchos vecinos en contra pero nos dá miedo denunciar al Ayuntamiento a Medio Ambiente porque nos pondran multas, ya que no se ha autorizado por ninguna JUnta de vecinos y no se ha pedido autorización en el Ayuntamiento del pueblo de la Comunidad de Madrid, además tenemos un poco de miedo de enfrentarnos a ellos. Yo he hecho fotos de los setos que quedan y de lo que han hecho en un bloque. La multa seria muy grande?? si denunciamos?? son 7 bloques

    • micomuniweb

      Buenos días, María:

      Aquí hay dos cuestiones:

      La primera es la posible infracción administrativa por retirar setos. No necesariamente retirar un seto implica infracción administrativa. No todas las especies vegetales están protegidas y normalmente suelen referirse a árboles más que a arbustos o setos. Habría que revisar la ordenanza de medio ambiente de tu municipio para saber si se está cometiendo una infracción administrativa o no.

      Lo segundo es la cuestión relativa a la retirada de los setos sin autorización de la comunidad. Nuestro consejo es que hables con el administrador para que éste a su vez requiera al presidente para que cese en su conducta por no estar amparada en acuerdo de junta alguno. Si no hace caso a los requerimientos, solicite la celebración de junta extraordinaria. Debería investigar también con qué dinero se está sufragando la retirada de los setos y la instalación de las losetas.

      Un saludo,

  5. En reunión de propietarios, por capricho y sin grandes razones que lo avalaran algunos vecinos decidieron con mayoría cortar unos cipreses de mas de 30 años y de gran porte y altura, de un jardín vecinal. Arboles sanos y sin problemas o riesgo para ninguna vivienda cercana, salvo solamente su gran altura.
    En posterior reunión vecinal, ante la insistencia de llevar a cabo el corte y negativa a la tala de otros vecinos, el administrador con cierto sesgo dirigido también a cortarlos, convocó otra reunión, donde se decidió como acción intermedia recortarlos en altura. Se pedirá el informe pagado de un ingeniero forestal propuesto por el administrador para avalar tal acción.
    Las preguntas son:
    ¿Es preciso el informe favorable del Servicio de Medioambiente de la Comunidad de Madrid, o es suficiente solo la del Ayuntamiento?. ¿Se puede detener esta acción con qué argumentos legales y su proceder inmediato para evitar la decisión, por justa mayoría, de los partidarios a descopar o cortar los árboles?.
    Agradecidos.

    • micomuniweb

      Buenos días,

      No se pueden talar árboles sin el informe favorable de la comunidad de Madrid. Para él, se necesita el informe, ya que hay que justificar que la única acción posible es la tala. Si la mayoría de vecinos ha decidido la tala y hay informe favorable, no hay nada que lo impida. Para aseguraros, podéis encargar un informe a otro profesional para contrastar las opiniones.

      Si necesitáis acompañamiento jurídico para evitar la tala, podéis hacer uso de nuestro servicio de consultas jurídicas en: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/

  6. Hola, quiero adquirir un adosado en la Comunidad de Madrid en cuyo jardín hay un liquidambar enorme que al menos tiene 20 años y que parece bien mantenido. Las raices han levantado un poco el nivel del jardín del propio adosado. Supongo que esto sólo no es causa razonable para talarlo. ¿Qué puedo hacer para nivelar el suelo? ¿A qué consecuencias me expongo si en el futuro ocasiona desperfectos en los adosados colindantes o en el espacio común de la urbanización en el caso de que yo le haya mantenido bien? ¿Respondo yo, responde la Comunidad?.
    Muchas gracias

    • micomuniweb

      Buenos días, César.

      Si el árbol está en tu jardín, no responde la comunidad. Habla con un jardinero de calidad. Actualmente, hacen trabajos en las raíces de los árboles que no dañan los ejemplares, pero sí minimizan los daños que puedan producir.

      Un saludo,

  7. Vivo en una urbanización con zona de jardín. Cuando compramos el piso solo había un olivo plantado y años después para tener algo más de sombra se decidió plantar dos árboles más (moreras) sin saber, en mi caso, lo grandes que se iban a hacer. Vivo en un primer piso y me tapan totalmente las vistas, que anteriormente tenía. He solicitado un mantenimiento de las mismas, pero en la reunión ordinaria celebrada solo se acordó la poda en la época que corresponde, entre enero-marzo.
    No se si legalmente puedo conseguir el mantenimiento que pido, que es cortar las ramas más altas, o incluso, muy a mi pesar, el quitarlas y poner otros árboles de tamaño más pequeño. Agradecería alguna respuesta al respecto.

    • micomuniweb

      Buenos días, Esperanza:

      El criterio general es que la poda de ramas o incluso del propio árbol puede producirse si la distancia de éste a la fachada es inferior a 2 metros. Si no se cumple el criterio objetivo de los 2 metros pero hay un bloqueo de vistas “más allá de lo razonable”, podría plantearse la poda de un árbol en un procedimiento judicial con el argumento de la pérdida del disfrute de la servidumbre de vistas. Puedes acudir a nuestro servicio de consultas jurídicas: https://micomuniweb.com/consultas-juridicas/

      Un saludo,

  8. Buenas tardes,

    Ante todo muchas gracias por la información y el tiempo que dedica a responder nuestras consultas.

    Hace 15 años compre una vivienda que tiene varios cipreses de más de 20 años en la parte frontal de la parcela, en la división con los viales de la comunidad.

    La comunidad me está pidiendo que los corte a una altura máxima de 2,5 m, diciéndome que eso es lo que marca la normativa, pero sin hacer mención a ningún artículo o normativa.

    Llevo horas buscando información sobre este tema, pero no he encontrado ninguna normativa que limite la altura de los árboles, solo en caso de que limiten las vistas de los vecinos, que no es el caso.

    Si es cierto, que no están plantados a la distancia de 2 metros de la medianera, pero está norma habla de vecinos. ¿Sería el mismo caso al ser los viales de la comunidad?
    También he leído algo de que al tener más de 20 años no me pueden obligar a cortarlos, ¿es esto cierto?

    Es una casa en Andalucía y esos árboles, además de estar preciosos y sin ningún peligro o raíz que cause daños, dan sombra durante muchas horas en verano, lo que se agradece muchísimo. Además, es imposible cortarlos a 2,5 m sin matarlos, es una barbaridad lo que me están pidiendo.

    No entiendo esta situación, ya que mis árboles no molestan a nadie, no producen ningún daño y no tapan vistas a nadie, ya que mi casa es la última de la calle.

    Agradeceria enormemente si me pudiese ayudar.

    Un saludo.

    • micomuniweb

      Buenos días, Cristina:

      Ante todo, no cortes nada sin un informe técnico. Deberías acudir al Ayuntamiento para consultar el tema con los técnicos municipales. Efectivamente, si no molestan a nadie ni producen ningún perjuicio, no te pueden obligar a cortarlos.

      Un saludo,

  9. Buenas tengo una una duda por delante de mi casa tengo dos arboles con más de 30 años pero las raíces se están metiendo en mi casa y por dentras en el patio tengo pinos y me están levantando el patio, pertenezco a una comunidad de vecinos y si los quito tengo que planta uno que enciman están a menos de 2 metros de mi vivienda que puedo hacer?
    Pertenezco a almeria

  10. Buenos días, vivo en un primer piso de un edificio delante del mar, tengo delante de mi casa un gran pino dentro de la urbanización y a más de 10 mts de distancia de mi casa, que me está impidiendo ver el mar, me he dirigido a la comunidad y no están por la labor de podarlos, que puedo hacer ya que como les digo no me permite ver las buenas vistas que tengo

  11. Buenas tardes,

    En la urbanización del apartamento de la playa hay dos grandes pinos que tienen 30 años que están en los extremos del bloque que es alargado y consta de 3 bloques unidos entre sí. La entrada al recinto consta de 3 puertas, una en frente y dos laterales. Lindamos con 3 calles, por eso hay 3 puertas. La comunidad ha decidido en la reunión de hace unos días anular las otras dos puertas laterales y para poder llegar a esas zonas de aparcamiento proponen eliminar los dos pinos de los extremos y hacer circular los coches por esos lados. ¿Hay alguna forma de impedir la tala de los mismos?. Son dos preciosos ejemplares sanos. Muchas gracias. Saludos cordiales.

    • micomuniweb

      Buenos días, Sandra:

      Habría que ver con qué mayorías se ha decidido la supresión de puertas. Sobre los pinos, hay acuerdo en Junta, pero se requiere de la autorización de la comunidad autónoma. Se puede requerir como medida cautelar el informe pericial que justifique esa tala y prevenir a los técnicos municipales.

      Un saludo,

  12. Buenos días:

    Tenemos un problema en nuestra comunidad con un vecino que tiene un limonero grande dentro de su parcela, pero que da a zonas comunes. El árbol está enfermo y caen todos los residuos en estas zonas. Se niega a limpiarlo ni a hacer nada al respecto. ¿Hay alguna vía para poder obligarlo?

    Gracias

  13. Manuela Marín

    Buenas tardes
    Tengo una palmera Wasintonia alta a menos de dos metros de mi muro colindante con zona comun en una urbanización en la vall de pop(Q Alicante).
    Tapa luz y la entrada del sol y cerca del desague . Quiero que se tale segun el codigo civil 591/592 , Nadie se hace cargo ,dicen hacer una reunion de vecinos
    en Abril y votar ,la palmera tendra veinte años y cre que no podre hacer nada pasado ese tiempo.
    A que puedo acogerme para que se tale ya.
    Gracias.

  14. Vivo en un adosado y el árbol de mi vecino me pone el patio perdido de hojas ,inclusive me ha obstruido una arqueta oculta debajo del solado y obstruido la depuradora varias veces con el consiguiente costo del arreglo.
    EL árbol en cuestión esta plantado a menos de 2 metros de la linea divisoria de las parcelas .
    La administración le ha notificado varias veces las molestias que causa dicho árbol.
    mi pregunta es ¿puede la administración de la finca llevarle a los tribunales sino toma ninguna medida y no hace caso a las amonestaciones?
    o debería presentar yo de manera personal una demanda civil por incumplimiento del articulo 591 del código civil.
    gracias.

  15. Victoria Mozo

    Buenos días. Son propietaria de un jardín que tiene un alcornoque a menos de 2 m de la medianera. Tiene 12 años y es una especie de interés especial según la CAM. Hemos realizado su mantenimiento con una empresa autorizada. Mi vecino sequeja de que las hojas obstruyen el desagüe de su patio.Tras 10 años de reclamo, se ha convertido en acoso. Poda las partes de enredadera de la medianera y tira los restos a mi jardín. Grita y amenaza, se oye a través de las paredes… La pregunta es, puede obligarme a cortar el árbol? La empresa que lo mantiene no quiere ni oír hablar de cortarle la copa al ras. Puede mi vecino hacerlo? Lo ha hecho otras veces pero el árbol es ya muy alto y ya no puede. Qué represalias puede tomar y qué implicaciones puede tener para mí?

  16. Buenos días, compre un bajo hace dos años y tiene 4 yukas, un cerezo y una hortensia preciosa. Ahora uno de mis vecinos me indica que la plantacion de arboles es ilegal y la comunidad me insta a cortarles todos por posibles perjuicios a la paredes y/o aparcamiento debajo. Aparte de que fueron parte de la razon de mi compra y que les tengo especial cariño, me gustaria saber si el riesgo es real ? Y si realmente me pueden obligar a matarlos?

  17. Buenas tardes
    Muchas gracias por toda la información que proporciona.
    En la comunidad de vecinos en la que vivo han talado este viernes absolutamente todos los árboles hasta dejar solo el tronco, ni hay ni una rama por lo que este año (y muchos que vienen) no veremos ni una miserable hojita. Me han arruinado las vistas porque ahora tengo que ver las terrazas sucias de los de enfrente. No han ni preguntado ni comunicado esto a nadie. El portero me dice que es una cosa del ayuntamiento de Madrid, ?es eso verdad? Pueden talar así por así? Yo no creo que haya sido por nada que ver con seguridad, estaban en un patio al que nadie tiene acceso.
    Gracias de antemano

  18. Buenos días,
    Tenemos en nuestro jardín tres palmeras, es una Urbanización de adosadas, y la CP contrata dos veces al año la poda de las palmeras con cargo a los propietarios. Es legal que ellos deciden cuando se tiene que poda las palmeras con cargo a las casas? Están menos de dos metros de las lindes, plantado por el promotor en su día. No hay peligros, ni eestaan en mal estado que implicaría una poda anual y menos cada seie meses.

    Gracias

    • micomuniweb

      Buenos días, Markus:

      Entendemos que la poda entra dentro de las labores de mantenimiento del jardín. Por el comentario, no sabemos si el jardín es comunitario o privativo. Si es privativo, la poda debería hacerse con cargo al propietario. En todo caso, deberías plantear ese punto en Junta.

      Un saludo,

  19. Hola, en Junta ordinariaria de propietarios de 2018 se aprobó podar unos pinos que quitan vistas al mar. En principio se aprobó realizar una poda agresiva. En la Junta de 2019 se decidió finalmente una poda no agresiva para el àrbol.
    A dia de hoy todavía no se han podado los pinos (en teoria se tendrian que podar cada 2 años cosa que no se ha producido en los últimos 6 años). Conclusión: por dejadez en la poda y mantenimiento los pinos han crecido entre 1,5 y 2 metros (vivo en una cuarta planta y cuando ocurrió el mismo problema con los vecinos de la segunda y tercera planta se podaron correspodientemente). No creo que no se quiera realizar la poda, pero por dejadez no se hace Nadal.
    Es una petición de todos los vecinos de la cuarta planta.
    Que podemos hacer para que se cumpla lo acordado en las Juntas de 2018 y 2019?. Muchas gracias.

  20. Vivo en una urbanización y el presidente, sin autorización ni consultar con el resto de propietarios ha talado 12 arboles y no se si piensa continuar.
    No he denunciado al ayuntamiento porque no se la legislación en Andalucía y temo que si denuncio multen a la comunidad .
    También en años anteriores elimino arbustos y plantas sin consultar a nadie .
    Agradezco de antemano su respuesta ..Reciba un cordial saludo.

  21. Buenas tardes, tengo cipreses comunes formando setos en el muro perimetral de mi vivienda. Me han dicho en el Vivero de la zona que esa especie no necesita permiso para talarlos porque no es especie protegida, esto es así? o no lleva sanción administrativa pero sí hay que pedir permiso de todos modos? Me puedes confirmar que la especie no es protegida o dónde lo puedo consultar, soy de Rincón de la Victoria, un municipio de Málaga. Gracias

  22. Buenas tardes. En mi comunidad hay un vecino viviendo en un ático que ha decidido plantar una jungla en su enorme terraza. Los arboles, enredaderas y demás plantas, han causado humedades en la fachada y las raíces se han introducido en los sumideros. El presidente de la comunidad junto con la administradora han decidido pagar más de tres mil euros para las reparaciones sin consultarlo al resto de vecinos. Lo peor de todo es que la situación sigue igual y mucho me temo que volverá a ocurrir. Todo esto sin contar el peso que puede soportar el suelo de la terraza. Como puedo actuar como vecino para solucionar esto? Puedo solicitar a modo anónimo una inspección del Ayuntamiento? Quien debe ocuparse de los daños causados por negligencia o simple irresponsabilidad?
    Un saludo y muchas gracias de antemano.

  23. Buenas, tenemos un jardín que no gasta agua pues ésta con plantas duras y autóctonas , además tiene un árbol de unos 8 años y otro pequeño que salieron silvestres, se respetó su lugar y crecimiento, los cuidados son sólo quitar las hierbas y alguna poda, unas vecinas han promovido que se elimine para después poner otras cosas no necesarias y han justificado su eliminación con motivos falsos como que provocan alergias, que hay bichos y que puede producir problemas de filtraciones, en fin la mayoría de la comunidad es pasota y yo creo que les tienen hasta miedo
    ¿Cómo podríamos evitar su eliminación? ¿con informes técnicos de Medio Ambiente del Ayuntamiento o de la comunidad?
    un saludo para todos.

  24. Buenas tardes;
    Hemos adquirido un bajo con jardín, que es comunitario de uso privativo.
    Había un pino, que una vez solicitados los permisos para su tala, se ha concedido el permiso por riesgo de caída. Recomendando su tala lo antes posible.
    Lo hemos talado, y al preguntar a la Comunidad si corrían con los gastos, nos han dicho que no. Que los costes son a nuestra cuenta.
    Tenemos entendido, y así lo hemos trasladado a la Comunidad, que el mantenimiento sabemos que es por cuenta del propietario del bajo, pero que creemos que las acciones extraordinarias, como es la tala, deben sufragarlas la Comunidad.
    Insisten que no.
    ¿Quién debe correr con los gastos de dicha tala?
    Gracias

  25. Buenos días,
    Vivimos en una urbanización muy grande con muchos árboles. En general todos están talados de forma que las hojas queden en la copa y no molesten ni quiten luz a los vecino pero justo delante de todo el ventanal de mi salón hay un árbol (del que a veces incluso sus ramas se mete hasta mi ventana) que me tapan toda la luz de mi salón. En ese mismo lado está la ventana de una habitación y se ve claramente la diferencia de luz ya que el árbol no tapa la ventana, con esto quiero decir que no es invención mia. Desde por la mañana tengo que encender la luz del salón aunque tenga todo abierto porque me tapa toda la luz, esto a parte del gasto que supone, también me afecta Psicobiologia. Ya se ha informado al administrador y a la comunidad pero no hacen nada. De vez en cuando talan alguna rama si se mete en nuestras ventanas pero nada mas. Se que el venido de arriba mío la pasa igual pero él está de alquiler y no se implica en el tema. ¿Que puedo hacer?¿puedo denunciar a la comunidad para que me hagan caso? Si no se puede que no lo quiten pero al menos que lo poden como resto para que no quite luz. Gracias

  26. Buenos días,

    vivo en Madrid ciudad y tengo una arizónica en mi jardín particular que ha crecido muchísimo (más de 12 metros). Cuando hay viento se cimbrea peligrosamente sobre mi casa y la de mi vecino, si se cayera provocaría un destrozo muy importante y podría provocar una desgracia. Hace un par de años solicitamos a un jardinero que nos la talara, pero nos dijo que el Ayuntamiento lo prohibe. ¿A qué organismo debo consultar la viabilidad de talarla? ¿Quién se encarga de hacer el estudio?

    Muchas gracias por su ayuda.

    • Buenos días, Rodrigo:

      Antes de anda, verifica directamente la información con el Ayuntamiento. EL jardinero es el que tiene que hacer un pequeño informe para que puedas solicitar la tala a la Comunidad de Madrid (Medioambiente). Con esa autorización, el Ayuntamiento pone sus condiciones. Normalmente exige una contraprestación por ella (en plantones o monetaria).

      Un saludo,

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